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¿Cómo se aplican las deducciones del Listado Vasco de Tecnologías Limpias?

Las empresas con sede en la CAV  pueden obtener una deducción de la
cuota líquida en el Impuesto de Sociedades, del 30% del importe de la
inversión realizada en cualquiera de los equipos completos definidos en
la Orden del Departamento correspondiente del Gobierno Vasco por la que
se aprueba el Listado Vasco de Tecnologías Limpias,equipos
medioambientales que generan una mejora ambiental importante en las
áreas de agua, aire, residuos, ruido, energía, recursos y/o suelos.La principal ventaja que ofrece el Listado Vasco de Tecnologías Limpias es que esta deducción se aplica de forma automática en la declaración

anual del impuesto de sociedades.El artículo 3.-Remisión de información de la ORDEN de 13 de julio de 2016, por la que se actualiza y aprueba el Listado Vasco de Tecnologías Limpias- indica que quienes lleven a cabo inversiones en equipos o instalaciones incluidos en la presente Orden, deberán notificar a la Viceconsejería de Medio Ambiente del Gobierno Vasco la siguiente información con carácter previo a la solicitud al órgano competente para reconocer el beneficio fiscal correspondiente:

a) Razón social y CNAE de la actividad que lleve a cabo la inversión de la empresa.

b) Emplazamiento de la inversión.

c) Código identificativo y denominación del equipo.

d) Número de equipos adquiridos.
e) Costes elegibles del equipo. 

Para ello el Gobierno Vasco ha establecido un Formulario de Notificación accesible en la web de Ihobe en el siguiente link Formulario de

notificación.

El artículo 65.3 de la normativa foral, indica que a requerimiento de la Administración tributaria, el contribuyente deberá presentar certificado del

Departamento correspondiente del Gobierno Vasco de que las inversiones realizadas se corresponden con equipos completos a los que se refiere la Orden por la que se aprueba el Listado Vasco de Tecnologías Limpias.

Por lo tanto, las organizaciones de la CAV deberán:

Anualmente analizar el Listado Vasco de Tecnologías Limpias en vigor e identificar los equipos de interés para sus procesos.
Cuando realicen una inversión en alguno de los equipos incluidos en el Listado Vasco de Tecnologías Limpias, cumplimentar el Formulario de Notificación y enviarlo al Gobierno Vasco mediante el botón ?enviar? que aparece en la parte inferior derecha de este.
Analizar la capacidad restante para deducir teniendo en cuenta los límites cuantitativos y temporales y aplicar la deducción fiscal correspondiente al 30% del coste elegible del equipo.
Tanto de forma voluntaria como en el caso de que desde la Administración Tributaria correspondiente se solicite certificado de que las inversiones realizadas se corresponden con equipos completos del Listado Vasco de Tecnologías Limpias, este deberá ser solicitado al Departamento de Medio Ambiente del Gobierno Vasco. Para ello se deberá aportar la información técnica relativa al equipo concreto objeto de deducción indicando: La denominación del equipo y el supuesto en el que encaja dentro del Listado Vasco de Tecnologías Limpias (código del equipo), la descripción técnica básica e identificación del suministrador, importe del equipo y sector de actividad en el que se ha implantado. Se aportarán las autorizaciones de la instalación en la que se ha realizado la inversión, concretamente la Autorización Ambiental Integrada, licencia de actividad y en su caso, las autorizaciones.

Para cualquier consulta sobre
el Listado Vasco de Tecnologías Limpias, se puede contactar con el
servicio Ihobe-line en el 900 15 08 64. La adquisición de filtros de
partículas Diésel para vehículos pesados existentes con motores EURO I,
II o III está dentro del listado.Listado actualizado.