{"id":10951,"date":"2026-05-04T09:15:34","date_gmt":"2026-05-04T07:15:34","guid":{"rendered":"https:\/\/www.guitrans.eus\/?p=10951"},"modified":"2026-05-04T12:25:55","modified_gmt":"2026-05-04T10:25:55","slug":"nueva-convocatoria-de-ayudas-al-contrato-relevo-para-2026","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/2026\/05\/04\/nueva-convocatoria-de-ayudas-al-contrato-relevo-para-2026\/","title":{"rendered":"Nueva convocatoria de ayudas al contrato relevo para 2026"},"content":{"rendered":"<p>En el BOPV de 4 de mayo se ha publicado la<a href=\"https:\/\/www.guitrans.eus\/wp-content\/uploads\/2023\/12\/BOPV_04052026.pdf\"> Resoluci\u00f3n de 23 de abril de 2026,<\/a> del director general de Lanbide-Servicio P\u00fablico Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicaci\u00f3n de la convocatoria, para el ejercicio 2026, de las subvenciones destinadas al programa contrato relevo. Los recursos econ\u00f3micos destinados a la financiaci\u00f3n de las subvenciones objeto de esta convocatoria ascienden a un total de 1.350.000 euros, de los cuales 810.000 euros corresponder\u00e1n al cr\u00e9dito de pago de 2026 y 540.000 euros al cr\u00e9dito de compromiso para 2027, previstos en el programa 32110-Empleo del presupuesto de Lanbide-Servicio P\u00fablico Vasco de Empleo (PEP 4106\/2601).<\/p>\n<p><strong>Mediante este programa se financia las siguientes actuaciones<\/strong><br \/>\n1.\u2013 Se subvencionar\u00e1n los contratos de relevo a jornada completa y por tiempo indefinido, o de duraci\u00f3n determinada siempre que en este supuesto conste el compromiso de conversi\u00f3n en<br \/>\nindefinido a su finalizaci\u00f3n o en un momento anterior.<br \/>\n2.\u2013 Para acceder a la subvenci\u00f3n, la retribuci\u00f3n anual bruta a percibir por la persona contratada como relevista ha de ser al menos el Salario M\u00ednimo Interprofesional (SMI) vigente.<br \/>\n3.\u2013 Los contratos de relevo deben subscribirse con personas que cumplan los siguientes requisitos:<br \/>\n3.1.\u2013 Que sean menores de 30 a\u00f1os o mayores de 45 a\u00f1os.<br \/>\n3.2.\u2013 Que se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias:<br \/>\n3.2.a.\u2013 Que, el d\u00eda anterior a la fecha de inicio del contrato, est\u00e9n en situaci\u00f3n de desempleo, inscritas y de alta en el servicio p\u00fablico de empleo correspondiente.<br \/>\n3.2.b.\u2013 Que tengan concertado con la empresa un contrato de duraci\u00f3n determinada, en cuyo caso la empresa deber\u00e1 realizar, adem\u00e1s del contrato de relevo, una contrataci\u00f3n adicional por el tiempo equivalente como m\u00ednimo al que falte para la finalizaci\u00f3n del contrato temporal previo del relevista, en todo caso, por una duraci\u00f3n m\u00ednima de 1 mes. La contrataci\u00f3n adicional se realizar\u00e1 con una persona que se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:<br \/>\n\u2013 Con una persona que sea mayor de 45 a\u00f1os o menor de 30 a\u00f1os que, el d\u00eda anterior a la fecha de inicio del contrato, est\u00e9 en situaci\u00f3n de desempleo, inscrita y de alta en el servicio p\u00fablico de empleo correspondiente.<br \/>\n\u2013 Con una persona, menor de 30 a\u00f1os, que tenga concertado en la misma empresa un contrato bajo cualquier modalidad de contrato formativo de los regulados en el art\u00edculo 11 del Real Decreto Legislativo 2\/2015, de 23 de octubre, modificado por el art\u00edculo primero del Real Decreto-ley 32\/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garant\u00eda de la estabilidad en el empleo y la transformaci\u00f3n del mercado de trabajo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, o desarrolle un per\u00edodo de pr\u00e1cticas no laborales reguladas en el Real Decreto 1543\/2011, con el objeto de posibilitar su sucesi\u00f3n en la contrataci\u00f3n.<br \/>\n3.2.c.