En el BOB de 8 de junio se han publicado la convocatoria 2026 y las bases reguladoras de estas ayudas que persiguen mejorar la contribución del sector del transporte de mercancías por carretera a los retos sociales de la sostenibilidad, digitalización y seguridad, a la vez que se incrementa su capacidad competitiva. La dotación presupuestaria alcanza los 2.000.000 euros, 500.000 euros más que en la convocatoria de 2025.
Actuaciones subvencionables para vehículos de más de 3,5Tn MMA
- Sustitución de ruedas.
- Elementos que mejoren la aerodinámica de los vehículos (spoilers, flaps, deflactores…).
- Elementos de seguridad del vehículo tales como sistemas de detección de presión de ruedas, sistemas de bloqueo por ingesta de alcohol de la persona conductora (alcohol-lock), sistemas de guiado (detección de salida de carril, cámaras que registran la dinámica de conducción -dash cam-…), sistemas para mejorar la visibilidad o la maniobrabilidad en la conducción (visión de puntos ciegos y parte trasera…), sistemas para mitigar colisiones (sensores y radares de detección de proximidad…), sistemas de control de fatiga, sistemas de verificación de enganche de remolque (quinta rueda), sistemas antitijera, registradores de accidentes, sistemas de detección y auto extinguido de incendios o sistemas de llamada de emergencia o de aviso automático al puesto de control en caso de accidente o emergencias.
- Elementos de seguridad de la estiba conforme al «Código de buenas prácticas para la estiba segura de la carga en el transporte por carretera» de la Unión Internacional de Transporte por Carretera (cinchas, correas, cadenas, tensores, lonas, cuñas, cunas, estribos, caballetes, elementos antideslizantes, rellenos, protectores…). Serán subvencionables únicamente los elementos auxiliares, y no los elementos integrantes del remolque (carrocería, volquetes, contenedores, cisternas…).
- Incorporación de ofimática en cabina del vehículo para conexión con plataformas de agencias de transporte, agencias de contenedores, plantas industriales origen/destino de mercancía… En este ámbito se considerará subvencionable únicamente un ordenador portátil o tablet y un escáner por vehículo. No serán subvencionables otros elementos de ningún tipo (soluciones de conectividad, teléfonos móviles, pantallas…).
- Remotorizaciones o modificaciones en el motor para la utilización de combustibles o fuentes de energía menos contaminantes que el gasóleo de automoción.
Se considera vehículo al conjunto cabeza tractora – remolque, por lo que sólo se consideran subvencionables las actuaciones en un remolque por cada cabeza tractora.
Cuantía de las ayudas
El importe de las ayudas se obtendrá de la aplicación del 70% sobre la base de gasto que se considere subvencionable.
- Las ayudas otorgadas por vehículo no superarán los 4.000 euros.
- Las ayudas otorgadas por solicitante no superarán los 20.000 euros.
- No se concederán ayudas inferiores a 500 euros.
Plazo de presentación de solicitudes
El plazo para la presentación de solicitudes será desde las 08:30 horas del 8 de junio de 2026 hasta que se produzca alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que se agote el presupuesto disponible.
b) Que por el número de solicitudes ya presentadas y/o atendiendo a otros datos que se manejen se estime que se agotará el presupuesto disponible.
c) Que se llegue a las 13:30 horas del 30 de julio de 2026.
Plazo de ejecución de la acción subvencionable, entre el 1 de enero de 2026 y la fecha de solicitud de la subvención, ambos inclusive.
Se considerará que las actuaciones se inician y finalizan en dicho periodo cuando las fechas de emisión de todas las facturas de las actuaciones para las que se solicita subvención y las fechas de pago de dichas facturas están comprendidas en él, siempre y cuando no se vulnere el principio contable de devengo.
Acceder al Decreto Foral completo.
Para formalizar la solicitud, por internet, debe acceder a la oficina virtual de la Sede Electrónica de la Diputación Foral de Bizkaia, pulsar aquí.