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¿Los vehículos de transporte están sujetos al marcado CE?

Los vehículos destinados al transporte de mercancías o personas no están sujetos al Marcado CE, sino al proceso de Homologación de Tipo (Reglamento General de Vehículos).

1. Vehículos de transporte: No están dentro del ámbito de aplicación de la Directiva de Máquinas (2006/42/CE). Por tanto, no procede exigirles el Marcado CE. Su comercialización, matriculación y puesta en circulación se rige por su propia normativa de homologación de tipo UE.

2. Máquinas instaladas sobre vehículos: La Directiva de Máquinas sí excluye a los vehículos, pero no excluye a las máquinas instaladas sobre ellos (por ejemplo, una grúa, una plataforma elevadora o un sistema de piso móvil si se considera una máquina independiente instalada). Si el vehículo incorpora algún equipo o máquina auxiliar, ese componente concreto, sí podría requerir su propio Marcado CE.