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Participa en el proyecto colaborativo de digitalización pionero en Gipuzkoa


Guitrans en colaboración con Grupo Igarle y con el respaldo de la Diputación Foral de Gipuzkoa, ha puesto en marcha el proyecto para diseñar una solución que dé respuesta a los numerosos retos del sector mediante el uso de tecnología. Su objetivo es mejorar los servicios de transporte, las cadenas de suministro y la relación con clientes, proveedores y Administraciones Públicas.

Tras la Asamblea General del pasado 30 de mayo, Guitrans, en colaboración con Grupo Igarle, pone en marcha una iniciativa dirigida a sus empresas asociadas: la posibilidad de participar en un proyecto y prueba de concepto de digitalización del transporte de mercancías, diseñado para responder a un escenario que está viviendo profundos cambios.

Los cambios legales y las nuevas obligaciones para el sector del transporte están profundamente entrelazadas entre sí. El régimen sancionador de la morosidad, la factura electrónica B2B obligatoria, el documento de control digital y las exigencias relacionadas con la sostenibilidad han convergido en un mismo momento. El objetivo del proyecto es usar la tecnología para dar respuesta a la esta avalancha normativa y convertirla, al mismo tiempo, en una palanca de mejora real para la gestión diaria de cada empresa.

Una oportunidad de experimentar y de influir

Lo más relevante de esta propuesta es que no se trata de adoptar una solución ya cerrada, sino de participar en su diseño. Las empresas que se sumen al piloto tendrán la oportunidad de experimentar con las nuevas herramientas y de negociar cómo se adaptan a su realidad concreta. Participar permite influir en el resultado final y conocer de primera mano el impacto del cambio en su propia organización y en su cadena de suministro.

El recorrido que plantea el proyecto conecta varios elementos: las nuevas legislaciones, la sostenibilidad, la mejora continua y la competitividad, el ahorro de tiempo y el control de costes, la reducción de la morosidad y la digitalización como puerta de entrada a la inteligencia artificial.

Cómo funciona el modelo de DS TruckBridge

Una de las pruebas de concepto que se pondrán a disposición de los socios es el modelo DS TruckBridge, un mapa de trabajo que recorre todo el ciclo del servicio de transporte en cinco pasos: desde que el cargador genera la orden digital, pasando por la ejecución del transporte con captura automática de evidencias (carga, ruta, horarios, descarga mediante geolocalización), hasta la firma del documento de control electrónico (eCMR), que acredita que el servicio se ha cumplido.

Esa firma activa de forma automática un contrato inteligente que pone en marcha el cómputo verificable del plazo legal de pago de 60 días. A partir de ahí, la factura queda vinculada al servicio realizado y conectada con los sistemas fiscales (TicketBAI, VeriFactu, Hacienda) y, en caso de incumplimiento, con las Juntas Arbitrales de Transporte. El resultado que persigue el modelo es doble: menos morosidad y más liquidez para las empresas del sector.

Distintas puertas de entrada según las necesidades de cada empresa

Una de las grandes ventajas de este proyecto es su flexibilidad. No es un paquete único que haya que adoptar en bloque. Cada socio de Guitrans puede elegir por dónde empezar, según sus prioridades y su nivel de madurez digital. Las opciones de participación incluyen:

  • Carta de porte digital, para anticiparse a la obligación del documento de control electrónico que entra en vigor en octubre.
  • Factura electrónica, para adaptarse con margen a las nuevas obligaciones de facturación B2B.
  • TBAI/Verifactu, aprovechando la experiencia ya consolidada en Gipuzkoa con estos sistemas fiscales.
  • Smart Contract con tecnología PLENCO, para experimentar con la automatización del cómputo de plazos de pago.
  • Arbitraje automático ante las Juntas, para explorar cómo la evidencia digital puede agilizar la resolución de disputas.
  • El proyecto se puede adaptar a los diferentes escenarios de las empresas: digitalización estándar o digitalización avanzada, según el punto de partida de cada una.
  • Y la posibilidad de proponer otras necesidades específicas no recogidas en las opciones anteriores.

Por qué merece la pena participar ahora

Las empresas que entren en esta fase del proyecto, además de llegar a tiempo a la adopción del documento de control digital, lo van a hacer con acompañamiento, en condiciones de prueba y con capacidad real de moldear las herramientas a su medida.

