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FENADISMER respalda la regulación europea para limitar la subcontratación en el sector transporte

La patronal europea de transportistas UETR, de la que forma parte FENADISMER, y el sindicato europeo ETF se reunieron el martes 29 de septiembre en Bruselas con Eurodiputados y la Comisión Europea para exigir un marco normativo estricto. Las peticiones urgentes que UETR y la ETF han trasladado a los legisladores europeos de cara a un futuro marco normativo de la UE y que FITRANS comparte, son las siguientes:

  • Limitación de los niveles de subcontratación: Restringir el número de intermediarios permitidos en una misma operación de transporte para evitar la pérdida de valor y el descontrol operativo.
  • Mayor transparencia: Exigir una trazabilidad absoluta sobre qué empresa y bajo qué condiciones ejecuta realmente el servicio.
  • Responsabilidad solidaria y conjunta: Establecer por ley que todos los eslabones de la cadena de contratación respondan de forma solidaria ante posibles impagos o abusos.
  • Mayor control e inspección: Reforzar las actuaciones de las autoridades nacionales de control en coordinación con la Autoridad Laboral Europea (ELA).

Las pymes y autónomos del transporte no pueden seguir compitiendo contra modelos basados en la devaluación de las condiciones de trabajo.

Red de itinerarios para los euromodulares en la CAV, en el Estado, en Cataluña y Navarra (ampliación de la red del Estado)

CAV

La Orden PJC/780/2025, de 21 de julio, por la que se modifican los anexos II, IX, X y XVIII del Reglamento General de Vehículos, aprobado por el Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, recoge en el apartado 6 del punto 2 de su artículo único que los conjuntos de configuración euro-modular podrán circular por la red de itinerarios que los órganos competentes en materia de regulación, ordenación y gestión del tráfico establezcan. La Dirección de Tráfico del Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco ya los ha establecido, siendo publicados en el BOE de 23 de octubre. Posteriormente se publicó en el BOE de 30 de septiembre de 2026 una nueva Resolución que modifica aquella. Para acceder a esta última, pinchar aquí.

ESTADO

En este enlace pueden acceder a la red de itinerarios para la circulación de euromodulares en el Estado con fecha de última actualización de 27/10/2025.
Con fecha 12/02/2026 se ha publicado una ampliación de esta red de itinerarios a través de la Directriz MOV 2026/01.
Con fecha 04/05/2026 se ha aprobado una nueva ampliación excepcional de la red de itinerarios a través de la Directriz MOV 2026/08.
Red actualizada en el siguiente enlace.

NAVARRA

El  27/11/2025 se publicó la Resolución que regula la red de itinerarios de Navarra.

CATALUÑA

Red de itinerarios para euromodulares en Cataluña.

Nuevas medidas insuficientes para el sector

Post fijado

Son ya siete meses soportando un alza de precios en los combustibles que está provocando un verdadero roto en la cuenta de resultados de las empresas de transporte. La subida es inasumible, un 45% desde el 1 de enero y un 40% si tomamos como referencia el 28 de febrero, día en que se inició el conflicto bélico con Irán.

El complejo sistema de deducciones fiscales y bonificaciones aprobado a partir del 1 de julio, que varían de forma complementaria, se reproduce en este tercer paquete de ayudas publicado hoy en el Real Decreto 25/2026 y que establece un marco impredecible, que lejos de aportar certezas a las empresas, provoca la mayor de las incertidumbres.

El hecho de que la bonificación a las empresas de transporte varíe en función de la variación del Impuesto Especial de Hidrocarburos, es decir, del precio aplicado en la estación de servicio, siendo menor la bonificación cuanto mayor es la deducción del impuesto, nos coloca, dada la enorme volatilidad del precio del gasóleo, que no augura nada bueno, en un más que probable escenario de subida del precio que se va comer la deducción fiscal, dejando como resultado una escasísima bonificación para hacer frente a una situación tan grave y tan compleja. Desde GUITRANS hemos venido solicitando a través del Comité Nacional de Transporte, que la bonificación fuera íntegra para las empresas de transporte.

Todos estos meses estamos viendo que las reducciones fiscales adoptadas son neutralizadas por las subsiguientes subidas del precio del gasóleo. Una reducción fiscal absorbida por una subida del precio del carburante mayor, con una bonificación menor, lejos de ayudar a las empresas, las deja a los pies de los caballos.

Desde el sector tenemos que insistir en la imperiosa necesidad y obligatoriedad de repercutir la fluctuación del gasóleo en el precio del transporte, algo que las empresas nos transmiten no está ocurriendo en su totalidad en algunos casos. Las herramientas están disponibles (buzón anónimo de denuncias del MITMS, cláusula obligatoria de actualización de los precios en función del gasóleo, actualización periódica del observatorio de costes…) y deben poder ser utilizadas porque se ha demostrado que son efectivas.

