El Ministerio de Fomento ha constituido el registro nacional del Servicio Europeo de Telepeaje, iniciativa derivada de una directiva europea que tiene como fin de garantizar la interopeabilidad de los sistemas de cobro telemático de todas las carreteras de la UE. Así lo indica la Orden del Ministerio de Fomento, publicada en el BOE de 17 de abril, y obliga a todas empresas que prestan estos servicios a inscribirse en el registro.
El nuevo registro será de carácter electrónico, dependerá de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento y tendrá dos partes. Una indicará las ubicaciones del territorio nacional donde está disponible el servicio europeo de telepeaje y, una segunda, los proveedores de este servicio a los que se haya concedido la inscripción en el mismo.
Para registrarse, las empresas proveedoras de sistemas de telepeaje deberán tener sede en el territorio nacional y acreditar su capacidades financieras y técnicas.
Las firmas que ya prestan servicios deben inscribirse en el plazo de un mes desde la publicación de la Orden y en el caso de los que quieran entrar en esta actividad, contarán con un periodo de dos meses.