Si su DNI/CIF termina en 0, le corresponde visar en NOVIEMBRE de 2023.
Se recuerda que, en atención a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 1055/2020, los titulares de vehículos de entre 2,5 y 3,5 Tn de MMA que realicen transporte internacional deberán acreditar cumplir con el requisito de Competencia Profesional y contar con un Gestor que cumpla las funciones establecidas en el Real Decreto 70/2019, en vigor desde el 21 de febrero de 2019.
Como siempre ha venido realizando en época de visados, desde la Asociación se remitirá a todos los asociados, puntualmente y de manera telemática, la correspondiente circular informativa con la documentación requerida para realizar el trámite. En el caso de querer que sea la Asociación quien le tramite la renovación de sus autorizaciones de transporte deberá previamente renovar la representación corporativa a través del modelo 001-K.