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Jornada sobre las 44 Tn: «El aumento a 44 toneladas solo será útil si es bueno para todos, cargadores y transportistas»

En la imagen, de izda. a dcha., Nuria Lacaci, Carmelo González, Mª Anuncia Ocampo, Rocío Báguena, Ignacio Cepeda, Sara Barreal y Marcos Suárez, en tras finalizar la primera parte.

La Fundación GUITRANS Fundazioa celebró el pasado viernes, 12 de diciembre, una interesante jornada en el recinto ferial Ficoba de Irun, bajo el título “Análisis de la entrada en vigor de las 44 toneladas”. El acto se inauguró con la participación de Rocío Báguena, Secretaria General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, Sara Barreal, Directora de Estrategia para la Movilidad Sostenible del Gobierno Vasco, junto con Ignacio Cepeda, Presidente del Patronato de la Fundación GUITRANS Fundazioa. A la jornada, además de representantes institucionales, de otras asociaciones de transporte, y de entidades y organizaciones relacionadas con el transporte, acudieron representantes de empresas asociadas a GUITRANS, así como alumnos y profesores del CIFP Plaiaundi LHII de Irun y CIFP Don Bosco LHII que ofertan ciclos formativos para futuros profesionales. Más de un centenar de personas congregadas en torno a un mismo tema de creciente actualidad y que vienen a confirmar el éxito de la jornada.

En el siguiente enlace puede descargar la nota de prensa remitida a los medios de comunicación con un resumen de lo allí acontecido.

Módulos IVA en transporte para 2026

En el BOE de 11 de diciembre se ha publicado la Orden HAC/1425/2025, de 9 de diciembre, por la que se desarrollan para el año 2026 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido. El texto mantiene la estructura de la Orden HAC/1347/2024, de 28 de noviembre, por la que se desarrollan para el año 2025 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto Sobre el Valor Añadido, manteniendo para 2026 los módulos, así como las instrucciones para su aplicación, aplicables en el régimen especial simplificado en el año 2025.
Cuantías módulos IVA 2026.

 

Con la baliza V-16, ¿está el conductor geolocalizado en todo momento? ¿podrían controlar la velocidad a la que se está circulando?

No, con el dispositivo de preseñalización V-16 no se está geolocalizado en todo momento, no podrán seguir, ni saber la velocidad a la que circula el vehículo.

La baliza únicamente transmite la posición y solo cuando es activada en caso de accidente o avería, pero no transmite ningún tipo de datos personales ni datos relacionados con el vehículo.

La única función de la geolocalización en el momento de la activación es la de tener visibilidad virtual para poder avisar al resto de usuarios de la vía y evitar más incidentes en carretera.

Ante la ingente cantidad de bulos que están circulando en redes, se recomienda consultar en las fuentes oficiales. En la siguiente sección de la página web de la DGT, se responde a una batería de preguntas sobre su obligatoriedad, uso y funcionamiento, geolocalización, colocación…

Publicado el Plan de Movilidad Sostenible de Euskadi


En el BOPV de 10 de diciembre se ha publicado el Decreto 229/2025, de 25 de noviembre, por el que se aprueba de forma definitiva el Plan de Movilidad Sostenible de Euskadi.

La vigencia del Plan de Movilidad Sostenible de Euskadi será de 10 años, si bien a los cinco años se realizará un seguimiento de la consecución de los objetivos y la correspondiente revisión de sus determinaciones.

Se trata de la principal herramienta para desarrollar la Ley de Movilidad Sostenible de Euskadi y cumplir con sus objetivos, entre los que se encuentra avanzar en la integración de los diferentes modos de transporte para mejorar su eficiencia con criterios de sostenibilidad y garantizando la accesibilidad universal.

