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Gestiones realizadas por GUITRANS para desatascar los retrasos en las tramitaciones en la Jefatura Provincial de Tráfico

Post fijado


Ante los graves retrasos en la tramitación de los expedientes presentados ante la Jefatura Provincial de Tráfico acaecidos en el último mes, GUITRANS emitió el pasado 3 de noviembre una nota de prensa en la que denunciaba el grave perjuicio económico que dichos retrasos estaban ocasionando a las empresas asociadas. Además de hacer público a la opinión general los problemas de funcionamiento de la plataforma telemática RedSara y de la falta de personal existente en la Jefatura de Tráfico de Gipuzkoa, esta situación se puso en conocimiento del CNTC, de la Cámara de Gipuzkoa y de la Subdelegación del Gobierno en Gipuzkoa, manteniendo en el día de ayer una reunión con su Subdelegado, el Sr. Echenique, en la que se puso sobre la mesa la necesidad de que esta situación no se vuelva a repetir y, si se repiten estos problemas en la plataforma del registro electrónico, asegurar que la Asociación dispondrá de otro canal de presentación, como por ejemplo presentar la documentación en papel o por correo electrónico, de manera que no se paralicen los expedientes registrados. La disposición mostrada por los responsables de la Subdelegación presentes fue de absoluta comprensión, comprometiéndose a adoptar las medidas planteadas encaminadas a agilizar los trámites con una Jefatura que lleva mucho tiempo evidenciando la falta de personal administrativo existente.

Así como la semana pasada dábamos cuenta de que la Jefatura provincial había dado curso a los expedientes que llevaban retraso y a los que con posterioridad fuimos registrando en la aplicación telemática, hoy podemos afirmar que todos nuestros expedientes están al día. Desde aquí agradecemos la implicación y profesionalidad del equipo humano de la Jefatura de Tráfico de Gipuzkoa. GUITRANS seguirá realizando cuantas gestiones estime oportunas para que sus asociados no se vean perjudicados por deficiencias técnicas de la Administración. Ese es nuestro compromiso y en ello trabajamos diariamente.
Nota de prensa íntegra emitida por GUITRANS el 3 de noviembre de 2023.

Nuevo Real Decreto sobre Identificación Animal

En el BOE del pasado 3 de noviembre se publicó el Real Decreto 787/2023, de 17 de octubre, por el que se dictan disposiciones para regular el sistema de trazabilidad, identificación y registro de determinadas especies de animales terrestres en cautividad.

Se trata de un real decreto que unifica, a nivel nacional, la normativa sobre identificación, registro y trazabilidad animal, en línea con la nueva legislación comunitaria. Hasta ahora, las normas específicas regulaban la identificación y registro de diversas especies animales, como bovinos, ovinos, caprinos, porcinos, equinos, aves de corral, lepóridos (liebres y conejos) y abejas por separado. Sin embargo, con la aprobación de esta nueva regulación, se consolidarán todas estas disposiciones en un solo marco normativo.

Novedades que introduce esta norma:

  • Entrada de Identificación electrónica para bovino, ovino, el caprino y los équidos. Lo que conlleva la inclusión del código de especie en el código de identificación animal.
  • Eliminación del Documento de Identificación Bovina (DIB) para movimientos estatales y uso solo para desplazamientos a otros Estados miembros.
  • La emisión de los pasaportes de los équidos registrados será competencia de las asociaciones mientras que la entrega será competencia de la AACC. Además, para los équidos, se introducen modificaciones en el formato del documento de identificación.
  • Nuevas especies: identificación individual para camélidos y cérvidos, también para la identificación individual de las psitácidas implicadas en movimientos con destino a otro Estado miembro.
  • Establece plazos máximos de comunicación tanto al Registro general de identificación individual de animales (RIIA), como al de movimientos de ganado (REMO), cómputo de plazos en días naturales

El objetivo de la norma es que a través de los sistemas de identificación y registro animales estatales, que comprenden medios para la identificación individual o en grupo, documentos de identificación y desplazamiento, documentos actualizados sobre los establecimientos y base de datos informática, se lleve a cabo la aplicación eficiente de las medidas de prevención y control de enfermedades y la trazabilidad de los animales terrestres en cautividad y de sus desplazamientos que derivan de la legislación sobre sanidad animal en la UE.