Por parte de la administración es necesario agilizar los trámites para que las ayudas diseñadas lleguen a las empresas para desahogar sus maltrechas economías y se mantengan mientras dure esta adversa coyuntura, que, por desgracia, todo apunta va a prolongarse. En Gipuzkoa las ayudas del primer paquete, correspondiente a los consumos entre el 22 de marzo y el 30 de junio, se están recibiendo ahora, tres meses después, un plazo para muchas empresas inasumible que cuestiona su supervivencia. Las ayudas del segundo y tercer paquete tienen que ser mucho más ágiles. El sector necesita estabilidad y protección económica en el actual contexto de crisis energética.

DeCA, muchas dudas a cuatro días de su entrada en vigor

A partir de esa fecha, no se podrán documentar los envíos de transporte en el formato actual del documento de control, sino que habrá que hacerlo con un documento con un código QR.

A lo largo de los dos últimos años, desde GUITRANS hemos impulsado distintas iniciativas para facilitar a las empresas asociadas la adaptación a este cambio sustancial en la operativa de trabajo diario. Sin embargo, conforme se va acercando la fecha de su implantación obligatoria, nos hemos llevado la sorpresa de que existe mucho desconocimiento sobre su puesta en marcha, no solo entre las empresas transportistas sino también entre las empresas cargadoras.

Una duda que se ha venido repitiendo entre los asociados tiene que ver con la persona o entidad responsable en su formalización o emisión. La digitalización del documento de control no implica cambios en esta materia, únicamente cambia el formato o soporte del documento administrativo.

El DeCA es un archivo electrónico o digital con un código QR, archivo que se alojará en un repositorio, de manera que un agente de la autoridad, si lo requiere, pueda en un control en carretera consultar y acceder al contenido o datos del mismo a través de la dirección web única (URL) y comprobar la autenticidad y veracidad del documento. Para ello, el conductor deberá llevar a bordo del vehículo el DeCA con su QR, bien impreso, o bien en otro dispositivo, PDA o teléfono móvil, no siendo válidos los ficheros electrónicos obtenidos a partir del escaneo de un documento físico ya existente.

Otra de las preguntas más realizadas es si va a haber algún tipo de prórroga o moratoria en su entrada en vigor. El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha sido claro y tajante al respecto: el periodo transitorio ya está establecido en la Ley de Movilidad Sostenible, y la fecha de la digitalización obligatoria del DeCA es el 5 de octubre de 2026. No está prevista en las normas ninguna fase adicional, más allá del 5 de octubre, donde no se sancione la obligación de digitalización.

Por tanto, a escasos días de que entre en vigor, son multitud las soluciones ofrecidas por distintos proveedores tecnológicos. GUITRANS viene colaborando con PROFIECO e IGARLE en la instalación de sus soluciones en las empresas asociadas.

Publicado el calendario de festivos locales en Gipuzkoa para 2027

En el BOG de hoy, 1 de octubre, septiembre se ha publicado la relación de festivos locales para el Territorio Histórico de Gipuzkoa en 2027. Además de los 12 festivos en toda la CAV, se aprueba la festividad del Territorio Histórico de Gipuzkoa, el 31 de julio, San Ignacio de Loyola, y un festivo por cada localidad.Dichos 12 días inhábiles son los siguientes:
— 1 de enero, Año Nuevo.
— 6 de enero, Epifanía del Señor.
— 25 de marzo, Jueves Santo.
— 26 de marzo, Viernes Santo.
— 29 de marzo, Lunes de Pascua de Resurrección.
— 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
— 7 de octubre, Aniversario primer Gobierno de Euskadi.
— 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
— 1 de noviembre, Todos los Santos.
— 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
— 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
— 25 de diciembre, Natividad del Señor.

Publicadas las bases reguladoras de las ayudas a las sociedades de garantía recíproca para que otorguen avales a transportistas para comprar vehículos más sostenibles

En el BOE de 30 de septiembre se ha publicado la Orden TRM/1019/2026, de 14 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas a las sociedades de garantía recíproca que otorguen avales a empresas del sector del transporte por carretera para la adquisición de vehículos. Queda pendiente de que se publique la correspondiente convocatoria.

Las sociedades de garantía recíproca, como entidades financieras sin ánimo de lucro, facilitan a los autónomos y pymes el acceso a mejores condiciones de préstamos y asesoramiento profesional. Estas sociedades otorgan avales para que la financiación y las ayudas sean posibles, además de acompañar en las gestiones financieras. Se ha considerado necesario desarrollar un programa de ayudas a sociedades de garantía recíproca con el fin de facilitar a las empresas del sector del transporte por carretera la obtención de avales para renovar sus vehículos por otros nuevos menos contaminantes.

