{"id":5649,"date":"2017-06-19T00:00:00","date_gmt":"2017-06-18T22:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/guitrans.eus\/wp\/index.php\/2017\/06\/19\/la-sujecion-de-la-carga-sera-objeto-de-una-inspeccion-mas-completa-a-partir-del-20-de-mayo-de-2018\/"},"modified":"2017-06-19T00:00:00","modified_gmt":"2017-06-18T22:00:00","slug":"la-sujecion-de-la-carga-sera-objeto-de-una-inspeccion-mas-completa-a-partir-del-20-de-mayo-de-2018","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/2017\/06\/19\/la-sujecion-de-la-carga-sera-objeto-de-una-inspeccion-mas-completa-a-partir-del-20-de-mayo-de-2018\/","title":{"rendered":"La sujeci\u00f3n de la carga ser\u00e1 objeto de una inspecci\u00f3n m\u00e1s completa a partir del 20 de mayo de 2018"},"content":{"rendered":"<p>Se distinguen dos tipos de inspecciones t\u00e9cnicas en carretera: las inspecciones t\u00e9cnicas iniciales, que se corresponden con las actuales inspecciones visuales y para controlar la documentaci\u00f3n del veh\u00edculo, y las inspecciones t\u00e9cnicas m\u00e1s minuciosas, que se corresponden con la actual modalidad de inspecci\u00f3n m\u00e1s precisa para detectar deficiencias de mantenimiento.<\/p>\n<p>Las inspecciones t\u00e9cnicas iniciales se realizan por la Agrupaci\u00f3n de Tr\u00e1fico de la Guardia Civil y por las polic\u00edas auton\u00f3micas con competencias en la materia, con el objeto de verificar que el veh\u00edculo se ha sometido a la inspecci\u00f3n t\u00e9cnica peri\u00f3dica obligatoria mediante la comprobaci\u00f3n de la correspondiente documentaci\u00f3n. Adem\u00e1s, podr\u00e1n realizar una inspecci\u00f3n visual tanto del estado t\u00e9cnico del veh\u00edculo como de la sujeci\u00f3n de la carga.La novedad principal en esta clase de inspecciones se refiere a la comprobaci\u00f3n de la sujeci\u00f3n de la carga, que pasa de ser meramente visual a una inspecci\u00f3n m\u00e1s completa, al poder examinarse en todas las situaciones de funcionamiento del veh\u00edculo, incluidas las situaciones de emergencia y las maniobras de arranque cuesta arriba.Con este reglamento se incorpora a nuestro ordenamiento jur\u00eddico interno la Directiva 2014\/47\/UE, y como novedad se regula con criterios t\u00e9cnicos y objetivos la sujeci\u00f3n de la carga en el transporte, recogiendo en la norma las recomendaciones t\u00e9cnicas existentes en la actualidad sobre la estiba y el amarre de la carga en los veh\u00edculos de transporte que se relacionan en el Anexo III de la Directiva comunitaria y de este Reglamento, como son las normas t\u00e9cnicas relativas al c\u00e1lculo de las fuerzas de amarre, los puntos de amarre y la resistencia de la carrocer\u00eda del veh\u00edculo, los paneles y puntales, las cinchas, las eslingas, las cadenas y los cables de amarre que se utilizan en el trincaje, as\u00ed como la utilizaci\u00f3n de los contenedores ISO, las cajas m\u00f3viles, y el empaquetado de las mercanc\u00edas para su transporte.Art\u00edculo 11: Inspecci\u00f3n de la sujeci\u00f3n de la carga.1. Durante una inspecci\u00f3n en carretera se podr\u00e1 someter un veh\u00edculo a inspecci\u00f3n de la sujeci\u00f3n de su carga de acuerdo con lo dispuesto en el anexo III, a fin de comprobar que la carga est\u00e1 sujeta de forma que no interfiera con la conducci\u00f3n segura, ni suponga un riesgo para la vida, la salud, la propiedad o el medio ambiente. Se pueden realizar inspecciones para comprobar que en todas las situaciones de funcionamiento del veh\u00edculo, incluidas las situaciones de emergencia y las maniobras de arranque cuesta arriba:a) El cambio de posici\u00f3n de las cargas entre s\u00ed, contra las paredes o las superficies del veh\u00edculo sea m\u00ednimo.b) Las cargas no puedan salirse del espacio de carga ni desplazarse fuera de la superficie de carga.2. Asimismo podr\u00e1n aplicarse los procedimientos de seguimiento de las deficiencias graves o peligrosas previstos en el art\u00edculo 12 en relaci\u00f3n con la sujeci\u00f3n de la carga.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>As\u00ed se establece en el Real Decreto 563\/2017, de 2 de junio, por el que se regulan las inspecciones t\u00e9cnicas en carretera de veh\u00edculos comerciales que circulan en territorio espa\u00f1ol, publicado en el BOE el pasado 9 de junio.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[26],"tags":[],"class_list":["post-5649","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-normativa"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5649","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5649"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5649\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5649"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5649"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5649"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}