Para ello, incluye 122 actuaciones concretas a corto, medio y largo plazo que buscan reducir la utilización del vehículo privado. Entre otras cuestiones plantea la extensión de medidas de pacificación del tráfico a los municipios de tamaño medio (de más de 25.000 habitantes) en paralelo a las Zonas de Bajas Emisiones de las capitales –Vitoria-Gasteiz, Bilbao y San Sebastián están obligadas a su implantación por la legislación estatal-. También la creación de supermanzanas y áreas de calmado de tráfico en municipios de más de 15.000 habitantes. Los presupuestos del Departamento de Movilidad Sostenible para 2026 recogen una partida de 250.000 para ayudar a los municipios medianos de Euskadi a diseñar la implementación de este tipo de actuaciones.

El Plan de Actuación de Logística y Mercancías (LM), cuenta con trece propuestas, que se agrupan en las siguientes Líneas de Actuación:

Dotación/mejora de infraestructuras (LM1)
• Propuesta 1 (LM1.P1). Estudio de la conexión de las áreas industriales más importantes con la red ferroviaria.
• Propuesta 2 (LM1.P2). Impulso de las autopistas ferroviarias.
• Propuesta 3 (LM1.P3). Potenciación de una red de aparcamientos seguros y cómodos para transportistas (información de plazas libres, instalaciones básicas, vigilancia…).

Implantación de nuevas tecnologías de la información (LM4)

• Propuesta 1 (LM4.P1). Elaboración de un estudio sobre las necesidades de digitalización y TICS de los transportistas y operadores logísticos.
• Propuesta 2 (LM4.P2). Implantación de TICs en la gestión de carga, grupaje…

Fomento de la transición ecológica (LM5)
• Propuesta 1 (LM5.P1). Activación de medidas de promoción y ayuda para la modernización de la flota.
• Propuesta 2 (LM5.P2). Fomento de la elaboración de Planes de Sostenibilidad para los Centros Logísticos.

Fomento y promoción del modo de transporte (LM6)
• Propuesta 1 (LM6.P1). Potenciación del ferrocarril como de transporte de mercancías.
• Propuesta 2 (LM6.P2). Fomentar la competitividad del sistema logístico y de transportes de Euskadi.

Ordenación y gestión del sector (LM7)
• Propuesta 1 (LM7.P1). Activación de medidas para solucionar los problemas de congestión de los Centros Logísticos actuales.
• Propuesta 2 (LM7.P2). Potenciación de la colaboración con la Eurorregión Nueva Aquitania – Euskadi – Navarra para la planificación conjunta de actuaciones.
• Propuesta 3 (LM7.P3). Apoyo y coordinación en el ámbito de la Distribución Urbana de Mercancías (DUM): centro de carga y descarga urbana, relación espacial y horaria.

Formación (LM9)
• Propuesta 1 (LM9.P1). Elaboración de un Plan de Formación y empleo adaptado a las necesidades del sector.

En el siguiente enlace se pueden descargar tanto el documento con el diagnóstico como el documento que contempla el plan de actuación.

Cuenta atrás para implementar la Carta de Porte Digital y el eCMR


La Ley de Movilidad Sostenible ha entrado en vigor y las empresas de transporte cuentan con 10 meses de plazo para implementar la Carta de Porte Digital y el eCMR. Si quieres saber más sobre cómo abordar el cambio, Guitrans colabora con Grupo Igarle en este tipo de soluciones tecnológicas.

La Ley de Movilidad Sostenible ha entrado en vigor y las empresas de transporte cuentan con 10 meses de plazo para implementar la Carta de Porte Digital y el eCMR.

La esperada Ley de Movilidad Sostenible ya es una realidad después de muchos meses de retraso. Con su entrada en vigor, el sector del transporte se enfrenta a uno de los cambios más significativos de los últimos años: la obligatoriedad de usar las versiones digitales de la Carta de Porte y el CMR. Las empresas transportistas disponen de 10 meses para adaptarse a esta nueva exigencia, que busca modernizar la logística, reducir la burocracia y avanzar hacia un modelo más eficiente y sostenible.

