Los conjuntos euromodulares pueden circular por los tramos de carretera que formen parte de la red de itinerarios aprobada en la Resolución de 22 octubre de 2025 publicada en el BOE el 28 de octubre pasado. Además de los tramos que figuran en la red, podrán recorrer una distancia de un máximo de 10 kilómetros de longitud de tramos de carreteras no incluidos en la misma, siempre que ello sea necesario para poder unir dos tramos de carreteras que forman parte de la red o para acceder desde el lugar de origen del viaje a un tramo de la red o desde ésta al de destino. Esta distancia máxima será considerada cada vez que el conjunto se salga de la red definida, desde el lugar donde éste se encuentre y el punto de salida o entrada a dicha red. En todo caso, el titular del vehículo a motor del conjunto deberá cerciorarse, incluso recorriendo el itinerario previamente, de la viabilidad de la circulación del mismo por todos los tramos de este, especialmente en los ramales de los enlaces.