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Publicada una enmienda en el ADR que afecta a las botellas de acetileno

En el BOE de 10 de mayo se ha publicado el Acuerdo Multilateral M 359, en virtud de la sección 1.5.1 del Anexo A del ADR, relativo al marcado de botellas no ‘UN’, portadoras de UN 1001, acetileno disuelto y UN 3374 acetileno exento de solvente, hecho en Madrid el 24 de abril de 2025.

Esta precisión en el ADR permite que puedan seguir utilizándose las botellas de acetileno que no sean recipientes a presión de las Naciones Unidas, construidas antes del 1 de julio de 2023, que no estén marcadas de conformidad con 6.2.2.7.3 (k) o (l) aplicable a partir del 1 de enero de 2023.

En este mismo sentido, este acuerdo será válido hasta el 1 de enero de 2027 para el transporte en los territorios de las Partes contratantes del ADR firmantes de este acuerdo.

De igual manera, si este acuerdo es revocado con anterioridad a esa fecha por alguno de sus firmantes, seguirá siendo válido hasta la fecha mencionada sólo para el transporte en los territorios de aquellas partes contratantes ADR firmantes de este acuerdo que no lo hayan revocado.

Así mismo, este acuerdo internacional administrativo entró en vigor el pasado 24 de abril, fecha en que lo firmó la autoridad competente para el ADR en España.