En el BOE de 26 de octubre se ha publicado el Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre, por el que se aprueba la concesión directa de un total de 110 millones de euros que se transferirán a las comunidades y ciudades autónomas para la concesión de ayudas a autónomos y pequeñas y medianas empresas privadas de transporte de viajeros por carretera y a las que intervienen en el transporte de mercancías por carretera, para impulsar su digitalización y la aplicación de nuevas tecnologías. Éstas dispondrán de un plazo de 5 meses desde la concesión de la subvención para publicar las convocatorias de las ayudas a pymes y autónomos. Estas ayudas están incluidas en el acuerdo de diciembre de 2021 alcanzado con los transportistas para contribuir a garantizar la rentabilidad del sector. A la CAV le ha correspondido la cantidad de 5.139.573 de euros.
La distribución de los fondos NextGenerationEU se ha realizado siguiendo el criterio de población, tal y como se consensuó con los gobiernos regionales en la Conferencia Nacional de Transportes del pasado 6 de julio (ver noticia publicada en www.guitrans.eus).
Una vez publicadas las convocatorias por parte de cada Comunidad Autónoma y de las ciudades de Ceuta y Melilla, los destinatarios últimos de las ayudas tendrán hasta el 30 de junio de 2024 para solicitarlas en la Comunidad Autónoma donde tengan su residencia fiscal, conforme al procedimiento que establezcan en las respectivas convocatorias. Las solicitudes serán atendidas por riguroso orden de presentación hasta el agotamiento de los fondos.
Con el fin de facilitar la gestión de las ayudas y la implantación de las soluciones de modernización subvencionadas, se ha creado a la figura de los Proveedores de Soluciones de Modernización.
Una vez se haya resuelto el procedimiento de concesión de la ayuda, el destinatario último recibirá un «cheque moderniza», por la cuantía correspondiente a las actuaciones para las que se solicita la ayuda.
El destinatario último deberá emplear la ayuda concedida en la contratación de alguna de las Soluciones de Modernización incluidas en el Real Decreto, formalizando para ello Acuerdos de Prestación de Soluciones de Modernización con los Proveedores de Soluciones de Modernización Adheridos.
Una vez formalizado este Acuerdo, se procederá a la prestación de la solución de modernización por parte del Proveedor. El pago de la prestación se realizará por el destinatario último, mediante la cesión al Proveedor de la parte del «cheque moderniza» asociado al Acuerdo suscrito y el abono de la parte correspondiente de los costes no subvencionables.
Tras la prestación de la solución de modernización, el Proveedor, en nombre del destinatario último, deberá presentar la justificación de las acciones realizadas.
Soluciones de modernización subvencionables
Se han establecido nueve categorías de soluciones de modernización subvencionables:
Categoría 1: Gestión de documentos de control electrónicos.
Categoría 2: Sistema de tacógrafo inteligente de segunda generación.
Categoría 3: Integración de documentos de control electrónicos en los sistemas de gestión.
Categoría 4: Implantación de sistemas de planificación de recursos empresariales (TMS/ERP).
Categoría 5: Implantación de sistemas de ayuda a la explotación (SAE).
Categoría 6: Actualización de sistemas de ayuda a la explotación (SAE).
Categoría 7: Ayudas a los servicios de transporte de viajeros.
Categoría 8: Implantación de aplicaciones para reclamaciones por medios electrónicos.
Categoría 9: Mejora de sistemas de ticketing.
El Real Decreto establece los contenidos mínimos de las actuaciones subvencionables de cada una de estas categorías, así como las cuantías de estas en función del tamaño del destinatario último que las solicite.
Los destinatarios últimos podrán elegir hasta un máximo de dos soluciones de modernización de entre las estable establecidas como elegibles para su tamaño y tipo de actividad.