A partir del 2 de enero de 2024, que es la fecha de entrada en vigor del citado Real Decreto, quedarán derogados los diferentes reales decretos que regulaban el sistema de identificación y registro de los animales de la especie bovina, ovina, caprina, porcina, y equina. Asimismo, se verá modificada la normativa que establece y regula el Sistema Integral de Trazabilidad Animal (SITRAN), el Registro de Identificación Individual de Animales (RIIA) y el Registro de Movimientos de las especies de interés ganadero (REMO), así como la normativa de ordenación que recoge aspectos relativos a la identificación de las distintas especies animales.

 

 

Ayudas del Gobierno Vasco para la contratación de mayores mayores de 50 años


En el BOPV de 15 de noviembre se ha publicado la Resolución  de 7 de noviembre de 2023, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación de la convocatoria de ayudas destinadas a la contratación de personas mayores de 50 años en situación de desempleo por tiempo igual o inferior a un año, en centros de trabajo de la CAV. Las ayudas, que están destinadas a personas que lleven menos de un año en el paro, contemplan subvencionar la mitad del salario mínimo de referencia exigido según el nivel de formación y pueden alcanzar los 17.000 euros.

El programa está dotado con 2,2 millones de euros y prevé incentivar la colocación de unas 200 personas. Para que los contratos sean subvencionables es necesario que duren un mínimo de 6 meses, aunque para alcanzar la ayuda máxima (la mitad del salario estimado anual) se requiere que sean indefinidos.

El plan exige una retribución bruta mínima anual según el nivel de formación: 28.300 para licenciaturas; 24.300 para FP Grado Superior; 18.700 para FP Grado Medio y 15.120 para Educación Secundaria o sin estudios. A partir de ahí establece una subvención de la mitad de estas cantidades para cada uno de los casos. Es decir, si se contrata de manera indefinida a un licenciado la ayuda será de 14.150 euros o de 7.560 si la persona no tiene estudios o solo los básicos.

Si el contrato es eventual, los importes son muy inferiores: 4.250 para los licenciados; 3.670 para la FP Superior; 2.800 para a FP media o 2.270 para quienes tengan la ESO o carezcan de formación. Se admiten jornadas parciales, aunque deben ser de al menos el 70%.

Las cuantías de la subvención se verán incrementadas en un 15% cuando la contratación sea de mujeres o personas mayores de 55 años y un 10% si son personas que en 2022, 2023 ó 2024 han finalizado en Lanbide una acción formativa con compromiso de contratación. En caso de que se reúnan las dos condiciones, el incremento será del 20% y se puede alcanzar el máximo de 17.000 euros.

¿Cuáles son las figuras que participan en el contrato de transporte?

El artículo 4 de la Ley 15/2009 identifica a los sujetos que participan en el contrato de transporte:

  • Cargador es quien contrata en nombre propio la realización de un transporte y frente al cual el porteador se obliga a efectuarlo.

  • Porteador es quien asume la obligación de realizar el transporte en nombre propio con independencia de que lo ejecute por sus propios medios o contrate su realización con otros sujetos.

  • Destinatario es la persona a quien el porteador ha de entregar las mercancías en el lugar de destino.

  • Expedidor es el tercero que por cuenta del cargador haga entrega de las mercancías al transportista en el lugar de recepción de la mercancía.

En el documento de control es obligatorio que aparezcan el cargador contractual y el transportista efectivo. El convenio CMR, por su parte, no regula de forma separada las figuras de cargador y expedidor, pero hay que tener en cuenta que si el CMR hace la función de documento de control en España tendrá que atenerse a las normas de este último.

Precio medio gasóleo OCTUBRE 2023: Calculadora con las fórmulas de actualización OBLIGATORIA del precio de transporte. A partir del 1 de julio la fórmulas de actualización vuelven a ser las anteriores a julio de 2022

Post fijado

En el mes de OCTUBRE de 2023, el precio medio del gasóleo de automoción,  publicado por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico el 10/11/2023, ha sido de 1,6612 uros/litro (IVA incluido), un 40,33% más que en marzo de 2021.