Actualmente ya se han sumado diversas empresas de transporte como Grupo Olano, Ibarra Logistika, Vicuña Logistics, Bizkaigar o LGK Logistika.

Desde Guitrans se anima a todas las empresas asociadas interesadas a inscribirse y conocer en detalle las opciones disponibles, contactando con la asociación para recibir más información sobre el proceso de participación.

El proyecto DS TruckBridge está financiado por fondos de la Unión Europea – Next Generation EU dentro del Programa de apoyo a las Agrupaciones Empresariales Innovadoras (AEI). Más información: https://dstruckbridge.com/

Las petroleras deberán seguir informando sobre sus costes y precios de venta final del carburante a la CNMC

El Consejo de Ministros ha acordado prorrogar hasta el próximo 31 de diciembre la obligación de las petroleras de informar semanalmente sobre sus costes y sobre los precios de venta final del carburante a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), a fin de que la entidad pueda valorar y supervisar mejor el grado de competencia efectiva en el sector. La medida, establecida en el Real Decreto-ley 7/2026, por el que se aprueba el Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, tenía una duración inicial de tres meses. Paralelamente, el RDL también emplazaba a la CNMC a publicar un estudio sobre el funcionamiento del mercado de distribución y comercialización de carburantes, incluyendo el comportamiento de los márgenes, a fin de valorar la adecuación del marco regulatorio a la coyuntura provocada por el conflicto bélico.

 

Hasta el 17 de julio próximo para presentar las solicitudes de ayuda del Gobierno Vasco al abandono en la actividad

En el BOPV de 17 de junio se ha publicado la Orden de 4 de junio de 2026, de la consejera de Movilidad Sostenible, por la que se convoca y regula un programa de ayudas al sector del transporte público de mercancías y personas viajeras por abandono de la actividad. Esta convocatoria cuenta con un presupuesto de 450.000 euros, la misma cantidad que la destinada en 2025.

Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en la presente Orden las personas que a la finalización del plazo de presentación de solicitudes, cumplan los siguientes requisitos:
  • Domicilio en la CAV antes del 1 de enero de 2020.
  • Edad entre 63 y 64 años, ambos inclusive y/o tener declarada una incapacidad permanente absoluta, total o una gran invalidez para el desempeño de la profesión habitual de transportista, habiendo recaído resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social indicando la fecha de aprobación de la pensión. No podrá otorgarse ayuda alguna si el 1 de junio de 2026 faltan menos de seis meses completos para cumplir los 65 años.
  • Titular de forma ininterrumpida durante los últimos diez años de una autorización vigente de transporte público de mercancías o de personas viajeras (autobuses) con un máximo de tres copias, o bien, simultáneamente de ambas con un máximo total de tres copias.
  • Se permite una única interrupción, en la titularidad o vigencia de la autorización, por un plazo que no supere tres meses. Se entiende vigentes las autorizaciones caducadas por falta de visado que estén rehabilitadas en el momento de presentación de la solicitud.
  • Estar dado de alta en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social durante los últimos diez años ininterrumpidamente. Se permite una interrupción que no supere tres meses. En los supuestos de incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez, el plazo de diez años se computa desde que ésta les hubiese sido reconocida.
  • Compromiso de abandonar la actividad de transporte público de mercancías o de personas viajeras por carretera, antes del 30 de noviembre de 2026, renunciando de forma definitiva a las autorizaciones de transporte de que fuera titular, obligándose a devolver las ayudas obtenidas y los correspondientes intereses en caso de reiniciarla.
Cuantía.
1. La cuantía máxima de las ayudas reguladas en la presente Orden será de:
a) 4.100 euros por cada 6 meses completos que a la persona transportista le falten para cumplir la edad de 65 años, en los supuestos de transporte público de mercancías en vehículo pesado y transporte público de personas viajeras en autobús.
b) 2.600 euros por cada 6 meses completos que a la persona transportista le falten para cumplir la edad de 65 años, en el supuesto de transporte público de mercancías en vehículo ligero.
c) 10.000 euros a la persona transportista a la que se le hubiera declarado incapacidad permanente absoluta o total o gran invalidez.
2. El cómputo de los semestres completos se hará a partir del 1 de junio de 2026. No podrá otorgarse ayuda alguna si en la citada fecha faltan menos de 6 meses completos para cumplir los 65 años.
El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación en el BOPV (hasta el 17 de julio inclusive).
Si está interesado en acogerse a estas ayudas, puede ponerse en contacto con GUITRANS en el 943-316707, ext. 3 (Enara Urdanpilleta).

