El 11 de diciembre de 2019 se alcanzó un acuerdo provisional entre la Presidencia del Consejo y el Parlamento Europeo, el 20 de diciembre fue el Comité de Representantes Permanentes del Consejo el que refrendó el texto acordado, el 20 de febrero de 2020, el Consejo confirmó el acuerdo político, y ayer 7 de abril, lo aprobó en primera lectura.
Ahora los actos jurídicos deben ser aprobados por el Parlamento Europeo en segunda lectura, antes de ser publicados en el Diario Oficial. Ambos Reglamentos entrarán en vigor a los veinte días de su publicación, mientras que la Directiva entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.
Las normas recogidas en el Reglamento sobre acceso al mercado y en la Directiva sobre desplazamiento serán aplicables 18 meses después de la entrada en vigor de los actos jurídicos, mientras que las recogidas en el Reglamento sobre los tiempos de conducción serán aplicables 20 días después de la publicación de los actos, a excepción de los plazos especiales para los tacógrafos.
Comunicado Consejo Europeo.