El martes 4 de marzo se ha publicado en el BOE el extracto de la Resolución de la Secretaría de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, por la que se convocan ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad en 2025. El plazo de presentación de las solicitudes finaliza el 4 de abril.
Las bases reguladoras de estas ayudas están recogidas en la Orden FOM/3218/2009, de 17 de noviembre (BOE, 30 de noviembre), modificada por la Orden FOM/2835/2012, de 17 de noviembre (BOE, 1 de enero de 2013) y por la Orden FOM/64/2017, de 30 de enero (BOE, 2 de febrero).
Requisitos exigidos
Cuantías máximas de las ayudas
b) Si el beneficiario tuviera una edad inferior a 65 años, 5.300 euros por cada seis meses completos que le falten para cumplir la edad de sesenta y cinco años. El cómputo de los semestres se hará partiendo del 1 de junio de 2025. Los beneficiarios a los que se hubiera declarado incapacidad permanente absoluta o total no percibirán cantidad alguna por este concepto, con independencia de su edad.
Las solicitudes y tramitación de los expedientes de abandono de actividad deberán efectuarse de forma telemática a través de la sede electrónica del Ministerio en la siguiente dirección:
Transcurrido un mes desde el final del plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el portal web del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana el listado con las solicitudes recibidas, que funcionará como listado provisional de admitidos hasta la resolución de otorgamiento.
Puede consultar los requisitos, documentación y condiciones de las ayudas en el 943-316707, ext. 3 (Enara Urdanpilleta).