Un paso decisivo hacia la digitalización del transporte

La Ley de Movilidad Sostenible tiene como objetivo transformar el sistema de transporte en España, alineándolo con los compromisos europeos de sostenibilidad y digitalización. Entre sus medidas más destacadas se encuentra la implantación de los documentos de control electrónicos que sustituirán al tradicional formato en papel.

Este cambio responde a la necesidad tecnológica de agilizar procesos, mejorar la trazabilidad y garantizar la transparencia en las operaciones. Según el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, la digitalización permitirá reducir costes administrativos, minimizar errores y contribuir a la descarbonización al eliminar millones de documentos impresos cada año.

¿Qué implica la Carta de Porte Digital y el eCMR?

La Carta de Porte y el eCMR son documentos que acreditan el contrato de transporte de mercancías por carretera nacional e internacional. Hasta ahora, estos documentos se gestionaban mayormente en formato físico, lo que genera una gran carga administrativa y dificultades en la gestión documental. Con la nueva normativa, la versión digital será obligatoria para todas las operaciones de transporte, tanto nacionales como internacionales.

Entre las ventajas de la Carta de Porte Digital y el eCMR destacan:

  • Trazabilidad en tiempo real: Las autoridades y las partes implicadas podrán consultar el estado del transporte en cualquier momento.
  • Reducción de errores: Al eliminar la transcripción manual, se minimizan los fallos en la información.
  • Mayor seguridad jurídica: El documento digital contará con sistemas de autenticación y firma electrónica.
  • Sostenibilidad: Se estima que la digitalización evitará la impresión de más de 50 millones de documentos anuales.

Plazo de adaptación de 10 meses

La ley establece un periodo transitorio de 10 meses para que las empresas transportistas implementen los documentos de control electrónicos en sus procesos. Durante este tiempo, se permitirá la coexistencia de ambos formatos, aunque se recomienda iniciar la transición cuanto antes para evitar sanciones y garantizar la continuidad operativa.

El Ministerio ha anunciado que pondrá a disposición del sector una plataforma oficial para la gestión de los documentos de control electrónicos, aunque su uso requiere de una introducción manual de los datos. También se permitirá el uso de soluciones privadas que cumplan los estándares. Estas están integradas con los sistemas de gestión de transporte de las empresas y facilitan la gestión diaria. Los datos  de las órdenes de transporte solo se introducen una vez y no hace falta picarlos de nuevo.

Impacto en el sector logístico

La entrada en vigor de esta medida supone un reto y una oportunidad para el sector. Las grandes compañías ya van un paso por delante en el uso de documentos digitales en sus sistemas, mientras que las pymes deberán acelerar su digitalización para cumplir con los plazos.

Según Grupo Igarle, expertos en tecnología logística, señalan que esta transición no solo afectará a los transportistas, sino también a cargadores, operadores y plataformas tecnológicas. La interoperabilidad será clave para garantizar que todos los actores puedan intercambiar información de forma segura y eficiente.

Próximos pasos

Si quieres saber más sobre cómo abordar la implantación del eCMR y la carta de porte digital, Guitrans colabora con Grupo Igarle en proyectos tecnológicos. Grupo Igarle cuenta con 30 años de experiencia en el sector y en la mejora del transporte de mercancías.

CAV: Tarifas ITV para el año 2026

Con fecha 10 de diciembre se ha publicado en el BOPV las tarifas que se aplicarán en 2026 por las inspecciones periódicas, reformas de importancia y otras reformas que se vayan a realizar en la red de concesionarios de la CAV que prestan este servicio. En el siguiente enlace puede acceder a la resolución y a los anexos con las tarifas correspondientes por tipo de vehículos aplicables a partir del 01/01/2026.