La Diputación Foral de Gipuzkoa aprueba la instalación del sistema anti-kamikazes en la N-I

El Consejo de Gobierno en su sesión de este pasado martes ha aprobado el proyecto de construcción, la instalación y la puesta en servicio y mantenimiento del sistema pionero de detección y aviso de vehículos que circulan en sentido contrario en la N-I, así como el despliegue de nuevas balizas C-ITS (Sistemas de Transporte Inteligente Cooperativos) en la N-I y la A-15.

El sistema ‘anti-kamikazes’ comenzará a instalarse en las próximas semanas en 15 puntos de la N-I, con la previsión de que entren en funcionamiento de manera progresiva a finales de año. Los dispositivos se ubicarán en accesos situados en Idiazabal, Lazkao, Ordizia, Legorreta, Ikaztegieta, Alegia, Tolosa, Irura, Villabona, Andoain y Lasarte-Oria. Estos sistemas estarán dotados de tecnología avanzada, con cámaras de radar 3D, inteligencia artificial y reconocimiento de matrículas, lo que permitirá identificar en tiempo real vehículos que circulen en dirección contraria y activar de forma automática paneles informativos para alertar tanto a la persona conductora implicada como al resto de usuarias y usuarios de la vía.

En paralelo, se instalarán 50 nuevas balizas C-ITS en las carreteras N-I y A-15, que se sumarán a las 27 ya operativas en las autopistas AP-8 y AP-1. Esta red permitirá el intercambio continuo de información en tiempo real entre los vehículos, la infraestructura y los centros de control, reforzando la seguridad y la gestión avanzada del tráfico.

Las carretillas elevadoras deberán certificarse de manera periódica conforme a la norma UNE 58452


La Asociación Española de Manutención FEM-AEM y la Asociación de Empresas de Carretillas Elevadoras AECE se han unido para implantar el uso de la Norma UNE 58452, la guía para las comprobaciones periódicas de seguridad de las carretillas de manutención. De esta manera, las revisiones se realizarán bajo un criterio común, como complemento a las de mantenimiento que ya se vienen realizando.

A partir del 15 de septiembre de 2026, en los periodos que corresponda, y como mínimo una vez al año, todas las carretillas elevadoras se someterán a una comprobación periódica, basada en la Norma UNE 58452, que será independiente y se añadirá a las revisiones de mantenimiento habituales.

La comprobación favorable y su plazo de revisión será visible en todas las máquinas, que ostentarán una pegatina circular idéntica para todo el mercado, con dichos datos.

El sector en su conjunto asume desde este momento este importante compromiso sectorial y velará por su cumplimiento, que elevará el nivel de seguridad de las máquinas sometidas a esta comprobación periódica complementaria, contribuyendo a un entorno más seguro para personas, infraestructuras y mercancías.

En la imagen, pegatina circular idéntica para todo el mercado, que certificará de manera visible la comprobación favorable y la fecha de la siguiente revisión. En la parte superior llevará el logotipo de la marca/empresa que revisa la máquina y en la inferior un código QR que añadirá información.

¿Está exento de cumplir con la obligación del documento de control electrónico el transporte de mercancías peligrosas?

No. Si se realiza transporte de mercancías peligrosas debe cumplir con dos obligaciones documentales diferentes:

  • La obligación del documento de transporte de mercancías peligrosas establecido en el capítulo 5.4 del ADR (Acuerdo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera); y
  • La obligación del documento de control administrativo establecido en la Orden FOM/2861/2012, de 13 de diciembre.

Son dos documentos diferentes, con diferente regulación y diferentes datos, y en el caso del segundo, según la disposición transitoria octava de la Ley de Movilidad Sostenible, es obligatorio que sea electrónico.

Por lo tanto, se pueden llevar dos documentos separados, teniendo en cuenta que el DeCA debe ser electrónico, o se pueden agrupar en un mismo documento.

