El pasado 15/04/2025 se publicó en el BOE el Real Decreto 277/2025, que amplía las funciones en materia de tráfico de la Comunidad Foral de Navarra,de la Administración del Estado traspasadas a la Comunidad Foral de Navarra por el Real Decreto 252/2023, de 4 de abril, en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor. Navarra se convierte así en la tercera Comunidad Autónoma, tras Cataluña y País Vasco, en asumir en exclusiva las labores de vigilancia y control de carreteras, así como la gestión de las multas.
Según el acuerdo alcanzado en el seno de la comisión mixta de la Junta de Transferencias celebrada el pasado 25 de marzo en Madrid, el despliegue de los agentes de Policía Foral para la vigilancia y control del tráfico se irá produciendo de manera progresiva en el plazo máximo de tres años. Tras ese periodo, Policía Foral pasará a asumir las labores de vigilancia y control de carreteras en exclusiva de forma definitiva.
Durante el periodo necesario para que la Policía Foral complete dicho despliegue, la Guardia Civil continuará, en coordinación con aquélla, ejerciendo funciones de vigilancia y control en materia de tráfico y circulación de vehículos a motor en las vías interurbanas y en travesías cuando no exista policía local.
En cuanto a la tramitación, resolución y recaudación de las sanciones, corresponderá a la Administración del Estado desde la fecha de efectividad del traspaso hasta el 30 de junio de 2026, con independencia del cuerpo policial que formule la denuncia. A partir del 1 de julio de 2026, la tramitación, resolución y recaudación de los expedientes sancionadores corresponderá a Navarra.