En el BOG de 23 de marzo se publicaron las Bases reguladoras y convocatoria 2026 de las subvenciones para la contratación de personas desempleadas.
Personas o entidades beneficiarias.
Podrán percibir estas ayudas las empresas de Oñati, cualquiera que sea su forma jurídica, los/as empresarios/as individuales, las comunidades de bienes y sociedades civiles, siempre y cuando cumplan los siguientes requisitos:
a) Estar dada de alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) en Oñati.
b) Emplear a menos de 50 personas.
c) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
d) No estar sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, o de la Ley Orgánica 3/2007, de 30 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres.
e) No estar incursa en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Requisitos de las personas a contratar.
Las personas contratadas que son objeto de subvención deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) Estar empadronado/a en Oñati, con una antigüedad mínima de 6 meses.
b) Encontrarse en situación de desempleo.
c) No serán objeto de subvención la contratación del/a cónyuge, descendientes y demás parientes que tengan relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, con la persona empresaria o con quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas que revistan la forma jurídica de sociedad.
Cuantía de las ayudas.
La cuantía de las ayudas que se darán en función al tipo y características de contrato serán las siguientes:
- Contrato indefinido y a jornada completa: 1.500 euros.
- Contrato de duración determinada y a jornada completa: 1.200 euros.
Estas cuantías se incrementarán en 300 euros cuando la persona contratada sea mujer.
En el caso de contratación a tiempo parcial la subvención será proporcional a la jornada de trabajo.
En el supuesto de contratación de personas pertenecientes a los siguientes colectivos la ayuda se incrementará en un 30%, no siendo acumulables entre ellas:
- Perceptores/as titulares de la Renta de Garantía de Ingresos (RGI).
- Personas menores de 35 años.
- Personas mayores de 55 años.
- Personas desempleadas de larga duración, entendiéndose como tal aquellas personas que hayan permanecido en situación de desempleo al menos 360 días, durante los 540 días anteriores a la contratación.
El límite de ayuda que una empresa podrá recibir por los contratos realizados y por convocatoria se establece en 3.500 euros.
Presentación de solicitudes y documentación.
Plazo de presentación de solicitudes: el plazo finalizará el 30 de noviembre de 2026.
Fecha de inicio de los contratos: Los contratos que son objeto de subvención de esta convocatoria deberán haberse iniciado entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026.
Los impresos normalizados de solicitud estarán disponibles en la página web del Ayuntamiento de Oñati (www.oñati.eus).