{"id":4183,"date":"2014-07-07T00:00:00","date_gmt":"2014-07-06T22:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/guitrans.eus\/wp\/index.php\/2014\/07\/07\/sistema-nacional-de-garantia-juvenil-y-nuevos-incentivos-a-la-contratacion\/"},"modified":"2014-07-07T00:00:00","modified_gmt":"2014-07-06T22:00:00","slug":"sistema-nacional-de-garantia-juvenil-y-nuevos-incentivos-a-la-contratacion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/2014\/07\/07\/sistema-nacional-de-garantia-juvenil-y-nuevos-incentivos-a-la-contratacion\/","title":{"rendered":"Sistema nacional de Garant\u00eda Juvenil y nuevos incentivos a la contrataci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<p>Asimismo, introduce una serie de incentivos a la contrataci\u00f3n de las personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garant\u00eda Juvenil, en particular la contrataci\u00f3n indefinida y los contratos formativos.Nuevos incentivos a la contrataci\u00f3n indefinidaEn materia de apoyo a la contrataci\u00f3n se establecen una serie de incentivos que hacen hincapi\u00e9 en la contrataci\u00f3n indefinida y los contratos formativos.Contrataci\u00f3n Indefinida: Tarifa joven. <\/p>\n<p>  Se establece una bonificaci\u00f3n para la contrataci\u00f3n indefinida de personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garant\u00eda Juvenil, que implica para las empresas, incluidos los trabajadores aut\u00f3nomos y las entidades de la Econom\u00eda Social, una bonificaci\u00f3n mensual en la aportaci\u00f3n empresarial a la cotizaci\u00f3n a la Seguridad Social de 300 euros durante un m\u00e1ximo de 6 meses.<br \/>\n  Esta medida ser\u00e1 compatible con el resto de incentivos, siempre que el importe mensual a cotizar por la empresa o el trabajador aut\u00f3nomo no sea negativo.<br \/>\n  La empresa deber\u00e1 mantener al trabajador, al menos, 6 meses desde el inicio de la relaci\u00f3n laboral. En caso de incumplimiento de esta obligaci\u00f3n se deber\u00e1 proceder al reintegro de la bonificaci\u00f3n.<br \/>\n  Asimismo, estar\u00e1n obligados a incrementar con la nueva contrataci\u00f3n tanto el nivel de empleo indefinido como el nivel de empleo total y mantener el nuevo nivel alcanzado con la contrataci\u00f3n durante todo el per\u00edodo de disfrute de la bonificaci\u00f3n.<br \/>\n  En el supuesto de que la contrataci\u00f3n sea a tiempo parcial, la jornada ser\u00e1 como m\u00ednimo el 50% de la correspondiente a la de un trabajador a tiempo completo comparable, aplic\u00e1ndose una bonificaci\u00f3n de entre 150 y 225 euros para este supuesto en funci\u00f3n de la jornada de trabajo.<br \/>\n  La aplicaci\u00f3n de la bonificaci\u00f3n por parte de cada empresa solo se producir\u00e1 una \u00fanica vez por cada uno de los beneficiarios del Sistema Nacional de Garant\u00eda Juvenil que contraten, con independencia del periodo de la bonificaci\u00f3n disfrutado por la empresa por dicho trabajador.<br \/>\nContratos Formativos. Contrato para la Formaci\u00f3n y el Aprendizaje <\/p>\n<p>  El contrato presenta actualmente una reducci\u00f3n del 100% de las cotizaciones para las empresas de menos de 250 trabajadores y del 75% para las de 250 o m\u00e1s trabajadores.<br \/>\n  Adem\u00e1s, cuenta con una bonificaci\u00f3n de hasta el 25% por la actividad formativa, que debe ser, como m\u00ednimo, del 25% el primer a\u00f1o y del 15% el segundo y tercer a\u00f1o.<br \/>\n  A trav\u00e9s del Real Decreto Ley se a\u00f1ade una disposici\u00f3n adicional en la que se prev\u00e9 que, para las personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garant\u00eda Juvenil, la cuant\u00eda m\u00e1xima de las bonificaciones por la actividad formativa se pueda elevar a trav\u00e9s de la modificaci\u00f3n de su regulaci\u00f3n. Igualmente, se tendr\u00e1n en cuenta en el incentivo los costes inherentes de la necesidad de disponer de un tutor.