Fórmulas de actualización

A partir del 1 de julio se vuelven a aplicar los siguientes coeficientes: 

  • en los vehículos de más de 20 toneladas se multiplica por el coeficiente 0,3,
  • en los vehículos entre 3,5 y 20 Tn se multiplica por 0,2
  • y en los vehículos hasta 3,5 Tn por 0,1.

En el siguiente enlace puede acceder a la evolución mensual en el precio del gasóleo desde marzo de 2021 hasta octubre de 2023. Puede calcular igualmente, en función de las fórmulas que se detallan a continuación, las cantidades a incrementar en factura en función del incremento experimentado por el precio del gasóleo.

FÓRMULAS DE ACTUALIZACION AUTOMATICA OBLIGATORIA DE PRECIOS EN FUNCION DE LOS INCREMENTOS EN EL PRECIO DE LOS CARBURANTES (Pulsar aquí)

Cuando el precio del gasóleo aumente entre el día de celebración del contrato y el momento de realizarse el transporte, el precio del transporte se incrementará con las siguientes fórmulas:

Vehículos con MMA >=20 Tn, con excepción de los de obras:
Cantidad a incrementar en factura = %subida del gasóleo x precio del transporte x 0,3/100

Vehículos con MMA >3,5 Tn y < 20 Tn, con excepción de los de obras:
Cantidad a incrementar en factura = %subida del gasóleo x precio del transporte x 0,2/100

Vehículos de obras con MMA >3,5 Tn:
Cantidad a incrementar en factura = %subida del gasóleo x precio del transporte x 0,2/100

Vehículos con MMA <=3,5 Tn:
Cantidad a incrementar en factura = %subida del gasóleo x precio del transporte x 0,1/100

(El 30 de junio de 2023, de acuerdo con lo establecido en el artículo 41 del Real Decreto-Ley 20/22, publicado en el BOE de 28/12/2022 dejaron de aplicarse los coeficientes anteriores).

Condiciones de aplicación de la cláusula de revisión tras la entrada en vigor el 02/03/2022 del Real Decreto-Ley 3/2022 (BOE, 02/03/2022) y RDL 11/2022 (BOE, 26/06/2022)

  • Cuando el precio varíe un 5% (salvo que por escrito se estableciera un umbral menor) se aplicarán las fórmulas establecidas por MITMA para repercutirlo en el precio de transporte.
  • Deberá reflejarse en la factura de manera desglosada, salvo que el contrato recoja otra forma de reflejar el ajuste.
  • En contratos de transporte continuado se aplicarán de forma automática trimestralmente, salvo que se pacte una periodicidad menor.
  • No cabe pacto en contra.
  • Las empresas con contratos de transporte continuado que el 02/03/2022 tengan contratos que tuvieran otra fórmula de actualización o periodicidad de lo dispuesto en la misma, tendrán 6 meses para adaptarlos.
  • Los contratos de transporte continuado que no cuenten con este tipo de formula y que estén vigentes  el 02/03/2022 será obligatorio revisar el precio del transporte por la variación del precio del combustible en los transportes posteriores (disposición transitoria primera).
  • Los contratos de transporte que utilicen combustibles alternativos podrán utilizar las fórmulas cuando se aprueben sus fórmulas específicas.
  • El RDL 11/2022 prevé una medida temporal extraordinaria para aquellos servicios de un único envío, de ejecución inmediata, en los que deberá reflejarse de manera desglosada el coste del combustible necesario para la realización del transporte. Para determinar el coste del combustible se tomará como referencia el precio medio semanal del gasóleo de automoción con impuestos que se recoja en el Oil Bulletin de la UE para España. Esta obligación sólo será aplicable en los contratos de transporte que tengan por objeto un único envío.

Índice de variación los precios del gasóleo en España

Índice de variación los precios del gasóleo según el Oil Bulletin para España

NORMATIVA REGULADORA:

  • Orden FOM/2184/2008, de 23 de julio por la que se establecen las condiciones generales de contratación de los transportes de mercancías por carretera. Cláusula actualización precios. BOE (25/07/08).
  • Ley 15/2009 del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías. BOE (12/11/09).
  • Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, de medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la cadena logística, y por el que se transpone la Directiva (UE) 2020/1057, de 15 de julio de 2020, por la que se fijan normas específicas con respecto a la Directiva 96/71/CE y la Directiva 2014/67/UE para el desplazamiento de los conductores en el sector del transporte por carretera, y de medidas excepcionales en materia de revisión de precios en los contratos públicos de obras. BOE, 02/03/2022.
  • Real Decreto-ley 11/2022, de  25 de junio, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma.

