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POLONIA: Sistema de vigilancia del transporte de mercancías por carretera, SOLO para determinadas mercancías

Tal y como se informaba en el boletín digital Nº 1284, el 18 de abril entró en vigor la ley sobre control del transporte por carretera en Polonia, que establece una serie de obligaciones al expedidor de la mercancía, al destinatario y al transportista. Sin embargo, conviene aclarar que este sistema se aplica SOLO A DETERMINADAS MERCANCÍAS.

En concreto, las mercancías afectadas son: algunos alcoholes y
derivados, algunos aceites, algunos ácidos policarboxílicos y derivados,
preparaciones lubricantes, preparaciones antidetonantes, disolventes,
aglutinantes y biodiéseles. Puede acceder al listado completo de los
códigos de la nomenclatura TARIC afectados pinchando aquí.Los tres intervinientes en el contrato de transporte tienen obligación de realizar una declaración (en cada caso distinta) que deben presentar a través de la plataforma https://puesc.gov.pl, plataforma del servicio polaco de aduanas, en función del origen y destino de la mercancía:

Expedidor: debe realizar su declaración correspondiente cuando el transporte es interno en Polonia o comienza en este país. Deberá enviar referencia al transportista para que lo complete con sus datos.
Destinatario: debe realizar su declaración correspondiente cuando el destino del transporte está en Polonia. También en este caso deberá remitirlo al transportista para que lo complete con sus datos.
Transportista: debe realizar su declaración correspondiente cuando el transporte comienza y finaliza fuera de Polonia (tránsito).
En todos los casos, al conductor se le deberá informar del número de referencia de la declaración.La Ley prevé que no se impondrán sanciones antes del 1 de mayo de 2017. A partir de esa fecha las sanciones oscilarán entre los 1.150 (5.000 PLN) y los 4.600 euros (20.000 PLN)