En el BOE de 3 de junio se publicaron sendas Resoluciones con los nuevos modelos de cuentas anuales que se deben presentar antes del 31 de julio de 2025.
Cambios en las cuentas anuales:
Así, las modificaciones que se incluyen en los nuevos modelos, en relación con los anteriores aprobados por la Resolución de 23 de abril de 2024, junto con la Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, según apartado afectado y tipo de modelo, son las siguientes:
A.1 Cambios en todos los modelos (normal, abreviado y pyme).
A.1.1 Cambios en la solicitud de presentación en el Registro Mercantil.
A.1.1.1 Código IRUS.
Se incluye el identificador registral único de la sociedad (código IRUS).
A.1.2 Cambios en la hoja de Identificación.
A.1.2.1 Código IRUS.
Se incluye el identificador registral único de la sociedad (código IRUS).
A.1.2.2 Nuevo CNAE para 2025.
Inclusión del CNAE 2025 a partir del CNAE 2009 vigente para 2024.
A.1.3 Cambios en los tests de errores.
Se modifica de voluntario a obligatorio el test relativo a consignar el código CNAE y se incluye como voluntario el reporte del código IRUS.
En su virtud, de acuerdo con el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, he resuelto:
Modelos normalizados depósito abreviado de cuentas anuales
Cambios en las cuentas anuales consolidadas
Así, las modificaciones que se incluyen en los nuevos modelos, en relación con los anteriores aprobados por la Resolución de 23 de abril de 2024, junto con la Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe pública, según apartado afectado, son las siguientes:
A.1 Cambios en la solicitud de presentación en el Registro Mercantil.
A.1.1 Código IRUS.
Se incluye el identificador registral único de la sociedad (código IRUS).
A.2 Cambios en la hoja de identificación.
A.2.1 Código IRUS.
Se incluye el identificador registral único de la sociedad (código IRUS).
A.2.2 Nuevo CNAE para 2025.
Inclusión del CNAE 2025 a partir del CNAE 2009 vigente para 2024.
A.3 Cambios en los test de errores.
Se modifica de voluntario a obligatorio el test relativo a consignar el código CNAE y se incluye como voluntario el reporte del código IRUS.
A.4 Formato electrónico europeo.
Cuando el grupo sujeto a la obligación de depositar las cuentas anuales consolidadas decida presentarlas en formato electrónico único europeo, por aplicar las normas internacionales de contabilidad NIC/NIIF, deberá realizarlo mediante la generación del fichero correspondiente, que deberá cumplir las normas y especificaciones de acuerdo a la Taxonomía XBRL del formato ESEF, que se encuentra publicada en la siguiente página web de la European Securities and Markets Authority (ESMA), https://www.esma.europa.eu/document/esef-taxonomy-2024.
Los requisitos técnicos que debe cumplir dicho fichero se encuentran definidos en la ESEF Conformance Suite, https://www.esma.europa.eu/document/esef-conformance-suite-2024, que consiste en un conjunto de estructuras y ejemplos en formato XBRL, acompañados de un fichero Excel que describe las guías y reglas que debe cumplir un archivo en este formato electrónico único.
Modelos normalizados depósito consolidado de cuentas anuales.