No. Los vehículos matriculados en otros países y que se encuentren en España en situación de “circulación internacional”, estarán cumpliendo la normativa si portan, o si utilizan en caso de ser necesario, los triángulos de preseñalización de peligro o cualquier otro dispositivo de análoga funcionalidad implementado en la normativa del país de origen. Así se aclara en la instrucción dictada por la DGT en enero de este año.