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Subida gasóleo, publicado el precio medio del mes de FEBRERO: Calculadora con las fórmulas de actualización OBLIGATORIA del precio de transporte (precios sin impuestos)

El paulatino encarecimiento del gasóleo debido a la inestabilidad en Oriente Medio y la guerra en Irán, vuelve a situar en primer plano la aplicación de la cláusula de revisión del precio del transporte. El 9 de marzo, el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico publicó el precio medio del gasóleo de automoción durante el mes de febrero, situándose en 0,7934 €/litro (precio sin impuestos), un 32,68 % más que en marzo de 2021 y un 3,23% más caro que en el mes anterior, enero de 2026. Puede acceder al informe completo publicado, pinchando aquí. Desde el 28 de febrero, fecha en la que se desató el conflicto, desde GUITRANS estamos insistiendo en la absoluta necesidad de aplicar de manera correcta las fórmulas disponibles para calcular dicha revisión automática, actualización que por ley es OBLIGATORIA. El CNTC, máximo órgano de interlocución con la Administración y en el que FITRANS participa, emitió el pasado día 5 una nota de prensa en la que insta a poner en marcha una mesa de diálogo para tratar las consecuencias de la escalada del precio del gasóleo, reclamando «medidas que permitan preservar la competitividad del tejido empresarial, pudiendo ser fiscales, financieras, laborales, incluso mecanismos temporales de compensación«.

En todo caso, a la espera de que lleguen ayudas para paliar esta escalada, es imprescindible, más que nunca, aplicar las fórmulas de actualización del precio del transporte con la variación del precio del combustible, algo que es OBLIGATORIO.

Fórmulas de actualización

Desde el 1 de julio de 2023 se aplican los siguientes coeficientes: 

  • en los vehículos de más de 20 toneladas se multiplica por el coeficiente 0,3,
  • en los vehículos entre 3,5 y 20 Tn se multiplica por 0,2
  • y en los vehículos hasta 3,5 Tn por 0,1.

El pasado 27 de marzo, el Ministerio de Transportes y Movilidad sostenible, publicó una nota modificando el criterio para actualizar el precio del transporte con la fluctuación del carburante, en la misma se aclara que debe tomarse como referencia el precio del gasóleo antes de impuestos.

En el siguiente enlace puede acceder a la evolución mensual en el precio del gasóleo desde marzo de 2021 hasta el mes de febrero de 2026. Puede calcular igualmente, en función de las fórmulas que se detallan a continuación, las cantidades a incrementar en factura en función del incremento experimentado por el precio del gasóleo.

FÓRMULAS DE ACTUALIZACION AUTOMATICA OBLIGATORIA DE PRECIOS EN FUNCION DE LOS INCREMENTOS EN EL PRECIO DE LOS CARBURANTES – precios sin impuestos (Pulsar aquí)

Cuando el precio del gasóleo aumente entre el día de celebración del contrato y el momento de realizarse el transporte, el precio del transporte se incrementará con las siguientes fórmulas:

Vehículos con MMA >=20 Tn, con excepción de los de obras:
Cantidad a incrementar en factura = %subida del gasóleo x precio del transporte x 0,3/100

Vehículos con MMA >3,5 Tn y < 20 Tn, con excepción de los de obras:
Cantidad a incrementar en factura = %subida del gasóleo x precio del transporte x 0,2/100

Vehículos de obras con MMA >3,5 Tn:
Cantidad a incrementar en factura = %subida del gasóleo x precio del transporte x 0,2/100

Vehículos con MMA <=3,5 Tn:
Cantidad a incrementar en factura = %subida del gasóleo x precio del transporte x 0,1/100

(El 30 de junio de 2023, de acuerdo con lo establecido en el artículo 42 del Real Decreto-Ley 20/22, publicado en el BOE de 28/12/2022 dejaron de aplicarse los coeficientes anteriores, volviendo a aplicarse los establecidos en la Orden FOM 2184/2008).

Condiciones de aplicación de la cláusula de revisión tras la entrada en vigor el 02/03/2022 del Real Decreto-Ley 3/2022 (BOE, 02/03/2022) y RDL 11/2022 (BOE, 26/06/2022)

  • Cuando el precio varíe un 5% (salvo que por escrito se estableciera un umbral menor) se aplicarán las fórmulas establecidas por MITMA para repercutirlo en el precio de transporte.
  • Deberá reflejarse en la factura de manera desglosada, salvo que el contrato recoja otra forma de reflejar el ajuste.
  • En contratos de transporte continuado se aplicarán de forma automática trimestralmente, salvo que se pacte una periodicidad menor.
  • No cabe pacto en contra.
  • Las empresas con contratos de transporte continuado que el 02/03/2022 tengan contratos que tuvieran otra fórmula de actualización o periodicidad de lo dispuesto en la misma, tendrán 6 meses para adaptarlos.
  • Los contratos de transporte continuado que no cuenten con este tipo de formula y que estén vigentes  el 02/03/2022 será obligatorio revisar el precio del transporte por la variación del precio del combustible en los transportes posteriores (disposición transitoria primera).
  • Los contratos de transporte que utilicen combustibles alternativos podrán utilizar las fórmulas cuando se aprueben sus fórmulas específicas.
  • El RDL 11/2022 prevé una medida temporal extraordinaria para aquellos servicios de un único envío, de ejecución inmediata, en los que deberá reflejarse de manera desglosada el coste del combustible necesario para la realización del transporte. Para determinar el coste del combustible se tomará como referencia el precio medio semanal del gasóleo de automoción con impuestos que se recoja en el Oil Bulletin de la UE para España. Esta obligación sólo será aplicable en los contratos de transporte que tengan por objeto un único envío.

Índice de variación los precios del gasóleo en España

Índice de variación los precios del gasóleo según el Oil Bulletin para España

NORMATIVA REGULADORA:

  • Orden FOM/2184/2008, de 23 de julio por la que se establecen las condiciones generales de contratación de los transportes de mercancías por carretera. Cláusula actualización precios. BOE (25/07/08).
  • Ley 15/2009 del Contrato de Transporte Terrestre de Mercancías. BOE (12/11/09).
  • Real Decreto-ley 3/2022, de 1 de marzo, de medidas para la mejora de la sostenibilidad del transporte de mercancías por carretera y del funcionamiento de la cadena logística, y por el que se transpone la Directiva (UE) 2020/1057, de 15 de julio de 2020, por la que se fijan normas específicas con respecto a la Directiva 96/71/CE y la Directiva 2014/67/UE para el desplazamiento de los conductores en el sector del transporte por carretera, y de medidas excepcionales en materia de revisión de precios en los contratos públicos de obras. BOE, 02/03/2022.
  • Real Decreto-ley 11/2022, de  25 de junio, por el que se adoptan y se prorrogan determinadas medidas para responder a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania, para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social y económica, y para la recuperación económica y social de la isla de La Palma.
  • Nota Técnica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible: Cálculo de la actualización del precio del transporte en función de la variación del precio del combustible. 27/03/2026.