El operativo del Plan de Vialidad Invernal está preparado para activarse a partir del próximo miércoles

El operativo arrancará cuando la Agencia Vasca de Meteorología emita los correspondientes avisos por hielo a cualquier cota, o nieve a una cota inferior a 1.000 metros de altura. Para estos casos, la Diputación contará con una dotación de 87 camiones a los que como todos los años se sumarán las grúas de gran capacidad que dispone el Gobierno Vasco en la N-I y la A-15, que se emplearán cuando algún vehículo pesado obstaculizara la carretera o tuviera problemas. Asimismo, se dispondrá de 11.400 toneladas de sal repartidas en 39 depósitos y con dos centros de coordinación de suministro y logística estratégicamente situados, uno en Bergara y otro en Arroa-Zumaia, para atender y abastecer las vías de alta capacidad y principales corredores de transporte de Gipuzkoa.

La diputada de Infraestructuras Viarias, María Ubarretxenae, en la presentación del operativo, dio un especial aviso a quienes conducen vehículos pesados, recordando que en caso de nieve está totalmente prohibido adelantar y circular por el carril izquierdo. “La Ertzaintza será la encargada de controlar esta prohibición. Esta petición también la hago extensiva al resto de vehículos; cuando la carretera está en mal estado es conveniente dejar despejado el carril izquierdo para que las máquinas quitanieves y los vehículos de emergencia puedan hacer su trabajo”, ha reiterado, añadiendo que “está en manos de todos y de todas poder evitar riegos o complicar las afecciones”.

Cierre de la A-15
El punto que volverá a requerir una especial atención será la carretera A-15, debido a las obras de acondicionamiento que se están llevando a cabo actualmente en los túneles de Oindolar y Gorosmendi. Como en campañas anteriores, ante la imposibilidad de transitar por los desvíos de tráfico con los camiones quitanieves, se repetirán las medidas de los anteriores años, y dicho corredor se cerrará por completo, para todos los vehículos y en ambas calzadas, entre el enlace de Berastegi y el de Andoain, siempre que las condiciones de la carretera así lo exijan. La información puntual sobre cierres y reaperturas se proporcionará inmediatamente a través del canal público de Telegram ELURRA A-15 NIEVE.
En caso de cierre de la autovía, se coordinará con los equipos de Nafarroa el desvío del tráfico por otros itinerario y se prohibirá la circulación de camiones de paso por la GI-2130 colocando señales verticales y se coordinará con Tráfico para que este corte sea efectivo. La calzada sentido Andoain-Iruña se cortará en Andoain, no permitiéndose el acceso de ningún vehículo. La calzada en sentido Iruña-Andoain se estrechará a un carril en las proximidades del enlace de Berastegi, acabando por un desvío de los vehículos hacia el enlace. En el enlace, la Ertzaintza hará una discriminación de vehículos redirigiendo hacia Navarra, por la A-15, a los vehículos pesados.

 ¿Cómo se abonan los descuentos por frecuencia o utilización de las vías  AP-1/AP-8, A-636 y N-I/A-15 que se aplican a partir del 1 de octubre?

Tal y como informa BIDEGI, el abono correspondiente a los descuentos por frecuencia se realizará a mes vencido sobre el dispositivo telemático de pago TAG (VIA-T) vinculado al vehículo. Es decir, si el dispositivo de telepeaje es de SOLRED, en la factura de SOLRED aparecerá el descuento aplicado que será:

  • Entre el viaje 21 y el viaje 50: 10% DE DESCUENTO
  • Viaje 51 y sucesivos: 13% DE DESCUENTO.

El transporte navarro también dice NO a los peajes

ANET, HIRU, TRADISNA y ANATRAVI han firmado un comunicado conjunto para insistir en su «no rotundo» a la imposición de peajes a vehículos pesados.

Aseguran llevar “todo el año esperando una reunión, que no se ha producido, con el departamento de Cohesión Territorial para conocer la situación y transmitir su rechazo absoluto a los peajes a vehículos pesados”.

