Skip to main content
C/ Portu-Etxe 9-1º, 20018-San Sebastián 943 31 67 07 guitrans@guitrans.eus

Aclaraciones sobre las ayudas del RD-Ley 7/2026 (20 cc y ayudas directas)

En el webinar informativo que el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible impartió este pasado lunes 20 de julio se procedió a explicar las ayudas contempladas en el Capítulo I del Título V del Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo, así como resolver las dudas relacionadas con su tramitación y percepción.

CASO 1: Solo se percibe la ayuda al Gasóleo Profesional (20 cc / litro)
No hay que realizar ningún trámite. La ayuda se abonará automáticamente. Hacienda Foral de Gipuzkoa ha procedido al pago de los 4,9 cc/litro por los suministros efectuados entre el 1 y el 31 de marzo. Queda pendiente el pago de los 20 cc por los suministros realizados entre el 22 de marzo y el 30 de junio, abono que se prevé que se realice en las próximas semanas ya que están ultimando la orden con las declaraciones responsables propias.

CASO 2. Solo se percibe la ayuda directa por vehículo
En este caso existen dos posibilidades.

1.- Si la ayuda no supera los 50.000 euros, no hay que realizar ningún trámite. La Agencia Tributaria, Hacienda Foral de Gipuzkoa y Hacienda de Navarra abonarán automáticamente la ayuda hasta ese importe.

2.- Si la ayuda supera los 50.000 euros, se deberá presentar una Declaración Responsable con la que acreditar que:

  • el importe total de la ayuda no supera el 70% del sobrecoste ocasionado por el incremento del precio del combustible
  • los consumos declarados son los realmente efectuados desde el 1 de marzo de 2026
  • el cálculo del sobrecoste se ha realizado utilizando como referencia los precios medios del combustible de enero y febrero de 2026.

La declaración podrá presentarse hasta el 31 de diciembre de 2026. Hasta que no se presente, la Administración tributaria únicamente abonará los primeros 50.000 euros.

CASO 3.  Se perciben las dos ayudas porque se cuenta con vehículos censados en el gasóleo profesional y vehículos que no están (vehículos menos de 7,5 Tn, vehículos propulsados a gas…)
En este caso también se tendrá que presentar una Declaración Responsable independientemente del importe. La ayuda de 20 céntimos por litro seguirá abonándose automáticamente y la ayuda directa quedará pendiente hasta presentar la Declaración Responsable. Además, se deberá demostrar que el conjunto de ayudas recibidas no supera el 70% del sobrecoste soportado.

CASO 4. Empresa en situación de crisis antes del 28 de febrero de 2026
La normativa europea limita la concesión de ayudas a las empresas que ya se encontraban en situación de crisis antes de esa fecha, salvo determinadas excepciones previstas para microempresas y pequeñas empresas.

Las empresas afectadas deberán presentar la correspondiente Declaración Responsable.

Si posteriormente la Administración comprobara que no se cumplían los requisitos para recibir la ayuda, podrá exigir la devolución íntegra de las cantidades percibidas, junto con los intereses correspondientes.

Cálculo del sobrecoste sufrido por el incremento del combustible

Las empresas obligadas a presentar la Declaración Responsable deberán calcular previamente el sobrecoste sufrido por el incremento del combustible.

Para ello deberán utilizar:

  • los precios medios del combustible de enero y febrero de 2026
  • los precios oficiales publicados por la Administración para cada suministro
  • los consumos reales efectuados durante el periodo correspondiente.

Conservación de la documentación

La Agencia Tributaria podrá revisar posteriormente las ayudas concedidas. Por ello será imprescindible conservar durante 10 años toda la documentación justificativa relativa a los consumos, el cálculo del sobrecoste y el cumplimiento de los requisitos exigidos. La falta de justificación podrá dar lugar al reintegro de las ayudas.

Resumiendo, ¿tengo que presentar la Declaración Responsable?

Situación de la empresa: ¿Hay que presentar declaración?
Solo Gasóleo Profesional (20 céntimos/litro)❌ No
Solo ayuda directa hasta 50.000 €❌ No
Solo ayuda directa superior a 50.000 €✅ Sí
Gasóleo Profesional + ayuda directa✅ Sí
Empresa en situación de crisis (casos previstos)✅ Sí

Enlace a los modelos de Declaraciones responsables aprobados por la Agencia Tributaria.

En el momento de redactar esta noticia, Hacienda Foral de Gipuzkoa está pendiente de aprobar la orden con las declaraciones responsables.

En el siguiente enlace puede visualizar el documento con la presentación del webinar. Por otra parte, el Ministerio de Transportes también ha colgado un documento en el que se da respuesta a varias preguntas. Puede acceder al mismo pinchando aquí.