{"id":221,"date":"2007-11-21T00:00:00","date_gmt":"2007-11-20T23:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/guitrans.eus\/wp\/index.php\/2007\/11\/21\/publicados-el-nuevo-plan-general-de-contabilidad-y-el-plan-especifico-para-pymes-en-vigor-el-proximo-1-de-enero\/"},"modified":"2007-11-21T00:00:00","modified_gmt":"2007-11-20T23:00:00","slug":"publicados-el-nuevo-plan-general-de-contabilidad-y-el-plan-especifico-para-pymes-en-vigor-el-proximo-1-de-enero","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/2007\/11\/21\/publicados-el-nuevo-plan-general-de-contabilidad-y-el-plan-especifico-para-pymes-en-vigor-el-proximo-1-de-enero\/","title":{"rendered":"Publicados&nbsp;el nuevo Plan General de Contabilidad y el plan espec\u00edfico para PYMES, en vigor el pr\u00f3ximo 1 de enero"},"content":{"rendered":"<p>El objetivo de la reforma contable, que desarrollan los dos Reales Decretos publicados, es evitar la dualidad existente y conseguir una lectura homog\u00e9nea de los estados financieros de las empresas espa\u00f1olas. Aumenta, as\u00ed, la transparencia y la comparabilidad de las cuentas de nuestras sociedades con las del resto de la Uni\u00f3n Europea. <\/p>\n<p>      La reforma se ha llevado a cabo de manera que los cambios en la legislaci\u00f3n mercantil no tengan un coste fiscal en las empresas y para ello se han efectuado las modificaciones pertinentes en el Impuesto sobre Sociedades. La nueva regulaci\u00f3n contable tampoco implica cambios en los reg\u00edmenes fiscales especiales para las pymes (declaraci\u00f3n por m\u00f3dulos y estimaci\u00f3n directa). <\/p>\n<p>      Plan General de Contabilidad<br \/>\n      El nuevo Plan General de Contabilidad mantiene la misma estructura que el actualmente en vigor, desde 1990. De este modo se facilita la aplicaci\u00f3n de los nuevos criterios contables, ya que la norma a la que sustituye es de amplio conocimiento por los usuarios. <\/p>\n<p>      Los aspectos m\u00e1s destacados del nuevo Plan son los siguientes:<br \/>\n      Se sigue manteniendo la imagen fiel como objetivo de las cuentas anuales, si bien en relaci\u00f3n con \u00e9stas se incorporan dos nuevos documentos: el estado de cambios en el patrimonio neto y el estado de flujos de efectivo. <\/p>\n<p>      En la contabilizaci\u00f3n de las operaciones debe atenderse a su realidad econ\u00f3mica y no s\u00f3lo a su forma jur\u00eddica.<br \/>\n      Respecto a los criterios de valoraci\u00f3n se incorpora el valor razonable y el coste amortizado.<br \/>\n      El fondo de comercio no se amortizar\u00e1, sin perjuicio de la obligaci\u00f3n de llevar a cabo las oportunas correcciones valorativas en caso de deterioro. <\/p>\n<p>      Los instrumentos financieros se valoran en funci\u00f3n de la gesti\u00f3n que de ellos se va a realizar. Tambi\u00e9n se contempla el tratamiento contable que ha de aplicarse en las operaciones de cobertura contable. <\/p>\n<p>      Se establece la regulaci\u00f3n contable de las combinaciones de negocios (operaciones en las que una empresa adquiere el control de uno o varios negocios) y se determina la aplicaci\u00f3n con car\u00e1cter general del m\u00e9todo de adquisici\u00f3n. <\/p>\n<p>      Se incluyen nuevas exigencias de informaci\u00f3n en la Memoria Anual, en l\u00ednea con las normas europeas, lo que favorece una mayor transparencia de la informaci\u00f3n contable de las empresas espa\u00f1olas. <\/p>\n<p>      Plan para las peque\u00f1as y medianas empresas y criterios para microempresas<br \/>\n      Por primera vez en Espa\u00f1a, las peque\u00f1as y medianas empresas contar\u00e1n con un Plan General de Contabilidad espec\u00edfico, que simplifica el cumplimiento de las obligaciones contables para m\u00e1s de un mill\u00f3n de sociedades, el 96 por 100 del tejido empresarial espa\u00f1ol. <\/p>\n<p>      Este Plan recoge los contenidos del Plan General de Contabilidad relacionados con las operaciones realizadas, con car\u00e1cter general por las pymes y simplifica los criterios de registro, valoraci\u00f3n e informaci\u00f3n a incluir en la memoria: <\/p>\n<p>      En los instrumentos financieros se elimina el criterio de valoraci\u00f3n a valor razonable. <\/p>\n<p>      Se simplifica el criterio de valoraci\u00f3n de activos arrendados en &#8220;leasing&#8221; desde el punto de vista del arrendatario. <\/p>\n<p>      En las cuentas anuales desaparece la obligaci\u00f3n de confeccionar el estado de ingresos y gastos reconocidos. <\/p>\n<p>      En cuanto a las microempresas, se simplifica en el reconocimiento del gasto por impuesto sobre beneficios y en las operaciones de arrendamiento financiero. <\/p>\n<p>      Campa\u00f1a de divulgaci\u00f3n<br \/>\n      Conscientes de la trascendencia que el cambio en la normativa contable tiene para el funcionamiento de las empresas y para facilitar su aplicaci\u00f3n por las sociedades de menor tama\u00f1o, el Gobierno, a trav\u00e9s de la UNED, llevar\u00e1 a cabo una campa\u00f1a gratuita de formaci\u00f3n para todas las peque\u00f1as y medianas empresas que lo soliciten, as\u00ed como para los profesionales que les prestan sus servicios. <\/p>\n<p>      Adem\u00e1s, se establecer\u00e1n mecanismos de cooperaci\u00f3n con CEPYME y el Consejo Superior de C\u00e1maras de Comercio para facilitar la adaptaci\u00f3n de las peque\u00f1as y medianas empresas a la nueva normativa contable. <\/p>\n<p>      Por otro lado, las pymes podr\u00e1n financiar a tipo cero la adquisici\u00f3n de los programas inform\u00e1ticos necesarios para la aplicaci\u00f3n del nuevo Plan. El Plan Avanza contempla pr\u00e9stamos de hasta 50.000 euros, a tipo cero y con un periodo de devoluci\u00f3n de hasta cinco a\u00f1os.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Los Reales Decretos que desarrollan la Ley de reforma y adaptaci\u00f3n de la legislaci\u00f3n mercantil en materia contable, aprobada este a\u00f1o con el apoyo de todos los Grupos Parlamentarios, se han publicado en el BOE de 20 y 21 de noviembre respectivamente. El Plan General de Contabilidad y el Plan General de Contabilidad para peque\u00f1as y medianas empresas entrar\u00e1n en vigor el uno de enero de 2008.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[85],"tags":[],"class_list":["post-221","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-sin-categorizar-2"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/221","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=221"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/221\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=221"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=221"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=221"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}