En el BOE de 14 de junio se publicó la Orden IET/1071/2013, de 6 de junio, por la que se regula la autorización de talleres para la instalación, del Ministerio de Industria y Energía que regula los requisitos y condiciones que se exigen para autorizar a talleres que realicen operaciones de instalación, reparación, comprobación, revisión periódica y actualización de los parámetros de los tacógrafos analógicos, así como el procedimiento para obtener esa autorización.
En ella se detalla que las entidades que pueden ser autorizadas como talleres de tacógrafos analógicos pueden ser los fabricantes de dichos aparatos y sus talleres concesionarios, talleres de reparación de vehículos de actividad mecánica o electricidad-electrónica y las estaciones de inspección técnica de vehículos (ITV). Las autorizaciones de talleres y certificaciones necesarias para su
obtención, así como las contraseñas emitidas antes de la entrada en
vigor de esta orden seguirán siendo válidas. Esta Orden entrará en vigor el próximo 14 de septiembre.