El 7 de febrero de 2011 entró en vigor la directiva europea sobre el equipamiento obligatorio de los vehículos con las luces diurnas de serie. Desde esa fecha Todos los fabricantes de coches debían equipar los turismos y las furgonetas de reparto con luces de circulación diurna (DRL, por sus siglas en inglés). A partir del pasado 7 de agosto camiones y autobuses también deben estar dotados de este tipo de faros. La implantación de estos faros, que se encienden automáticamente cuando el conductor arranca el motor, tiene la función de aumentar la visibilidad en la carretera.
Con esta nueva ley en vigor, todos los modelos de vehículos nuevos, ya sean turismos, autobuses o camiones, para obtener la homologación CE o la homologación nacional deberán estar equipados con luces diurnas, por lo tanto no es obligatorio para todos los vehículos nuevos, sino para los nuevos modelos pendientes de homologación.