El pasado 8 de julio se publicó en el BOE un Real Decreto que modifica el Reglamento General de Conductores para adaptarlo al ADR 2013. Los cambios que se introducen en dicho Reglamento, algunos de ellos de importante calado, son los siguientes:o Nuevo modelo armonizado en tarjeta de plástico de la autorización ADR, que sustituye al actual modelo en cartulina, con lo que se le dota de mayores medidas de seguridad. Desde el 1 de enero de 2013 dichas autorizaciones ya se expiden en el nuevo modelo en plástico, aunque las autorizaciones expedidas antes de esa fecha en cartulina seguirán siendo válidas.
o Novedades en la formación: – Todos aquellos conductores que estén en posesión del carnet ADR de
mercancías peligrosas deberán renovar cada 5 años dicha titulación
mediante la realización de un curso de reciclaje y, como novedad, será
imprescindible realizar además unas pruebas ante la Jefatura Provincial
de Tráfico. Dicha prueba se empezará a exigir a aquellos conductores que
renueven su carnet ADR a partir del próximo 8 de octubre. Respecto a la
fecha en que puede llevarse a cabo la renovación, se establece que si
se realiza el curso y posterior examen dentro de los 12 meses anteriores
a la fecha de caducidad, esto es, de la fecha límite de los 5 años, se
computará el nuevo período de validez desde la referida fecha límite.
Por el contrario, si se realiza la renovación antes de los 12 meses
anteriores a la fecha de caducidad, se computará el nuevo periodo de
validez desde la fecha de superación del examen y no desde la fecha
límite de caducidad. – Se modifica la denominación de los cursos a realizar para la obtención, ampliación o renovación del carnet ADR que ahora pasan a denominarse respectivamente curso de formación inicial básico, curso de formación inicial de especialización, curso de reciclaje y curso de reciclaje de especialización. – Con el objetivo de concienciar a los conductores, el Reglamento incorpora la «Responsabilidad con la seguridad» como materia en la formación para obtener la autorización que requiere el transporte por carretera de las mercancías peligrosas.