Los titulares de vehículos de menos de 7,5 Tn de MMA que no pueden estar censados en el GASÓLEO PROFESIONAL porque no lo permite la norma que regula la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos, así como los vehículos que utilizan gas para su propulsión, son los potenciales beneficiarios de estas ayudas reguladas por el Real Decreto-Ley 18/2026, norma que, recordamos, actualizó las medidas extraordinarias aprobadas en marzo dentro del Plan Integral de Repuesta a la Crisis en Oriente Próximo.
Al igual que en el primer paquete de ayudas, el ingreso de la ayuda no se realizará de oficio y también habrá que solicitarla, cumplimentando para ello el formulario habilitado en la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa, dirigiendo dicha solicitud al Departamento de Movilidad, Turismo y Ordenación del Territorio, en el caso de transportistas censados en Gipuzkoa.
La ayuda es de:
- Mercancías pesado, con autorización MDPE y MMA > 7,5 Tn y carburante GLP, GNC o GNL: 1.350 euros.
- Mercancías pesado, con autorización MDPE y MMA < 7,5 Tn: 499 euros.
- Mercancías ligero, con autorización MDLE: 225 euros.
Los vehículos susceptibles de recibir subvención, deberán estar de alta el día de la entrada en vigor del RDL 18/2026, es decir, el 1 de julio de 2026.
Recordamos que el plazo para realizar la solicitud se abrió el 1 de septiembre y finalizará el próximo 30 de octubre. La ayuda se abonará a partir de este mismo día, 30 de octubre de 2026.
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