Las cuotas de autónomos varían de nuevo en 2024 al entrar en vigor las bases y cuotas aplicables para este año en el nuevo sistema de cotización en función de los ingresos reales, sistema que se inició en enero de 2023 y se regula en el Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio. El 1 de enero, algunas bases de cotización han cambiado en función de la nueva tabla de bases que ha entrado en vigor en 2024. Los autónomos podrán seguir pagando lo mismo pero sabiendo que, en la regularización que posteriormente haga la Seguridad Social, su cotización quedará ajustada en función a estas nuevas tablas. En 2024 se reduce un poco la cuota de los autónomos de los tramos inferiores, se mantiene la de los tramos medios y se aumenta la de los autónomos que se encuentren en los tramos superiores.
El sistema de cotización de los autónomos en función de sus ingresos reales
El sistema de cotización de los autónomos consiste en un modelo progresivo de cuotas que se está desplegando durante 3 años, entre 2023 y 2025, en el que los autónomos con menos ingresos rebajan su cuota, mientras que se incrementa para los que más ganan. Este sistema establece 15 tramos de cotización en los que cada autónomo tiene que ubicarse en función de su previsión de ingresos.
Mientras que los primeros tramos suponen una rebaja de la cuota con respecto a la base mínima anterior, en los tramos más altos aumenta.
El nuevo sistema establece las siguientes cuotas mensuales:
- Año 2023: cuota mínima de 230 euros y máxima de 500 euros*.
- Año 2024: cuota mínima de 225 euros y máxima de 530 euros*.
- Año 2025: cuota mínima de 200 euros y máxima de 590 euros*.
* Estas cuotas corresponden a la base de cotización mínima dentro de cada tramo, que usamos como marco de referencia.
La cuota de cada autónomo se calcula aplicando un tipo de cotización del 31,20% a la base de cotización que elija de entre la mínima y la máxima dentro de su tramo.
¿Cuál es la cuota mínima de autónomos en 2024? Teniendo en cuenta la tabla de autónomos 2024, la cuota mensual mínima de autónomos en 2024 dependerá de cuál sea el tramo de ingresos en el que se mueva el trabajador autónomo. Si no llega a los 670 euros, la cuota mínima será de 225 euros para una base de cotización mínima de 735,29 euros.
Para 2024, la tabla es la siguiente:
1.- Tabla de rendimientos y bases de cotización 2024. Tabla reducida
2.- Tabla de rendimientos y bases de cotización 2024. Tabla general
Tramos de rendimientos netos 2024. Euros/mes |
Base mínima. Euros/mes |
Base máxima. Euros/mes |
|
---|---|---|---|
Tramo 1 | <= 670 | 735,29 | 816,98 |
Tramo 2 | > 670 y <= 900 | 816,99 | 900 |
Tramo 3 | > 900 y <1.166,70 | 872,55 | 1.166,70 |
Tramos de rendimientos netos 2024. Euros/mes |
Base mínima. Euros/mes |
Base máxima. Euros/mes |
|
---|---|---|---|
Tramo 1 | >= 1.166,70 y <=1.300 | 950,98 | 1.300 |
Tramo 2 | > 1.300 y <= 1.500 | 960,78 | 1.500 |
Tramo 3 | > 1.500 y <= 1.700 | 960,78 | 1.700 |
Tramo 4 | > 1.700 y <= 1.850 | 1.013,07 | 1.850 |
Tramo 5 | > 1.850 y <= 2.030 | 1.029,41 | 2.030 |
Tramo 6 | > 2.030 y <= 2.330 | 1.045,75 | 2.330 |
Tramo 7 | > 2.330 y <= 2.760 | 1.078,43 | 2.760 |
Tramo 8 | > 2.760 y <= 3.190 | 1.143,79 | 3.190 |
Tramo 9 | > 3.190 y <= 3.620 | 1.209,15 | 3.620 |
Tramo 10 | > 3.620 y <= 4.050 | 1.274,51 | 4.050 |
Tramo 11 | > 4.050 y <= 6.000 | 1.372,55 | 4.720,50 |
Tramo 12 | > 6.000 | 1.633,99 | 4.720,50 |
Variación en la cuota a pagar en 2024 con respecto a 2023
Para 2024, tramo por tramo, utilizando como referencia la cuota correspondiente en cada tramo a la base mínima de cotización, las variaciones son las siguientes:
- Tramo 1 (hasta 670 euros): la cuota mensual se reduce en 5 euros. Año 2023 = 230 euros; Año 2024 = 225 euros.