En el caso de agrupar el documento de transporte de mercancías peligrosas ADR y el DeCA en un mismo documento hay que tener en cuenta que:

  • Independientemente del formato utilizado, estén incluidos todos los datos definidos en el artículo 6 de la Orden FOM/2861/2012. En particular, que siempre estén identificadas de forma expresa y diferenciada las figuras de cargador contractual y transportista efectivo.
  • Debe ser un documento electrónico que cumpla con la Resolución de 5 de junio de 2026 de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril.
  • No es necesario que el documento esté firmado.

Bélgica: a partir del 1 de julio aumentan las tarifas de la tasa por el uso de infraestructuras

A partir del miércoles 1 de julio, se aplicarán nuevas tarifas para la tasa por el uso de infraestructuras:

  • Para la Región de Bruselas-Capital: se trata de una indexación de las tasas.
  • En Flandes: se aplicará un recargo relacionado con las emisiones de CO₂ a las tarifas, en función de la categoría de emisiones de CO₂ del vehículo.
  • Para Valonia: un ajuste de las tarifas de conformidad con la decisión del Consejo de Administración de SOFICO de 28 de noviembre de 2025, aprobada el 2 de abril de 2026 por el Gobierno valón.

En el siguiente enlace puede descargar las nuevas tarifas aplicables a partir de esa fecha.

Publicada la nueva Resolución con las características que debe cumplir el Documento electrónico de Control Administrativo (DeCA)

Post fijado

Desde el 5 de octubre de 2026 los documentos de control de transporte serán electrónicos (DeCA). Para facilitar las obligaciones de digitalización, las características mencionadas en artículo 222 del Real Decreto 1211/1990 se han establecido en la Resolución de 5 de junio de 2026 de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril, que sustituye a Resolución de 22 de mayo de 2023. La nueva Resolución se ha publicado en el BOE de 12 de junio.

En dicha resolución se indican las características que deben reunir tanto las aplicaciones informáticas utilizadas para la gestión de los documentos electrónicos de control administrativo (DeCA), como las características de los ficheros electrónicos donde se materializan los DeCA y las direcciones web de descarga de estos.

En esta nueva resolución se ha eliminado la necesidad de registro previo del dominio donde se almacenan los DeCA.

También se indica cómo se deben modificar los datos incluidos en el DeCA durante la realización el servicio, en caso de que sea necesario, la forma de agrupar servicios y lo que debe portar el conductor.

En la página web del MITMS hay un apartado específico de Preguntas frecuentes a las que se responde.

  • A partir del 5 de octubre, si realizo transporte internacional ¿es obligatorio tener el eCMR (CMR electrónico)?
  • Si realizo transporte privado complementario de mercancías, es decir, transporto mercancías para mi propia empresa, ¿tengo que llevar en cabina el Documento electrónico de Control Administrativo (DeCA)?
  • Existe un periodo transitorio para la entrada en vigor del DeCA? ¿habrá una fase sin sanción?
  • ¿Es obligatorio firmar el Documento electrónico de Control Administrativo (DeCA)?
  • Soy una empresa de paquetería, ¿tengo que llevar el Documento electrónico de Control Administrativo (DeCA)?
  • ¿Dónde hay que registrarse para la aplicación del DeCA? ¿dónde tengo que subir los archivos del DeCA?
  • ¿Hay que certificar las aplicaciones del DeCA?
  • En el caso de mercancías, ¿quién debe generar el Documento electrónico de Control Administrativo (DeCA), el cargador o el transportista?
  • Si soy un transportista que he subcontratado con otro transportista ¿qué ocurre con el Documento electrónico de Control Administrativo (DeCA)?
    En el caso de mercancías, ¿qué datos debe contener el DeCA? Y en el caso de viajeros ¿qué datos debe tener la hoja de ruta electrónica?
  • ¿Se pueden agrupar varios envíos de mercancías en el DeCA? ¿y varios servicios de viajeros?
  • Si una vez comenzado el servicio tengo que modificar los datos del DeCA, ¿cómo lo hago?
  • ¿Es posible utilizar formatos relativos a otros documentos de transporte de mercancías como documento electrónico de control administrativo (DeCA)? ¿Es posible utilizar un CMR como DeCA?
  • Si realizo transporte de mercancías peligrosas ¿qué documentos tengo que llevar?

