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La Jefatura de Tráfico de Gipuzkoa delega en la Jefatura de Zaragoza la expedición de las autorizaciones especiales de circulación

No es nuevo que la Jefatura Provincial de Tráfico de Gipuzkoa carece de medios personales suficientes para dar salida a todos los trámites que van entrando (GUITRANS lleva meses denunciándolo). Debido a ese déficit de personal, el Jefe Provincial de Gipuzkoa ha adoptado la decisión de delegar la tramitación de determinadas autorizaciones especiales en la Jefatura de Zaragoza. En consecuencia, las solicitudes de autorizaciones especiales y en configuración euromodular para circular por el Estado (fuera de la CAV, Navarra y Cataluña), que hasta el 03/09/2024 eran tramitadas para los transportistas guipuzcoanos por la Jefatura de Tráfico de Gipuzkoa, serán gestionadas, a partir de entonces, por su homóloga en Zaragoza.

En el BOG de 3 de septiembre se ha publicado la Resolución de 27 de agosto de 2024, por la que el jefe provincial de tráfico de Gipuzkoa, Carlos Muñoz Pedraz, delega determinadas competencias en materia de autorizaciones de circulación en el jefe provincial de tráfico de Zaragoza.

La Jefatura Provincial de Tráfico de Gipuzkoa carece de los medios personales necesarios para ejercer las competencias relativas a la expedición de las autorizaciones de circulación previstas en el artículo 14.2 y en el anexo IX.6 del Reglamento General de Vehículos. Por el contrario, la Jefatura Provincial de Tráfico de Zaragoza sí dispone de los medios personales adecuados para ejercer, por delegación, las citadas competencias.

Competencias que se delegan

Se delegan en el Jefe Provincial de Tráfico de Zaragoza las siguientes competencias:

1.    Para expedir las autorizaciones de circulación previstas en el artículo 14.2 del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, a los vehículos que, por sus características técnicas o por la carga indivisible que transportan, superen las masas y dimensiones máximas establecidas.

2.    Para expedir las autorizaciones de circulación previstas en el anexo IX.6 del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre, a los conjuntos de vehículos en configuración euro-modular, con una masa máxima de hasta 60 toneladas y una longitud máxima de hasta 25,25 metros.

Entrada en vigor. 04/09/2024.