Indican que “no se comprende esta falta de valoración y de respeto a un sector al que deben al menos “escuchar, entender y responder”, como indicó la presidenta María Chivite en octubre al referirse al trabajo de las administraciones con la ciudadanía”. Añaden que “se olvida, asimismo, que el transporte es un sector esencial y transversal para toda la cadena de suministro. La ciudadanía debe saber que la imposición de peajes a vehículos pesados afectará a la industria y productos de Navarra, y difícilmente podremos tener “atracción de inversiones” si no se atiende al transporte local”.
Explican que “a nivel estatal se ha comprendido la importancia del transporte, a pesar de haber sido necesarias varias amenazas de paro desde julio de 2020, consiguiéndose en esa fecha que el Ministerio no implante peajes en España sin el consenso del sector”. “En Navarra, en cambio, además de no recibir atención por parte del departamento de Cohesión Territorial, la administración tampoco es ejemplo con el pago de peajes”. “De hecho, “los vehículos de la Administración Pública” quedan exentos de su abono, tal y como recoge el artículo 3 de Ley Foral 23/2022, de 1 de julio, reguladora del canon de uso de las carreteras de Navarra”.

Recuerdan que “el único respaldo del gobierno para adoptar esta decisión ha sido un estudio sesgado e interesado, ya que tomó datos en fechas de verano y con unos postes situados sólo en las entradas y salidas de las vías”.
Exponen que el pago por uso de las carreteras a vehículos pesados “se basa en la premisa de “quien contamina paga”. “Sin embargo, el sector del transporte ya paga multitud de impuestos locales, autonómicos, de hidrocarburos, etc., duplicando los impuestos que abona cualquier otro sector”. “Más aún, ahora el sector pagará también un nuevo derecho de emisión aprobado en España y que en Navarra va a suponer un repago para el transporte que, además de pagar sus propios impuestos y derechos de emisión, pagará también los peajes por la misma premisa”.
Aparte, advierten que “el sistema de pago que se va a imponer en Navarra a través de arcos es diferente al que se había planteado aplicar en España, pago por satélite, como en Alemania”. Por lo que, “si en un futuro se llevan adelante los peajes a nivel estatal, el gasto en los arcos habrá sido inútil”.
Por otro lado, señalan que “el mantenimiento de las carreteras debería provenir de los presupuestos y no aprovecharse de la labor del transporte para financiarlo; sobre todo, cuando las usamos todos directamente, o indirectamente, gracias a que nos llega por ese medio el producto a nuestras tiendas y fábricas”. Argumentan que “no entendemos que el transporte tenga que pagar por cumplir con un servicio fundamental para el resto de las actividades de nuestra Comunidad”.
“Deberíamos ser conscientes de que, actualmente, ni a corto ni a medio plazo existe una alternativa viable al transporte de mercancías por carretera”. “Resulta así imprescindible contar con las organizaciones navarras para tomar este tipo de decisiones, por las consecuencias que suponen para el sector y toda la sociedad navarra”.
Finalmente, consideran que “no es de recibo conocer decisiones que afectan directamente al sector a través de la prensa, como se anunció seguir adelante con los peajes en Navarra el 27 de septiembre, a pesar de que se hubieran desestimado por parte del Gobierno de España justo el 21 de septiembre”. “Especialmente, cuando las decisiones a nivel estatal se consensuan con el sector, mientras que, en la Comunidad Foral, no”. “Ha pasado más de un mes desde que todas las organizaciones de transporte de Navarra escribimos al nuevo consejero de Cohesión Territorial para reunirnos y todavía no nos han citado”.
“En conclusión, para evitar la discriminación del transporte y de la ciudadanía navarra, quienes de facto soportarían el pago de estos peajes, entendemos que la única alternativa es la NO implantación de peajes en las carreteras navarras”.

No te quedes sin la ayuda para comprar tacógrafos inteligentes de segunda generación

Post fijado


Entre 3.000 y 12.000 euros de ayuda en función del número de vehículos.

En el BOPV de 21 de abril se publicó la Orden de 24 de marzo de 2023, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de estas ayudas para la modernización de empresas privadas de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera. Entre las actuaciones subvencionables se encuentra la compra de este tipo de tacógrafos.

A continuación se resumen los aspectos principales del Programa de ayudas:

█ Presupuesto

El programa se lanza con una dotación económica de 5.139.573 euros.