Ya conocemos la fecha: a partir del 5 de octubre de 2026, el documento de control deberá ser digital

El Pleno del Congreso aprobó el pasado 13 de noviembre el Proyecto de Ley de Movilidad Sostenible. La iniciativa finalizado su tramitación tras el debate y votación de las enmiendas introducidas por el Senado. La disposición transitoria octava del texto aprobado por el Congreso el pasado 21 de octubre, y que se mantiene en el texto aprobado en este mes de noviembre, establece que el documento de control administrativo exigible para la realización de transporte público de mercancías por carretera, regulado en la Orden FOM/2861/2012, de 13 de diciembre, deberá ser necesariamente digital a los diez meses desde la entrada en vigor de esta ley. Tras este periplo de tramitación parlamentaria, solo faltaba su publicación en el BOE.

Ha sido en el BOE de hoy, de 4 de diciembre, cuando se ha publicado la Ley 9/2025, de 3 de diciembre, que entra en vigor un día después, el 5 de diciembre. La nueva, y extensa ley, aprobada con bastante retraso con respecto a las fechas manejadas inicialmente, constituye el marco normativo que permitirá a las distintas administraciones responder mejor a las necesidades de movilidad y transporte de la ciudadanía y a los retos del siglo XXI: la sostenibilidad, la digitalización y la cohesión social y territorial.

¿Qué establece la Ley 9/2025 sobre el documento de control electrónico?

Disposición transitoria octava. Digitalización del documento de control administrativo exigible para la realización de transporte público de mercancías por carretera y hoja de ruta exigible para la realización de transporte público de personas por carretera.

1. El Documento de control administrativo exigible para la realización de transporte público de mercancías por carretera, regulado en la Orden FOM/2861/2012, de 13 de diciembre, deberá ser necesariamente digital a los diez meses desde la entrada en vigor de esta ley.

2. La hoja de ruta regulada Orden FOM/1230/2013, de 31 de mayo, por la que se establecen normas de control en relación con los transportes públicos de personas por carretera, será necesariamente digital a los diez meses desde la entrada en vigor de esta ley.

Apartado de PREGUNTAS FRECUENTES.

Asociaciones integrantes del CNTC se reúnen con el Ministro de Economía con la mirada puesta en nuevas ayudas


En la imagen, el Ministro se dirige a los presentes (Fuente: Ministerio de Economía).

Ayer miércoles, 10 de junio, se celebró una reunión con el Vicepresidente 1º del Gobierno y Ministro de Economía, Carlos Cuerpo, en la que participaron representantes de las principales asociaciones de transporte de mercancías por carretera miembros del CNTC (Fenadismer, CETM, Astic), así como de viajeros, con el objeto de analizar el impacto económico del conflicto en Irán y hacer seguimiento del funcionamiento de las medidas del Plan de Respuesta, con la vista puesta en su continuidad y adaptación más allá del 30 de junio.

Durante la misma se le trasladó la preocupación del sector porque a día de hoy todavía no se han hecho efectivas las ayudas de 20 céntimos/litro contempladas en el Decreto-ley 7/2026 que se aprobó en marzo, ayudas que en principio se iban a pagar mensualmente y que aún no han sido abonadas porque el Ministerio de Transportes continúa pendiente del visto bueno de la Comisión Europea. El Ministro ha reconocido que aunque se llegara a un acuerdo de paz en los próximos días, aún se tardarían meses en restablecerse la situación del mercado del petróleo anterior a la guerra.

En relación con la petición que en su día se realizó de ayudas directas por vehículo, Cuerpo ha respondido que, de cara a la aprobación de un nuevo Decreto Ley de ayudas a partir de julio, ve difícil que se mantengan algunas de las medidas que se aprobaron en el Decreto ley que decae el 30 de junio, en especial la de la rebaja del IVA de los carburantes ya que ha sido dicha medida cuestionada por la Comisión Europea.

En todo caso el nuevo paquete de medidas que está estudiando el Gobierno se aprobaría a finales de este mes de junio en Consejo de Ministros, pero no ha aclarado en el caso del sector de transporte por carretera si se mantendría o no los mismos importes de ayudas.