En la reunión mantenida el 30 de marzo, entre representantes del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, el de Hacienda y el de Economía y el Comité Nacional de Transporte por Carretera, se acordaron las siguientes medidas que se llevarán al Consejo de Ministros próximamente, sin que en este momento podamos concretar la fecha.
Acuerdos alcanzados
- Modificación de la fórmula de revisión del precio del transporte en función de la variación del precio de combustible. La fórmula, ya acordada, no necesitará revisiones adicionales en futuras situaciones, ya que estará vinculada al precio del combustible. Una vez suba de una determinada cantidad el precio del combustible sin impuestos, se incrementará el porcentaje a aplicar en la fórmula.
- Se modificará la redacción del artículo 38 de la Ley 15/2009 del contrato de transporte terrestre de mercancías, para reforzar que la aplicación de la fórmula es automática y obligatoria.
- Obligación de desglosar en la factura el ajuste por variación del precio del carburante prevista en el Real Decreto-ley 3/2022, eliminándose la posibilidad de recoger expresamente en los contratos otra forma de reflejar este ajuste.
- Se consolidará con rango legal de las aclaraciones realizadas mediante nota técnica el 27 de marzo, a saber,
- que las fórmulas se apliquen teniendo en cuenta el precio del combustible antes de impuestos
- Para el cálculo de la revisión del precio del transporte, no se pueden considerar las bonificaciones y ayudas extraordinarias y temporales contempladas en el Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo.
Compromisos adquiridos
- El compromiso de analizar, en el marco de estas medidas, un tipo sancionador que penalice el incumplimiento de las medidas anteriores.
- El compromiso de mantener abierta la mesa de negociación permanente para perseguir los puntos pendientes, entre ellos las ayudas directas, que dependen de la aprobación de una autorización o de un marco temporal de ayudas de Estado por parte de la Comisión Europea.
- Se ha confirmado que España ya ha presentado la notificación del esquema de ayudas del Real Decreto-Ley 7/2026 que permita superar el límite máximo establecido en “minimis”. En concreto, se ha informado que se ha celebrado una primera reunión técnica con los servicios comunitarios y se han remitido por escrito las aclaraciones requeridas por los equipos técnicos de la Comisión Europea.
- En relación al régimen de módulos, se confirma que el Ministerio de Hacienda ha publicado una aclaración en la línea de prorrogar los límites de 2025.
- Se aclara que la bonificación ya implantada en el Real Decreto-Ley 7/2026 abarca al HVO y el Biodiésel.