El plazo para solicitar la devolución del IVA soportado en Reino Unido en 2020 vence el 31/03/2021 y, en relación con el IVA de 2021, no se podrá presentar su solicitud por vía electrónica a través de la página web de la Agencia Tributaria española sino que se tendrá que hacer ante la Administración tributaria británica y con arreglo a la normativa inglesa. Más información.