Según lo establecido en la Resolución, publicada en el BOE de 9 de abril y en vigor al día siguiente, las actividades preventivas a
realizar por las mutuas no podrán suponer en ningún caso la sustitución
de las empresas en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en
la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
PRL
Confebask pone en marcha SEGURMANÍA, una página web sobre prevención de riesgos laborales
Confebask, en colaboración con sus tres organizaciones fundadoras ADEGI, CEBEKSeguir leyendo…
La formación, imprescindible en el fomento de la cultura preventiva
En el siguiente enlace puede acceder a un artículo deSeguir leyendo…
Manual de buenas prácticas de prevención de riesgos laborales en el sector del transporte de mercancías por carretera
La presente guía, elaborada por OSALAN y la Unión deSeguir leyendo…
Adaptada la normativa de los Servicios de Prevención
El Real Decreto 899/2015, de 9 de octubre, publicado en el BOE de 10 de octubre, está en vigor desde el 11 de octubre de 2015
Las empresas con baja siniestralidad laboral podrían beneficiarse de una reducción en las cotizaciones
El Gobierno lo está estudiando. En concreto, se plantea establecer el incentivo en el 5% del importe de
las cuotas por contingencias profesionales para el primer año de
observación, y el 10% en los siguientes si los periodos de observación
en los que la empresa tiene derecho al incentivo son consecutivos.
Un entorno de trabajo saludable como parte de una vida saludable
Es el mensaje con el que arranca la recientemente presentadaSeguir leyendo…
Novedades en la prevención de riesgos laborales introducidos por la Ley de Apoyo al Emprendedor
El artículo 39 de la Ley de Apoyo al Emprendedor, publicada en el BOE del pasado 28 de septiembre, recoge novedades en
materia de prevención de riesgos laborales que afectan a las Pequeñas y
Medianas Empresas. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de
Riesgos Laborales, establecía que, en las empresas de hasta 10
trabajadores, el empresario podía asumir personalmente las labores de
prevención (diseño e implantación del plan de prevención). Para ellos se
exigía el desarrollo habitual de su actividad en el centro de trabajo y
estar en disposición de la capacidad necesaria, en función de los
riesgos a que estén expuestos los trabajadores y la peligrosidad de las
actividades. Ahora se reconoce esta posibilidad a las empresas que
tengan 25 trabajadores en plantilla, siempre y cuando la empresa
disponga de un único centro de trabajo.
Las mutuas priorizarán este año la prevención en empresas de hasta 50 trabajadores con más mortalidad
El Plan General de Actividades Preventivas de la Seguridad Social a ejecutar por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales dará prioridad este año a las empresas de hasta 50 trabajadores que operan en aquellos sectores de actividad con más siniestros graves y mortales, entre los que se encuentran la construcción de edificios, la ingeniería civil, los servicios de comidas y bebidas, el comercio mayorista, la industria de la alimentación, la agricultura, la educación y la industria química.
¿En qué se accidentan los autónomos?
En el siguiente artículo, María Bas, Técnico en Prevención deSeguir leyendo…