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SANDACH: Nuevo decreto de organización y distribución de funciones en materia de subproductos de origen animal no destinados al consumo humano en la CAV

Los transportistas que deseen transportar en la CAV este tipo de productos deberán comunicarlo, aportar una documentación y registrar sus vehículos.Los subproductos de origen animal no destinados al consumo humano (Sandach) pueden generar riesgos para la salud pública y la salud animal. Ello, combinado con la aparición de diversas enfermedades de los animales, dio origen a diversas normativas que tienen por objeto regular el control, su posible reutilización y la eliminación de dichos subproductos. Aunque la normativa sustantiva ya viene proporcionada por la reglamentación y las decisiones comunitarias, y, en su caso, por la legislación básica del Estado, toda esa normativa tiene que ser objeto de verificación y control por parte de las administraciones públicas vascas.

Por ello, el decreto publicado en el BOPV de 28 de mayo se limita a establecer las normas de organización y de distribución de funciones y dentro de la CAV y para la aplicación de la normativa en esta materia.

Resumen Decreto 60/2012.
Anexo II (Comunicación previa).
Materiales afectados por Decreto.