El sector de la Logística de Guadalajara ha convocado unaSeguir leyendo…
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Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo, en vigor desde el 12 de octubre: contratos por escrito, ¿sí o no?
Como ya hemos venido informando, con la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo se regula por primera vez la figura del trabajador autónomo económicamente dependiente, conocido en este colectivo laboral como Trade, es decir, de quienes dependen del trabajo con una misma empresa en más de un 75% de sus ingresos. Desde el pasado 12 de octubre, la relación laboral con la empresa cliente deberá figurar en un contrato escrito pero, ¿qué ocurre con los transportistas autónomos económicamente dependientes que comiencen a partir de esa fecha una relación mercantil, ¿tienen que formalizar un contrato aunque las bases del mismo estén pendientes de desarrollo posterior?
Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo, en vigor desde el 12 de octubre: contratos por escrito, ¿sí o no?
Como ya hemos venido informando, con la Ley del Estatuto del Trabajo Autónomo se regula por primera vez la figura del trabajador autónomo económicamente dependiente, conocido en este colectivo laboral como Trade, es decir, de quienes dependen del trabajo con una misma empresa en más de un 75% de sus ingresos. Desde el pasado 12 de octubre, la relación laboral con la empresa cliente deberá figurar en un contrato escrito pero, ¿qué ocurre con los transportistas autónomos económicamente dependientes que comiencen a partir de esa fecha una relación mercantil, ¿tienen que formalizar un contrato aunque las bases del mismo estén pendientes de desarrollo posterior?
Todos los animales de la especie bovina, ovina y caprina destinados al matadero deben ir acompañados de un certificado
De acuerdo con la Orden PRE/2893/2007, publicada en el BOESeguir leyendo…
Excepciones a la obligatoriedad de aplicación de los tiempos de conducción y descanso así como del uso del tacógrafo
El Reglamento 561/2006 actualiza la lista de excepciones, es decir los transportes a los que no se aplican las normas de conducción y descanso, ni la obligatoriedad del uso del tacógrafo. También el Real Decreto 640/2007 establece una serie de exenciones. Para acceder al listado completo de exenciones pulsar aquí.
Excepciones a la obligatoriedad de aplicación de los tiempos de conducción y descanso así como del uso del tacógrafo
El Reglamento 561/2006 actualiza la lista de excepciones, es decir los transportes a los que no se aplican las normas de conducción y descanso, ni la obligatoriedad del uso del tacógrafo. También el Real Decreto 640/2007 establece una serie de exenciones. Para acceder al listado completo de exenciones pulsar aquí.
El 12 de octubre entra en vigor la ley que regula el Estatuto del Trabajo Autónomo
La Ley del Estatuto del Trabajo autónomo, publicada en elSeguir leyendo…
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Admitido a trámite el recurso de CETCAT contra la transposición de la Directiva de Tiempos de Trabajo

Ahora el abogado del Estado tiene 10 días para decidirSeguir leyendo…
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