Alemania revisa el criterio hasta ahora aplicado en la utilización de gasóleo bonificado en equipos de frío

A primeros de octubre dábamos cuenta de la preocupación existente en el sector por esta prohibición que llevó al CNTC a exponer el problema y solicitar algún tipo de coordinación o comunicación entre los responsables de Transporte de ambos países, de manera que el uso de gasóleo bonificado en las unidades de frío no fuera considerado como un medio de elusión fiscal. La Dirección General de Tributos ha trasladado al CNTC la respuesta oficial de Alemania sobre las sanciones impuestas a transportistas españoles por usar este tipo de gasóleo, indicando que la autoridades alemanas han revisado la información que disponían y procederá a corregirla y no aplicar así un criterio erróneo.

Prórroga hasta el 30 de junio de 2031 del período durante el que los vehículos pesados de emisión cero pueden beneficiarse de una reducción significativa o exención de las tasas por infraestructura o por utilización

En el DOUE del pasado 4 de diciembre se publicó la Directiva (UE) 2025/2459 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de noviembre de 2025, por la que se modifica la Directiva 1999/62/CE en lo que respecta a la prórroga del período durante el que los vehículos pesados de emisión cero pueden beneficiarse de una reducción significativa de las tasas por infraestructura o por utilización, o de una exención de la obligación de pagar dichas tasas.

La matriculación en la Unión de vehículos pesados de emisión cero nuevos sigue sin ser suficiente para conseguir los objetivos de reducción de emisiones de CO2 del sector del transporte establecidos en la Comunicación de la Comisión de 9 de diciembre de 2020 titulada «Estrategia de movilidad sostenible e inteligente: encauzar el transporte europeo de cara al futuro», debido al elevado coste inicial que conlleva adquirir un vehículo de este tipo y los costes operativos en los que se incurra durante la vida útil del vehículo. La Directiva (UE) 2022/362 del Parlamento Europeo y del Consejo permitió establecer tasas viarias en función de las emisiones de CO2 de los vehículos e introdujo la posibilidad de diferenciar las tasas por infraestructura y por utilización o de internalizar los costes externos de las emisiones de CO2, con el fin de reducir la brecha en el coste total de la propiedad entre los vehículos de emisión cero y los vehículos convencionales y reforzar la justificación económica de la inversión en vehículos de emisión cero.

El art. 7 octies bis.1, párrafo quinto, de la Directiva 1999/62/CE ofrece actualmente a los Estados miembros la posibilidad de aplicar tasas por infraestructura o por utilización reducidas sin fijar ningún límite máximo a dichas reducciones, o de aplicar exenciones totales de la obligación de pagar dichas tasas, hasta el 31 de diciembre de 2025 para incentivar de forma significativa la demanda de vehículos pesados de emisión cero nuevos, por lo que dicho período de aplicación debe ampliarse hasta el 30 de junio de 2031 para crear las condiciones adecuadas para una mayor implantación de vehículos de emisión cero.

Activado el servicio de grúas de rescate de vehículos ligeros para mejorar la fluidez del tráfico y reducir la accidentalidad

La Dirección de Tráfico del Gobierno Vasco puso en marcha este pasado día 1 en Gipuzkoa, en el entorno metropolitano de Donostialdea, el servicio de asistencia de grúas ligeras para la retirada urgente de vehículos accidentados o averiados, siguiendo el mismo modelo que está ya funcionando en Bizkaia, en el entorno de la A-8 y accesos en el entorno metropolitano de Bilbao. Este servicio tiene como objetivo mejorar la fluidez del tráfico, garantizando una respuesta más rápida en las zonas más congestionadas, y disminuir la accidentalidad al reducir la posibilidad de que se produzcan accidentes por alcance.