Características de los avales

Los beneficiarios deberán otorgar avales destinados a empresas de transporte por carretera para la adquisición de vehículos destinados al de transporte por carretera. Dichos vehículos deberán cumplir las siguientes características:
a) Pertenecer a una de las siguientes categorías M2, M3, N2 o N3.
b) Tener una antigüedad inferior a tres años.
c) Cumplir con la normativa europea de emisiones más reciente, actualmente Euro VI o ser un vehículo de cero emisiones.

Los avales deberán ir destinados a empresas de transporte por carretera.

CAV: ayudas para la conversión de contratos indefinidos a tiempo parcial en contratos indefinidos a tiempo completo

En el BOPV de 30 de septiembre se ha publicado la Resolución de 21 de septiembre de 2026, del director general de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación del Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo, de 21 de septiembre de 2026, por el que se aprueban las bases de las subvenciones destinadas a incentivar la conversión de contratos indefinidos a tiempo parcial en contratos indefinidos a tiempo completo, y su convocatoria para el ejercicio 2026. Las conversiones subvencionables deberán realizarse en centros de trabajo ubicados en la CAV.

Actuaciones subvencionables.

1.– Podrán ser objeto de subvención las conversiones de contratos indefinidos formalizados desde el inicio a tiempo parcial en contratos indefinidos a jornada completa realizadas de manera previa a la solicitud de subvención. Dichas conversiones de contratos podrán realizarse desde el 1 de octubre y hasta el último día del plazo de presentación de solicitudes.

2.– La conversión de contrato deberá suponer una variación de datos de afiliación a la Seguridad Social por modificación de jornada, considerándose como fecha de conversión la fecha de dicha variación.

3.– Las conversiones de contratos realizados al amparo de esta convocatoria habrán de ajustarse a las previsiones del Estatuto de los Trabajadores y demás normativa aplicable y deberán cumplir, en todo caso, los siguientes requisitos:

a) La jornada parcial inicial deberá ser igual o inferior al 70% de la jornada completa aplicable en cada caso. Como consecuencia de la conversión, la jornada deberá pasar a ser equivalente al 100 % de la jornada completa que resulte de aplicación.

b) En todos los casos, el contrato debe ser indefinido desde, al menos, 6 meses antes de la conversión y con una jornada de no más del 70% en el mismo periodo.

c) Los contratos de conversión deben estar asociados a un centro de trabajo en la CAV.

d) Los contratos de conversión deben suponer un incremento de la plantilla media del centro de trabajo.

No serán objeto de subvención, las siguientes contrataciones:

a) La contratación del/la cónyuge, descendiente y demás parientes que tengan relación de parentesco por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, con la persona empresaria o con quienes tengan el control empresarial, ostenten cargos de dirección o sean miembros de los órganos de administración de las empresas independientemente de la forma jurídica que ostenten.

b) Todos aquellos contratos que pudieran formalizarse vinculadas a actividades acogidas a la subvención en cualesquiera de las convocatorias realizadas por Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo o subvencionados en el marco de las mismas.

Entidades beneficiarias.

1.–Las empresas privadas, cualquiera que sea su forma jurídica, las personas empresarias individuales, las comunidades de bienes y sociedades civiles, así como las asociaciones y fundaciones que no concurran en las circunstancias previstas en el apartado 2, y que cumplan los siguientes requisitos:

a) Tener domicilio social y fiscal en la CAV o centro de trabajo radicado en la CAV.

b) No hallarse participada directa o indirectamente en más de un 50% por una o varias Administraciones Públicas.

2.– Las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, así como las comunidades de bienes u otras entidades sin personalidad jurídica, podrán ser beneficiarias siempre que puedan llevar a cabo la actuación subvencionable que motiva la concesión de la subvención. En tal caso, será necesario designar una persona representante o apoderada única de la agrupación con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que corresponden a la agrupación como beneficiaria. La agrupación no podrá disolverse hasta que haya transcurrido el plazo de prescripción de los derechos de la Hacienda General del País Vasco. Tampoco podrán acceder a la condición de beneficiaria si concurre alguna circunstancia del siguiente apartado dentro de este artículo.

Cuantía de la subvención
1.– La cuantía se determinará en función de la jornada parcial inicial, de acuerdo con los siguientes criterios:
Jornada parcial inicial (sobre jornada completa de aplicación) y cuantía (en euros)
≤ 50 %- 4.000 euros
> 50 % y ≤ 60 % -3.500 euros
> 60 % y ≤ 70 % – 3.000 euros
Todas estas cuantías incrementarán en un 50 % adicional cuando los contratos de trabajo convertidos a jornada completa sean con personas trabajadoras del sexo femenino.

