{"id":1540,"date":"2010-05-13T00:00:00","date_gmt":"2010-05-12T22:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/guitrans.eus\/wp\/index.php\/2010\/05\/13\/obligacion-de-las-empresas-de-enviar-por-medios-electronicos-los-datos-del-certificado-de-empresa-al-servicio-publico-de-empleo-estatal\/"},"modified":"2010-05-13T00:00:00","modified_gmt":"2010-05-12T22:00:00","slug":"obligacion-de-las-empresas-de-enviar-por-medios-electronicos-los-datos-del-certificado-de-empresa-al-servicio-publico-de-empleo-estatal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/2010\/05\/13\/obligacion-de-las-empresas-de-enviar-por-medios-electronicos-los-datos-del-certificado-de-empresa-al-servicio-publico-de-empleo-estatal\/","title":{"rendered":"Obligaci\u00f3n de las empresas de enviar por medios electr\u00f3nicos&nbsp;los datos del certificado de empresa al Servicio P\u00fablico de Empleo Estatal"},"content":{"rendered":"<p>En el BOE de 30 de marzo se public\u00f3 en el BOE&nbsp;la Orden&nbsp;TIN\/790\/2010 que tiene por objeto establecer la obligatoriedad de uso de medios electr\u00f3nicos para la remisi\u00f3n de los datos del certificado de empresa al Servicio P\u00fablico de Empleo Estatal.<br \/>\nEstar\u00e1n obligados a remitir el certificado de empresa por Internet, en su condici\u00f3n de empleadores, cualquier empresa, organizaci\u00f3n empresarial o asociaci\u00f3n, instituci\u00f3n o entidad de derecho p\u00fablico, independientemente de su forma jur\u00eddica, incluido el empresario persona f\u00edsica, su representante legal y las empresas y profesionales colegiados que en el ejercicio de su actividad profesional gocen de la representaci\u00f3n de las empresas en cuyo nombre act\u00faan, que tengan contratados a trabajadores, operen en el territorio nacional y tengan asignado a su CIF o NIF una cuenta de cotizaci\u00f3n por la Tesorer\u00eda General de la Seguridad Social, cuando dichos trabajadores finalicen o se suspenda o reduzca su relaci\u00f3n laboral y les comuniquen que van a solicitar las prestaciones por desempleo. <\/p>\n<p>Quedan excluidas de la obligaci\u00f3n de enviar el certificado de empresa de aquellos trabajadores que, por su actividad fija discontinua o temporal, tengan diversos per\u00edodos de actividad o inactividad, o por trabajar habitualmente para la misma empresa, tengan sucesivos contratos temporales dentro del mes, se encuentren en el \u00e1mbito de tramitaci\u00f3n agrupada o \u00fanica de prestaciones por desempleo establecida en los apartados 4 y 5 del art\u00edculo 13 del Real Decreto 625\/1985, de 2 de abril, que desarrolla la Ley 31\/1984, de 2 de agosto, de protecci\u00f3n por desempleo.La remisi\u00f3n por las empresas a trav\u00e9s de Internet del certificado de empresa supone el cumplimiento de la obligaci\u00f3n de su entrega por los trabajadores al Servicio P\u00fablico de Empleo Estatal para la tramitaci\u00f3n de las prestaciones por desempleo y les exime de la obligaci\u00f3n de acompa\u00f1ar dicho documento a la solicitud de prestaciones por desempleo.La aplicaci\u00f3n http:\/\/www.sepe.es\/contenidos\/OficinaVirtual\/certificados\/ ser\u00e1 el \u00fanico sistema v\u00e1lido para la remisi\u00f3n v\u00eda Internet de los datos del certificado de empresa de cese, suspensi\u00f3n o reducci\u00f3n de la relaci\u00f3n laboral, al Servicio P\u00fablico de Empleo Estatal. <\/p>\n<p>El acceso por los usuarios a la aplicaci\u00f3n certific@2 se realiza a trav\u00e9s de las siguientes direcci\u00f3nes: redtrabaj@ y desde la sede electr\u00f3nica del Servicio P\u00fablico de Empleo Estatal.