{"id":2998,"date":"2012-07-14T00:00:00","date_gmt":"2012-07-13T22:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/guitrans.eus\/wp\/index.php\/2012\/07\/14\/ni-el-16-de-julio-ni-el-1-de-agosto-finalmente-el-iva-subira-el-1-de-septiembre\/"},"modified":"2012-07-14T00:00:00","modified_gmt":"2012-07-13T22:00:00","slug":"ni-el-16-de-julio-ni-el-1-de-agosto-finalmente-el-iva-subira-el-1-de-septiembre","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/2012\/07\/14\/ni-el-16-de-julio-ni-el-1-de-agosto-finalmente-el-iva-subira-el-1-de-septiembre\/","title":{"rendered":"Ni el 16 de julio, ni el 1 de agosto, finalmente el IVA subir\u00e1 el 1 de septiembre"},"content":{"rendered":"<p>A continuaci\u00f3n, se pasa a detallar las pricipales medidas que se contemplan en dicho Real Decreto: <\/p>\n<p>  Eliminaci\u00f3n de las cesant\u00edas, supresi\u00f3n de la paga extraordinaria de Navidad de los funcionarios que se reintegrar\u00e1 en 2015 en un plan de pensiones si se cumple el objetivo de d\u00e9ficit (lo dice m\u00e1s claro en la exposici\u00f3n de motivos), se modifican permisos de los funcionarios<br \/>\n  Seguridad Social y Empleo: 20% de recargo por demora. Hasta ahora se aplicaban unos recargos del 3%, 5%, 10% y 20% en funci\u00f3n de que el pago se realizara con mayor o menor retraso. A partir de ahora el pago realizado aunque sea un d\u00eda despu\u00e9s del vencimiento supondr\u00e1 el 20% de recargo; Indemnizaci\u00f3n por paro y beneficiarios de subsidio a partir de los 55.<br \/>\n  Racionalizaci\u00f3n sistema de dependiencia<br \/>\n  IVA al 21% el tipo general y al 10% el reducido<br \/>\n  Cambios en el Impuesto de Sociedades estatal<br \/>\n  Aumenta&nbsp; del 15% al 19%,&nbsp; la retenci\u00f3n en el IRPF por rendimientos de actividades profesionales (aut\u00f3nomos)&nbsp; y el ingreso a cuenta por rentas del trabajo derivados de impartir cursos, seminarios o conferencias. No obstante, desde el&nbsp; 1 de septiembre con car\u00e1cter temporal hasta el 31 de diciembre de 2013 la retenci\u00f3n aplicable ser\u00e1 del 21%.<br \/>\n  Medidas de liberalizaci\u00f3n comercial: Horarios y rebajas<br \/>\n  Exportaci\u00f3n: CESCE, c\u00e9dulas de internacionalizaci\u00f3n<br \/>\n  Infraestructuras, transporte y vivienda: AENA, seguridad a\u00e9rea; suprimidas ayudas de subsidiaci\u00f3n de pr\u00e9stamos vivienda, incluso las que est\u00e9n en tramitaci\u00f3n. En el per\u00edodo impositivo 2012 se suprime la compensaci\u00f3n fiscal por deducci\u00f3n en adquisici\u00f3n de vivienda habitual aplicable a los contribuyentes que adquirieron su vivienda antes de 20 de enero de 2006. Es decir, hasta ahora la deducci\u00f3n por compra de una vivienda para uso habitual asciende al 15% de los pagos realizados con un m\u00e1ximo de la base imponible de 9.015 euros. Para los que compraron vivienda antes del 20 de enero existe adem\u00e1s un complemento adicional del 5% sobre los primeros 4.507 euros. Ese complemento, del que muchos contribuyentes no se beneficiaban por desconocimiento, es el que ahora desaparece. Y se generaliza para todos la deducci\u00f3n del 15%. No aparece la supresi\u00f3n de la deducci\u00f3n de la vivienda a partir del 1 de enero de 2013 que se publicar\u00e1 m\u00e1s adelante.<br \/>\n  Sector el\u00e9ctrico<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El pasado s\u00e1bado se public\u00f3 en el BOE el Real Decreto-Ley que contiene la mayor\u00eda de las medidas anunciadas.Con el conjunto de ajustes se pretende ahorrar 65.000 millones los pr\u00f3ximos dos a\u00f1os.<br \/>\nEn el BOE del 14 de julio se public\u00f3 el Real Decreto-ley 20\/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.<br \/>\nAl objeto de aproximar los tipos de gravamen a los aplicados en la Uni\u00f3n Europea, se procede a la elevaci\u00f3n de los tipos impositivos general y reducido del Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido, que pasan del 18 y 8% al 21 y 10%, respectivamente. Estos nuevos tipos se empezar\u00e1n a aplicar a partir del 1 de septiembre.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[90],"tags":[],"class_list":["post-2998","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-ekonomia"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2998","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=2998"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/2998\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=2998"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=2998"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=2998"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}