█ Actuaciones subvencionables para los transportistas de mercancías por carretera titulares de autorización de transporte de servicio público MDPE, MDLE, OT

Soluciones de modernización subvencionables y cuantía de las ayudas:

  1. Gestión de documentos de control electrónicos
  2. Sistema de tacógrafo inteligente de segunda generación
  3. Integración de documentos de control electrónicos en los sistemas de gestión
  4. Implantación de sistemas TMS y ERP

Los titulares de autorización MDPE pueden presentar solicitud de ayuda a cualquiera de estas categorías de soluciones, teniendo en cuenta el número máximo de soluciones de modernización para las que se puede solicitar ayuda. Los titulares de MDLE y OT (operador de transporte) no pueden presentar solicitud de ayuda para la categoría 2 (sistema de tacógrafo inteligente de segunda generación).

Gestión de documentos de control electrónicos

►Contenidos mínimos de la actuación subvencionable

  • Curso de formación, de una duración mínima de 10 horas, en la utilización del eCMR y el documento administrativo de control en formato electrónico, así como en la aplicación desarrollada por MITMA.
  • Servicio de consultoría que incluya la puesta a disposición de un técnico que proporcione asistencia en el acceso y uso de las aplicaciones SaaS o que, en su caso, instale el software que pudieran requerir, necesarias para la generación y utilización del eCMR y en el documento administrativo de control en formato electrónico. Asimismo, mediante este servicio de consultoría, se facilitará ayuda a las empresas para la obtención de la firma digital y de todos los trámites y herramientas digitales accesorias que fueran necesarias para la implantación y utilización de estos servicios. El servicio de consultoría y el técnico deberá estar a disposición de la empresa para consultas y resolución de problemas durante un mínimo de 3 meses.
  • Generación de un mínimo de 5 documentos de transporte electrónicos (eCMR, documento administrativo de control en formato electrónico) asociados a casos reales de operaciones de transporte y/o a casos de prueba.
  • En caso de que el uso de la aplicación SaaS, o en su caso del software, para generación de documentos electrónicos lleve aparejado una licencia, se incluye ésta por un plazo de 6 meses.

►Cuantía de la ayuda

Solución de modernización Hasta 3 empleados Entre 4 y 10 empleados Entre 11 y 249 empleados
Gestión  de documentos de control electrónicos 600 euros 1.300 euros 4.000 euros


Sistema de tacógrafo inteligente de segunda generación

►Contenidos mínimos de la actuación subvencionable

  • Adquisición del sistema de tacógrafo digital inteligente de segunda generación que incluya: unidad intravehicular, sensor de movimiento y calibración.
  • Software que permita archivar los datos obtenidos del sistema de tacógrafo de forma segura, permitiendo la descarga de manera remota y automática sin intervención del conductor.
  • Formación en la utilización del sistema de tacógrafo digital inteligente de segunda generación. El curso deberá tener una duración mínima de 6 horas y contar con ejemplos reales de su uso.
  • Puesta a disposición de la empresa de personal técnico para facilitar el uso de los dispositivos, resolver incidencias y dudas. Este servicio deberá estar disponible para la empresa durante un mínimo de 3 meses.

►Requisitos

  • Si el destinatario último tiene hasta 3 vehículos → se deberá instalar como mínimo 1 sistema de tacógrafo inteligente de segunda generación.
  • Si tiene entre 4 y 10 vehículos → se deberán instalar como mínimo 3 sistemas de tacógrafos inteligentes de segunda generación.
  • Si tiene más de 10 vehículos → se deberán instalar como mínimo 10 sistemas de tacógrafos inteligentes de segunda generación.