<br \/>\nLos usuarios de la aplicaci\u00f3n certific@2 deben disponer de alguno de los sistemas de identificaci\u00f3n establecidos en la orden TAS\/3261\/2006, de 19 de octubre, siguientes:a) Certificado digital expedido por la F\u00e1brica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda o por las autoridades de certificaci\u00f3n reconocidas que figuran en la relaci\u00f3n actualizada disponible en la aplicaci\u00f3nb) Autorizaci\u00f3n concedida por la aplicaci\u00f3n contrat@, consistente en un c\u00f3digo de usuario y una clave personal.<br \/>\nLas empresas y dem\u00e1s sujetos obligados al env\u00edo del certificado de empresa al Servicio P\u00fablico de Empleo Estatal deber\u00e1n realizar el env\u00edo en el momento en el que se produzca el cese, suspensi\u00f3n o reducci\u00f3n de la relaci\u00f3n laboral cuando el trabajador haya manifestado con anterioridad al empresario su voluntad de solicitar prestaciones por desempleo, o al d\u00eda siguiente a aquel en que el trabajador solicite de forma expresa el certificado al empresario, si lo hace posteriormente.<br \/>\nLas empresas y dem\u00e1s sujetos obligados al env\u00edo del certificado de empresa al Servicio P\u00fablico de Empleo Estatal deber\u00e1n incorporarse al sistema certific@2 para la remisi\u00f3n electr\u00f3nica de los datos del certificado de empresa, en los t\u00e9rminos fijados en la Orden TAS\/3261\/2006, de 19 de octubre, por la que se regula la comunicaci\u00f3n del contenido del certificado de empresa y de otros datos relativos a los per\u00edodos de actividad laboral de los trabajadores y el uso de medios telem\u00e1ticos en relaci\u00f3n con aquella, en los siguientes plazos:a) Las empresas que en la fecha de publicaci\u00f3n de la presente Orden tengan 10 o m\u00e1s trabajadores en alta deber\u00e1n incorporarse al sistema certific@2, en el plazo de los tres meses siguientes a la fecha de la entrada en vigor de esta Orden.b) Las empresas que en la fecha de publicaci\u00f3n de la presente Orden tengan menos de 10 trabajadores en alta quedar\u00e1n transitoriamente exentas de incorporarse al sistema certific@2, en consonancia con lo establecido en la normativa de Seguridad Social sobre el uso de medios electr\u00f3nicos, inform\u00e1ticos y telem\u00e1ticos para el env\u00edo de informaci\u00f3n por las empresas en el \u00e1mbito de la Seguridad Social, en tanto no resulten obligadas en ese \u00e1mbito.Una vez producida la incorporaci\u00f3n de una empresa a certific@2 se debe mantener de forma obligatoria en el uso del sistema con independencia del n\u00famero de trabajadores.El Servicio P\u00fablico de Empleo Estatal podr\u00e1 ampliar los plazos fijados en esta disposici\u00f3n, para la incorporaci\u00f3n efectiva al sistema certific@2, con car\u00e1cter excepcional y transitorio, en atenci\u00f3n al tama\u00f1o de la empresa o la naturaleza del sujeto responsable, o circunstancias especiales.Preguntas frecuentes sobre la aplicaci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el BOE de 30 de marzo se public\u00f3 en<a href=\"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/2010\/05\/13\/obligacion-de-las-empresas-de-enviar-por-medios-electronicos-los-datos-del-certificado-de-empresa-al-servicio-publico-de-empleo-estatal\/\" rel=\"nofollow\">Seguir leyendo&#8230;<\/a><\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[88],"tags":[],"class_list":["post-1540","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-araudia"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1540","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1540"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1540\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1540"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1540"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1540"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}