- Tramo 2 (entre 670 y 900 euros): la cuota mensual se reduce en 10 euros. Año 2023 = 260 euros; Año 2024 = 250 euros
- Tramo 3 (entre 900 y 1.166,70 euros): la cuota mensual se reduce en 8 euros. Año 2023 = 275 euros; Año 2024 = 267 euros
- Tramo 4 (entre 1.166,70 y 1.300 euros): la cuota mensual se mantiene igual. Año 2023 = 291 euros; Año 2024 = 291 euros
- Tramo 5 (entre 1.300 y 1.500 euros): la cuota mensual se mantiene igual. Año 2023 = 294 euros; Año 2024 = 294 euros.
- Tramo 6 (entre 1.500 y 1.700 euros): la cuota mensual se mantiene igual. Año 2023 = 294 euros; Año 2024 = 294 euros.
- Tramo 7 (entre 1.700 y 1.850 euros): la cuota mensual aumenta 10 euros. Año 2023 = 310 euros; Año 2024 = 320 euros.
- Tramo 8 (entre 1.850 y 2.030 euros): la cuota mensual aumenta 10 euros. Año 2023 = 315 euros; Año 2024 = 325 euros.
- Tramo 9 (entre 2.030 y 2.330 euros): la cuota mensual aumenta 10 euros. Año 2023 = 320 euros; Año 2024 = 330 euros.
- Tramo 10 (entre 2.330 y 2.760 euros): la cuota mensual aumenta 10 euros. Año 2023 = 330 euros; Año 2024 = 340 euros.
- Tramo 11 (entre 2.760 y 3.190 euros): la cuota mensual aumenta 10 euros. Año 2023 = 350 euros; Año 2024 = 360 euros.
- Tramo 12 (entre 3.190 y 3.620 euros): la cuota mensual aumenta 10 euros. Año 2023 = 370 euros; Año 2024 = 380 euros.
- Tramo 13 (entre 3.620 y 4.050 euros): la cuota mensual aumenta 10 euros. Año 2023 = 390 euros; Año 2024 = 400 euros.
- Tramo 14 (entre 4.050 y 6.000 euros): la cuota mensual aumenta 25 euros. Año 2023 = 420 euros; Año 2024 = 445 euros.
- Tramo 15 (6.000 euros o más): la cuota mensual aumenta 30 euros. Año 2023 = 500 euros; Año 2024 = 530 euros.
¿Cómo se calcula la cuota mensual a pagar?
Para el año 2024, dentro de la tabla general, la base de cotización mínima es de 950,98 euros mensuales y la máxima de 4.720,50 euros mensuales. En caso de que los rendimientos previstos sean inferiores al salario mínimo interprofesional en cómputo anual, se podrás elegirla base de cotización dentro de una tabla reducida, siendo la base mínima 735,29 euros mensuales.
El porcentaje (tipo de cotización) que se aplica a la base de cotización para calcular la cuota se desglosa de la siguiente manera:
- 28,30% por contingencias comunes. Esta cotización te asegura cuando no puedas trabajar debido a un accidente o enfermedad no laboral.
- 1,3% por contingencias profesionales. Esta cotización te cubre en los casos de un accidente laboral o enfermedad profesional.
- 0,9% por cese de actividad. Te cubre en caso de que se produzca el fin definitivo de tu actividad.
- 0,1% por formación profesional. Cotización orientada al acceso a formación que facilite tu inserción en el mercado laboral.
- 0,6% por mecanismo de equidad intergeneracional (MEI): Esta cotización pretende mantener el equilibrio entre generaciones y la sostenibilidad del sistema de la Seguridad Social.