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En relación con la obligatoriedad a partir del 1 de julio del tacógrafo digital en los vehículos de entre 2,5 Tn y 3,5 Tn de MMA que realicen internacional, ¿cómo se debe operar respecto al mismo cuando se realice transporte nacional?

En el caso de que se realice un servicio de transporte exento de aplicación del Reglamento CE 561/2006, como es el transporte nacional, en el menú del tacógrafo, en entrada de vehículo deberá seleccionarse la opción OUT. En la impresión correspondiente, este período de tiempo aparecerá definido con la palabra OUT y no computa a efectos de tiempos de conducción y descanso, aunque sí deberá ir debidamente documentado el motivo de la exención y, además, cuando inicie una conducción en la que sí se aplica el citado Reglamento, el conductor deberá tener realizado el descanso diario o semanal.