►Cuantía de la ayuda

Solución de modernización Hasta 3 vehículos Entre 4 y 10 vehículos Más de 10 vehículos
Sistema de tacógrafo inteligente de segunda generación 3.000 euros 7.000 euros 12.000 euros


Integración de documentos de control electrónicos en los sistemas de gestión

►Contenidos mínimos de la actuación subvencionable

  • Servicio técnico de integración y/o actualización de los sistemas de gestión de las empresas para que sean compatibles con la generación de documentos de control electrónicos (eCMR y el documento administrativo de control en formato electrónico).
  • Formación sobre el uso de los sistemas, con el fin de que puedan emitir documentos de control electrónicos. La formación deberá incluir sesiones prácticas del uso de las herramientas una vez integradas, así como sesiones informativas que permitan el máximo aprovechamiento con otras tecnologías que permitan mejorar la coordinación en la cadena de transporte.
  • La generación de eCMR deberá ser conforme con el Protocolo Adicional al Convenio CMR, relativo a la carta de porte electrónica. El documento administrativo de control en formato electrónico será conforme con la Orden FOM/2861/2012, el artículo 222.2 del Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, y la Resolución de 13 de febrero de 2020, de la Dirección General de Transporte Terrestre, por la que establecen las características que deben reunir los documentos de control administrativo en soporte electrónico exigidos en los transportes por carretera.
  • Licencia por un año.

►Cuantía de la ayuda

Solución de modernización Hasta 3 empleados Entre 4 y 10 empleados Entre 11 y 249 empleados
Integración de documentos de control electrónicos en los sistemas de gestión 3.000 euros 5.000 euros 7.000 euros


Implantación de sistemas TMS/ERP

►Contenidos mínimos de la actuación subvencionable

  • En el caso del servicio TMS, incluyendo la suscripción durante 2 años y el hardware necesario, que deberá incluir las siguientes funciones: Geolocalización de vehículos (opcional), Control de flota (control de costes y conductores), Integración con el eCMR, Control del tacógrafo inteligente de segunda generación.
  • En el caso del servicio ERP, incluyendo la suscripción durante 2 años y el hardware necesario, debiendo incluir módulos relacionados con las actividades logísticas y de transporte de la empresa como: Producción/Ciclo de compras y ventas (tickets, presupuestos, gestión de pedidos, albaranes, facturación…), Gestión documental (facturas, documentos, cartas de porte, eCMR, documento administrativo de control en formato electrónico…).
  • Formación sobre el uso de los sistemas, sus beneficios y las posibilidades de gestión y de valor añadido derivadas.

►Cuantía de la ayuda

Solución de modernización Hasta 3 empleados Entre 4 y 10 empleados Entre 11 y 249 empleados
Implantación de sistemas TMS/ERP 2.000 euros 5.000 euros

█ Número máximo de soluciones de modernización para las que se puede solicitar ayuda

Cada destinatario último puede solicitar, de entre las categorías disponibles, ayudas para la realización de un máximo de 2 soluciones de modernización.

█ Período y forma de presentación de las solicitudes de ayuda

El plazo de presentación de las solicitudes de ayuda al presente programa de ayudas comenzó el 22 de abril de 2023 hasta lo que ocurra antes:

  • Agotamiento de presupuesto
  • Hasta el 30 de junio de 2024, fecha límite.

La tramitación electrónica es obligatoria tanto para las personas físicas como para las jurídicas titulares de autorizaciones de transporte de servicio público por carretera.

La ficha informativa del procedimiento administrativo donde están disponibles las instrucciones para la tramitación y los modelos, y a través de la cual se accede al formulario de solicitud electrónica, está accesible en https://www.euskadi.eus/servicios/1230501

Asimismo, los trámites posteriores a la solicitud, incluidas las notificaciones, se realizarán a través de «Mi carpeta» https://www.euskadi.eus/micarpeta

█ Adhesión de Proveedores de Soluciones de Modernización

Solo serán válidas las actuaciones subvencionables realizadas por los Proveedores de Soluciones de Modernización Adheridos que figuren en el registro dispuesto por MITMA. Se puede acceder al mismo en el siguiente enlace: https://www.mitma.gob.es/ministerio/proyectos-singulares/prtr/listado-proveedores-prtr

En esta noticia se recoge de manera resumida los principales aspectos de este programa de ayudas. Sin embargo, sus bases reguladoras contemplan un extenso articulado con información respecto a las obligaciones que deben cumplir los destinatarios últimos de las ayudas, los requisitos exigidos a los Proveedores de Soluciones de Modernización, el procedimiento de presentación de las solicitudes de ayuda, subsanación y justificación, entre otros, que deben ser considerados previamente a presentar la solicitud de ayuda.

Si está interesado en que GUITRANS le tramite la presentación de la solicitud de ayuda, puede ponerse en contacto con la Asociación, 943-316707, guitrans@guitrans.eus