El plazo de presentación de solicitudes comenzará el 1 de octubre y finalizará el 30 de noviembre de 2026 incluido o hasta el agotamiento del crédito.

Más información.

Contacto:
Servicio de Atención a Entidades y Empresas: 945 160 601
Email: partzialtasuna@lanbide.eus

III Feria de Empleo Transfronterizo LANEAN, 22 de octubre en Irun


Los Ayuntamientos de Irun y Hondarribia, a través de Bidasoa activa, celebrarán el próximo 22 de octubre en Ficoba la III Feria de Empleo Transfronterizo LANEAN, una iniciativa que tiene como objetivo facilitar el encuentro directo entre empresas y personas en búsqueda activa de empleo y seguir impulsando las oportunidades laborales a ambos lados de la frontera.

Hasta el momento, para esta edición hay más de 40 empresas confirmadas de sectores muy diversos. La feria se enmarca en el proyecto transfronterizo Poctefa lanean, liderado por la Eurorion Nueva Aquitania Euskadi navarra y en el que participa Bidasoa activa junto a Lanbide, Diputación Foral de Gipuzkoa, Nafar lansare – Servicio Navarro de Empleo, France Travail, Cap emploi y Mission locale.

La feria está dirigida tanto a personas en búsqueda activa de empleo como a quienes cuentan con experiencia profesional y desean reorientar su carrera o conocer nuevas oportunidades laborales. La entrada será libre y gratuita.

El número 286 de la revista Bidean está ya disponible on line

Ya está colgada en la página web de GUITRANS la revista Bidean Nº 286, editada por Fundación GUITRANS Fundazioa, correspondiente al mes de SEPTIEMBRE de 2026. En el sumario, además de las secciones fijas, destacamos los siguientes artículos:

  • DeCA, 5 de octubre de 2026.
  • El gasóleo, un 32,72% más caro y unas bonificaciones que llegan con retraso colocan en una situación crítica a las empresas de transporte
  • En relación con el DeCA, documento de control electrónico administrativo, ¿quiénes son los sujetos obligados a emitirlo?
  • Nueva Secretaria General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
  • CAV: Publicada la convocatoria con el plazo para inscribirse a los exámenes de Consejero de Seguridad (obtención y renovación)
  • Publicada la relación definitiva de beneficiarios de las ayudas al abandono en la actividad 2026
  • Catálogo de ocupaciones de difícil cobertura 3er trimestre 2026
  • Actualizado el Código del Transporte de Mercancías por Carretera
  • Programa de ayudas Auto +, ayudas directas para la compra de turismos y furgonetas eléctricas y electrificadas
  • Novedades en Seguridad Social: más plazo para comunicar bajas, cambios en los aplazamientos de deudas y nueva obligación sobre el código de ocupación laboral
  • Publicada la edición 2026 del ATP, mercancías perecederas
  • 5 de octubre de 2026, nuevas obligaciones de información para las empresas sobre las condiciones de trabajo
  • Ayudas directas: cómo calcular el sobrecoste del 70%
  • Segundo paquete de ayudas: ayuda directa para los vehículos de menos de 7,5 Tn o con gas
  • El dato del IPC de julio trastoca para septiembre la rebaja fiscal y la bonificación extraordinaria por gasóleo profesional
  • DeCA, el 5 de octubre de 2026, mucho desconocimiento
  • BIZKAIA: descuentos por modulaciones por emisiones CO2 para vehículos pesados EURO VI.

Enlace a la revista de septiembre de 2026.

FRANCIA: nueva tasa por el uso de infraestructuras para vehículos pesados en Alsacia y ecotasa en Grand Est

En 2027, Francia incorporará nuevos tramos de carretera sujetos a sistemas de peaje para vehículos pesados. Estos nuevos tramos, principalmente en la región de Alsacia y posteriormente en Grand Est.

Alsacia
El 1 de enero de 2027 entrará en funcionamiento el sistema R-PASS en determinados tramos de Alsacia, incluyendo: A35 · A36 · RD83 · RD1363 · RD502 · RD504
La tarifa aplicable dependerá de la masa máxima autorizada del vehículo y de la categoría ambiental del mismo. Puede acceder a las tarifas pinchando aquí.

Más información.

Grand Est
El 1 de julio de 2027 está prevista la incorporación de una red de aproximadamente 530 km en la región de Grand Est mediante el sistema ECPL. Entre los principales ejes afectados se encuentran:  RN4/RN44 · A33 · A31/A313 · RN431 · A30 · RN52