En el DOGC de 1 de diciembre se ha publicado la Resolución ISP/4380/2025, de 25 de noviembre, de modificación de la Resolución ISP/430/2025, de 11 de febrero, por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2025, en relación con los conjuntos en configuración euromodular. La publicación de la Orden PJC/780/2025, de 21 de julio, por la que se modifican los anexos II, IX, X y VIII del Reglamento general de vehículos, modifica el punto 6 del anexo IX, en el sentido de regular que la circulación de los conjuntos en configuración euromodular queda circunscrita a la red de itinerarios que cada órgano competente en regulación, ordenación y gestión del tráfico determine, con el informe previo vinculante de los titulares de las vías sobre las restricciones que se deban tener en cuenta para el paso de los conjuntos euromodulares como consecuencia de las limitaciones geométricas, estructurales o de cualquier otra índole existentes en su red viaria.
Para garantizar la viabilidad del recorrido, los transportistas deberán consultar de forma obligatoria, antes de realizar el recorrido, la web correspondiente del titular de cada vía por donde debe transitar el conjunto euromodular y, además, el transportista debe confirmar la presencia de señalas restrictivas, obstáculos o cualquier otra incidencia que pueda afectar a la circulación, sobre todo en relación con la longitud o la MMA, para lo cual tendrá que hacer el recorrido antes que el conjunto euromodular.
Las direcciones de correo electrónico de los titulares de las vías son las siguientes:
- Ministerio de Transportes transportes.gob.es
- Departamento de Territorio, Vivienda i Transición Ecológica de la Generalitat de Catalunya territori.gencat.cat
- Diputaciones provinciales: Diputación de Tarragona dipta.cat Diputación de Barcelona diba.cat Diputación de Girona ddgi.cat Diputación de Lleida diputaciolleida.cat
Estos conjuntos de vehículos tienen que cumplir los requisitos técnicos y las condiciones específicas de circulación que se establezcan mediante una resolución, publicada en los boletines oficiales correspondientes.
Cuando se trate de acceder a las instalaciones de carga o descarga aisladas situadas fuera de polígonos industriales o entornos asimilables, establecer conexiones entre tramos de autopistas o autovías, o realizar enlaces directos entre instalaciones de carga y descarga, únicamente se permiten a los conjuntos euromodulares aquellos itinerarios que discurran por carreteras convencionales incluidas dentro de la Red de itinerarios de mercancías peligrosas (XIMP), y pueden hacer uso de los túneles existentes en dichos recorridos.
Restricciones de circulación, en la AP-7
En cuanto a las restricciones de circulación, Cataluña ha decidido permitir la circulación de los conjuntos euromodulares los fines de semana en la AP-7, fijándose exclusivamente las siguientes restricciones de circulación entre los puntos kilométricos 84+500 (hacia Maçanet de la Selva) y 281-000 (hacia L’Hospitalet de l’Infant):
- Viernes tarde de 17:00 h a 22:00 h.
- Sábados mañana de 10:00 h a 14:00 h.
- Domingo tarde de 17:00 h a 22:00 h.
- Además, estos horarios se aplican también para los puentes, festivos y vísperas de días festivos.
Los conjuntos euromodulares están obligados a circular siempre por la derecha y tienen prohibido realizar adelantamientos.