<br \/>\nContrato en Pr\u00e1cticas <\/p>\n<p>  A trav\u00e9s de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven se puso en marcha una reducci\u00f3n del 50% en las cotizaciones por contingencias comunes para los contratos en pr\u00e1cticas. A trav\u00e9s del Real Decreto Ley para las personas beneficiarias del sistema Nacional de Garant\u00eda Juvenil se establece una bonificaci\u00f3n adicional del 50% a las cotizaciones de la empresa a la Seguridad Social por continencias comunes, por lo que el incentivo ser\u00e1 del 100% cuando las empresas contraten a los j\u00f3venes inscritos en el Sistema de Garant\u00eda Juvenil.<br \/>\nContrato a tiempo parcial con vinculaci\u00f3n formativa <\/p>\n<p>  A trav\u00e9s de la Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven se puso en marcha una reducci\u00f3n de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes (75% de reducci\u00f3n para empresas de m\u00e1s de 250 trabajadores y 100% para el resto) durante un m\u00e1ximo de doce meses por la contrataci\u00f3n de j\u00f3venes desempleados menores de treinta a\u00f1os sin empleo anterior, con una experiencia laboral inferior a tres meses o que procedan de otro sector (recualificaci\u00f3n profesional), y que compatibilicen empleo con formaci\u00f3n En el Real Decreto Ley se a\u00f1ade como beneficiaros de este incentivo a las personas inscritas en el sistema Nacional de Garant\u00eda Juvenil.<br \/>\nPara ser beneficiario del Sistema Nacional de la  Garant\u00eda Juvenil es necesario estar inscrito el fichero del Sistema Nacional de Garant\u00eda Juvenil cuya v\u00eda m\u00e1s r\u00e1pida de acceso es a trav\u00e9s del DNI o certificado electr\u00f3nico: Acceso j\u00f3venes, Acceso empresas.Bonificaciones a las pr\u00e1cticas acad\u00e9micas de estudiantes universitarios y de formaci\u00f3n profesional cuando medie alguna retribuci\u00f3nLas pr\u00e1cticas acad\u00e9micas curriculares (aquellas obligatorias para la obtenci\u00f3n de t\u00edtulo) realizadas por los estudiantes universitarios y los estudiantes de formaci\u00f3n profesional cuando medie alguna retribuci\u00f3n, en su condici\u00f3n de personas asimiladas al alta a efectos de su integraci\u00f3n en la Seguridad Social, tendr\u00e1n una bonificaci\u00f3n del cien por cien en la cotizaci\u00f3n a partir del d\u00eda 1 de agosto de 2014. De esta forma, se fomenta la inserci\u00f3n de estudiantes en el mercado laboral, a la vez que se garantiza la cobertura adecuada de sus derechos sociales y se facilita el desarrollo temprano de carreras de cotizaci\u00f3n.Preguntas frecuentes.M\u00e1s informaci\u00f3n: 060,&nbsp; info.garantiajuvenil@meyss.es<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el BOE del 5 de julio se public\u00f3 el Real Decreto-Ley 8\/2014 en el que se recogen medidas correspondientes a los Ministerios de Justicia, Defensa, Hacienda y Administraciones P\u00fablicas, Fomento, Educaci\u00f3n, Cultura y Deporte, Empleo y Seguridad Social, Industria, Energ\u00eda y Turismo, y Econom\u00eda y Competitividad. El Real Decreto Ley publicado regula el Sistema Nacional de Garant\u00eda Juvenil, que tiene por finalidad que las personas j\u00f3venes no ocupadas, ni integradas en los sistemas de educaci\u00f3n o formaci\u00f3n, y que sean mayores de 16 a\u00f1os y menores de 25 puedan recibir una oferta de empleo, educaci\u00f3n, formaci\u00f3n de aprendiz o pr\u00e1cticas tras acabar la educaci\u00f3n formal o quedar desempleadas. La totalidad de grupos parlamentarios de la oposici\u00f3n ha paralizado las medidas incluidas en este Real-Decreto al no estar de acuerdo con la forma de plantearlas, sin someterlas al escrutinio y la discusi\u00f3n que el tr\u00e1mite parlamentario ordinario supondr\u00eda. No obstante, se trata de objeciones de forma m\u00e1s que de fondo, por lo tanto, es m\u00e1s que probable que dichas reformas legales aparecer\u00e1n de un modo u otro en nuestro ordenamiento m\u00e1s pronto que tarde.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[23],"tags":[],"class_list":["post-4183","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-laboral"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4183","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4183"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4183\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4183"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4183"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4183"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}