\u2013 Que, siendo menor de 30 a\u00f1os, tengan concertado en la misma empresa un contrato bajo cualquier modalidad de contrato formativo de los regulados en el art\u00edculo 11 del Real Decreto Legislativo 2\/2015, de 23 de octubre, modificado por el art\u00edculo primero del Real Decreto-ley 32\/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garant\u00eda de la estabilidad en el empleo y la transformaci\u00f3n del mercado de trabajo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, o desarrollen un periodo de pr\u00e1cticas no laborales reguladas en el Real Decreto 1543\/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las pr\u00e1cticas no laborales en empresas, y que pasen a ser relevistas dentro del periodo establecido de vigencia de dicho contrato o pr\u00e1cticas no laborales, o al d\u00eda siguiente de su finalizaci\u00f3n.<br \/>\n4.\u2013 Cuando existan acuerdos previos en la empresa relativos al procedimiento para cubrir los contratos de relevo con personas trabajadoras en activo en la empresa que resulten de las jubilaciones parciales que se sucedan, podr\u00e1n ser subvencionados los contratos de relevo subscritos con personas que no cumplan los requisitos de edad previstos en el apartado 3.1, siempre y cuando se realice una contrataci\u00f3n adicional por el tiempo equivalente como m\u00ednimo al que falte para la finalizaci\u00f3n del contrato temporal previo del relevista, en todo caso, por una duraci\u00f3n m\u00ednima de 3 meses, con una persona que cumpla alguno de los siguiente requisitos:<br \/>\na) Que sea una persona menor de 30 a\u00f1os o mayor de 45 a\u00f1os que, el d\u00eda anterior a la fecha de inicio del contrato, est\u00e9 en situaci\u00f3n de desempleo, inscrita y de alta en el servicio p\u00fablico de<br \/>\nempleo correspondiente.<br \/>\nb) Que sea una persona menor de 30 a\u00f1os, que finalice en la misma empresa un contrato bajo cualquier modalidad de contrato formativo de los regulados en el art\u00edculo 11 del Real Decreto<br \/>\nLegislativo 2\/2015, de 23 de octubre, modificado por el art\u00edculo primero del Real Decreto-ley 32\/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garant\u00eda de la<br \/>\nestabilidad en el empleo y la transformaci\u00f3n del mercado de trabajo por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores o desarrolle un periodo de pr\u00e1cticas no laborales reguladas en el Real Decreto 1543\/2011, de 31 de octubre, por el que se regulan las pr\u00e1cticas no laborales en empresas.<\/p>\n<p><strong>Cuant\u00eda de las subvenciones<\/strong><br \/>\nLa contrataci\u00f3n del o de la relevista se subvencionar\u00e1 con una cuant\u00eda de 8.400 euros. Esta cantidad ser\u00e1 incrementada un 10 % si la persona relevista es una mujer.<\/p>\n<p><strong>Plazo de presentaci\u00f3n de las solicitudes y documentaci\u00f3n preceptiva<\/strong><br \/>\n1.\u2013 El plazo de presentaci\u00f3n de las solicitudes de subvenci\u00f3n ser\u00e1 el siguiente:<\/p>\n<p>a) Contratos iniciados con anterioridad a la publicaci\u00f3n de esta convocatoria en el BOPV: tres meses a contar desde el d\u00eda siguiente al de dicha publicaci\u00f3n.<br \/>\nb) Contratos iniciados el mismo d\u00eda o con posterioridad a la publicaci\u00f3n de la convocatoria en el BOPV: tres meses contados desde la fecha de inicio del contrato de relevo.<\/p>\n<p>En cualquier caso, la fecha final de presentaci\u00f3n de solicitudes ser\u00e1 el d\u00eda 20 de octubre de 2026.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el BOPV de 4 de mayo se ha publicado<a href=\"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/2026\/05\/04\/nueva-convocatoria-de-ayudas-al-contrato-relevo-para-2026\/\" rel=\"nofollow\">Seguir leyendo&#8230;<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"closed","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[34],"tags":[259],"class_list":["post-10951","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-subvenciones","tag-boletin-1806"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10951","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/users\/3"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=10951"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/10951\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=10951"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=10951"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=10951"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}