Este servicio lo conformarán tres grúas que estarán ubicadas en la Gasolinera de Lintzirin, en la Gasolinera del Centro Comercial Garbera y en Andoain, a la salida del Polígono de Bazkardo. De esta forma prestarán cobertura a tres zonas estratégicas que diariamente soportan flujos de tráfico de gran intensidad, que son: la carretera GI-636 entre Donostia y la muga con Iparralde; las carreteras GI-20, GI-40, GI-41 y A-15, entre el pk 165 (Hernani) y el pk 169 (enlace con AP-8); y la N-1, entre el pk 432 (Tolosa) y el pk 456 (Lasarte), la GI-11 y la A-15, entre el pk 155 (Andoain) y el pk 165 (Hernani). El horario del servicio será de 7:30 a 9:30 horas por las mañanas y de 17:30 a 19:30 horas por las tardes, de lunes a viernes.

Cuando se produzca un accidente o una avería en alguna de estas zonas, la Ertzaintza informará de lo ocurrido al Centro de Gestión de Tráfico de Euskadi, que será quien movilizará la grúa más cercana. Posteriormente, los vehículos siniestrados serán retirados a un lugar seguro, que será aquel que determine la patrulla de la Ertzaintza que atiende la incidencia, o bien, en caso de imposibilidad, a las instalaciones de la empresa adjudicataria del servicio adonde, posteriormente, deberá acudir la grúa de asistencia particular del vehículo. Se trata, por lo tanto, de la misma operativa que se lleva a cabo en Bizkaia.

Este servicio de asistencia de grúas ligeras para la retirada urgente de vehículos accidentados o averiados se llevará a cabo por medio de tres empresas gruistas constituidas en una UTE: Grúas Beti Aurrera, Grúas Guipúzcoa Cargo y Grúas Santa Lucía.

Ya conocemos la fecha: a partir del 5 de octubre de 2026, el documento de control deberá ser digital

El Pleno del Congreso aprobó el pasado 13 de noviembre el Proyecto de Ley de Movilidad Sostenible. La iniciativa finalizado su tramitación tras el debate y votación de las enmiendas introducidas por el Senado. La disposición transitoria octava del texto aprobado por el Congreso el pasado 21 de octubre, y que se mantiene en el texto aprobado en este mes de noviembre, establece que el documento de control administrativo exigible para la realización de transporte público de mercancías por carretera, regulado en la Orden FOM/2861/2012, de 13 de diciembre, deberá ser necesariamente digital a los diez meses desde la entrada en vigor de esta ley. Tras este periplo de tramitación parlamentaria, solo faltaba su publicación en el BOE.

Ha sido en el BOE de hoy, de 4 de diciembre, cuando se ha publicado la Ley 9/2025, de 3 de diciembre, que entra en vigor un día después, el 5 de diciembre. La nueva, y extensa ley, aprobada con bastante retraso con respecto a las fechas manejadas inicialmente, constituye el marco normativo que permitirá a las distintas administraciones responder mejor a las necesidades de movilidad y transporte de la ciudadanía y a los retos del siglo XXI: la sostenibilidad, la digitalización y la cohesión social y territorial.

¿Qué establece la Ley 9/2025 sobre el documento de control electrónico?

Disposición transitoria octava. Digitalización del documento de control administrativo exigible para la realización de transporte público de mercancías por carretera y hoja de ruta exigible para la realización de transporte público de personas por carretera.

1. El Documento de control administrativo exigible para la realización de transporte público de mercancías por carretera, regulado en la Orden FOM/2861/2012, de 13 de diciembre, deberá ser necesariamente digital a los diez meses desde la entrada en vigor de esta ley.

2. La hoja de ruta regulada Orden FOM/1230/2013, de 31 de mayo, por la que se establecen normas de control en relación con los transportes públicos de personas por carretera, será necesariamente digital a los diez meses desde la entrada en vigor de esta ley.

No obstante, en el caso de hacer transporte de mercancías peligrosas, la carta de porte ADR se podrá seguir haciendo en formato papel. De igual modo cuando se realice transporte internacional, el CMR se podrá seguir utilizando en formato papel, aunque es previsible que en 2029 se haga obligatorio el CMR electrónico.

En próximos boletines se adjuntará un resumen con las principales medidas que afectan al sector del transporte de mercancías por carretera.