{"id":7793,"date":"2021-11-17T00:00:00","date_gmt":"2021-11-16T23:00:00","guid":{"rendered":"https:\/\/guitrans.eus\/wp\/index.php\/2021\/11\/17\/ayudas-directas-para-la-transformacion-de-flotas-de-transporte-algo-mas-de-65-millones-de-euros-para-la-cav\/"},"modified":"2021-11-17T00:00:00","modified_gmt":"2021-11-16T23:00:00","slug":"ayudas-directas-para-la-transformacion-de-flotas-de-transporte-algo-mas-de-65-millones-de-euros-para-la-cav","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/2021\/11\/17\/ayudas-directas-para-la-transformacion-de-flotas-de-transporte-algo-mas-de-65-millones-de-euros-para-la-cav\/","title":{"rendered":"Ayudas directas para la transformaci\u00f3n de flotas de transporte: algo m\u00e1s de 6,5 millones de euros para la CAV&nbsp;"},"content":{"rendered":"<p>En el BOE de 17 de noviembre se ha publicado el Real Decreto 983\/2021, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la concesi\u00f3n directa a las comunidades aut\u00f3nomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la transformaci\u00f3n de flotas de transporte de viajeros y mercanc\u00edas de empresas privadas prestadoras de servicios de transporte por carretera, as\u00ed como de empresas que realicen transporte privado complementario, en el marco del Plan de Recuperaci\u00f3n, Transformaci\u00f3n y Resiliencia. El Real Decreto publicado define a los beneficiarios finales de las mismas, las actuaciones subvencionables, los requisitos para acceder a la financiaci\u00f3n y las principales l\u00edneas. As\u00ed, los potenciales adjudicatarios de los fondos son los aut\u00f3nomos y las empresas privadas de transporte de mercanc\u00edas y\/o viajeros domiciliadas en cada comunidad aut\u00f3noma, as\u00ed como las empresas que se dedican al transporte privado complementario.&nbsp;<\/p>\n<p>El programa de incentivos est\u00e1 dotado con una cuant\u00eda inicial de 174.000.000 de euros, con cargo al programa 450A \u00abInfraestructuras. Mecanismo de Recuperaci\u00f3n y Resiliencia\u00bb, gestionado por la Secretar\u00eda de Estado del Ministerio de Transportes,&nbsp;Movilidad y Agenda Urbana, previsto en los Presupuestos generales del Estado para el a\u00f1o 2021. Este presupuesto podr\u00e1 ser ampliado hasta una cuant\u00eda total de 400.000.000 euros, si existiese disponibilidad presupuestaria para esta misma finalidad en el ejercicio 2021 o posteriores, siempre que no hubiera expirado el plazo de vigencia de los programas y en funci\u00f3n de la revisi\u00f3n de cumplimiento de los hitos y objetivos que se establezcan.<\/p>\n<p>  Los criterios que sirven de base para la distribuci\u00f3n y entrega de los correspondientes cr\u00e9ditos, as\u00ed como las cuant\u00edas espec\u00edficas a distribuir inicialmente han&nbsp;sido sometidos a consulta en la Conferencia Nacional de Transportes celebrada el 14 de mayo y el 20 de octubre de 2021. El criterio de distribuci\u00f3n territorial del cr\u00e9dito y entrega consensuado con las comunidades aut\u00f3nomas y las ciudades de Ceuta y Melilla es el n\u00famero de veh\u00edculos de transporte p\u00fablico de mercanc\u00edas y viajeros y transporte privado complementario, domiciliados en cada Comunidad Aut\u00f3noma y en las ciudades de Ceuta y Melilla. La cuant\u00eda resultante para la CAV es de&nbsp;6.618.775 euros (el reparto o distribuci\u00f3n entre las distintas CCAA viene reflejado en el Anexo II del citado Real Decreto).<\/p>\n<p>  &nbsp;<\/p>\n<p>Actuaciones y objetivos&nbsp;<br \/>\nLos objetivos de la l\u00ednea de inversi\u00f3n son impulsar la transformaci\u00f3n del parque de veh\u00edculos pesados de transporte de mercanc\u00edas y de viajeros, incentivar la penetraci\u00f3n en Espa\u00f1a de tecnolog\u00edas para la propulsi\u00f3n de veh\u00edculos que utilicen energ\u00edas alternativas y acelerar la reactivaci\u00f3n industrial y el sector de la automoci\u00f3n, favoreciendo la descarbonizaci\u00f3n de las flotas y la mejora de la calidad del aire en los entornos metropolitanos.&nbsp;<\/p>\n<p>Actuaciones subvencionables&nbsp;<\/p>\n<p>Aquellas que, adem\u00e1s de cumplir los requisitos anunciados en el presente real decreto, consistan en:<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>a) el achatarramiento de veh\u00edculos.&nbsp;<\/p>\n<p>b) la adquisici\u00f3n de veh\u00edculos de energ\u00edas alternativas bajas en carbono.&nbsp;<\/p>\n<p>c) el \u00abretrofit\u00bb o modificaci\u00f3n de la&nbsp;forma de propulsi\u00f3n de veh\u00edculos.&nbsp;<\/p>\n<p>d) la implantaci\u00f3n de infraestructura de recarga de veh\u00edculos el\u00e9ctricos.&nbsp;<\/p>\n<p>e) la adquisici\u00f3n de semirremolques para autopistas ferroviarias.<\/p>\n<p>  En este Real Decreto no se contemplan ayudas a tecnolog\u00edas vinculadas al GNC o GNL. Las alternativas basadas en GNC y GNL deben apoyarse en la Estrategia del Biometano, de manera que tal y como se recoge en la disposici\u00f3n adicional primera, se regular\u00e1 mediante una futura orden ministerial las ayudas a la adquisici\u00f3n de veh\u00edculos de gas (GNC, GNL) de categor\u00eda N y M, regulando los requisitos, cuant\u00edas y condiciones que sean exigibles para su otorgamiento, condiciones que en todo caso incluir\u00e1n el uso exclusivo de biometano u otro gas renovable para su funcionamiento.<\/p>\n<p>  No obstante, y con car\u00e1cter transitorio tal y como recoge la disposici\u00f3n transitoria primera, se establece un per\u00edodo limitado en el cual se ofrecen ayudas para los veh\u00edculos de gas (GNC, GNL) de categor\u00eda M de suelo alto, tanto para la actividad 2 de&nbsp;adquisici\u00f3n de veh\u00edculos nuevos con energ\u00edas alternativas bajas en carbono como para la actividad 3 de \u00abretrofit\u00bb o modificaci\u00f3n de la forma de propulsi\u00f3n de veh\u00edculos, sin necesidad de cumplir, de forma inmediata el citado requisito de uso de biometano renovable. Tras esta fecha, no se otorgar\u00e1 ninguna ayuda a veh\u00edculos de gas (GNC, GNL) no vinculadas al uso exclusivo de biometano u otro gas renovable.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Una vez distribuida la cuant\u00eda concreta para cada CCAA, habr\u00e1 que esperar a que el Gobierno Vasco convoque la l\u00ednea de ayuda para realizar las solicitudes.<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[34],"tags":[],"class_list":["post-7793","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-subvenciones"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7793","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=7793"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/7793\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=7793"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=7793"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.guitrans.eus\/eu\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=7793"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}