El Reglamento (UE) 2026/2108, de 16 de septiembre de 2026, publicado en el DOUE el 19 de septiembre de 2026, establece un nuevo Código Aduanero de la Unión, sustituye al Reglamento (UE) n.º 952/2013 y crea, además, la Autoridad Aduanera de la Unión Europea y el Centro de Datos Aduaneros de la UE. La reforma responde a las deficiencias detectadas durante la aplicación del régimen anterior, especialmente ante el incremento del comercio electrónico, la necesidad de digitalizar los procedimientos, la utilización de tecnologías avanzadas y la existencia de diferencias en la aplicación de las normas entre los Estados miembros. El nuevo marco pretende simplificar y armonizar los procedimientos aduaneros, reforzar la gestión de riesgos y mejorar la coordinación de las autoridades nacionales y europeas. La aplicación se llevará a cabo ahora de forma progresiva, y los Estados miembros dispondrán de doce meses para aplicar plenamente las nuevas normas. Se espera que la Autoridad Aduanera de la UE comience a funcionar en 2027, mientras que el Centro Aduanero de Datos de la UE será obligatorio para los envíos de comercio electrónico a partir del 1 de julio de 2028. Se espera que la nueva tarifa de manejo comience a aplicarse a partir de noviembre de este año.
Ampliación de la función de las autoridades aduaneras
Junto a la recaudación de derechos de importación, IVA e impuestos especiales y a la aplicación de la normativa estrictamente aduanera, las autoridades deberán contribuir al control del cumplimiento de numerosos requisitos no financieros aplicables a las mercancías. Entre ellos se incluyen la seguridad de los productos, la protección de la salud y de los consumidores, el medio ambiente, la propiedad intelectual e industrial, los derechos humanos y otros intereses públicos.
En este contexto, se refuerza la responsabilidad de los operadores económicos.
Nuevos operadores y mayor control del cumplimiento
El Reglamento mantiene el estatuto de operador económico autorizado, pero refuerza el seguimiento de su cumplimiento, estableciendo que las autoridades aduaneras deberán realizar controles periódicos, al menos cada tres años. Junto a esta figura se introduce un régimen de operador de confianza certificado («Trust and Check»), basado en una relación más estrecha y digitalizada entre las empresas y las autoridades.
También se precisa el régimen de la representación aduanera. Aunque continúa siendo posible la representación directa e indirecta, el representante indirecto asumirá las obligaciones del importador o exportador, no solo en relación con la deuda aduanera, sino también respecto del cumplimiento de las demás disposiciones aplicadas por las autoridades aduaneras. El Reglamento contempla además medidas específicas destinadas a facilitar el cumplimiento de las obligaciones por parte de las microempresas y pequeñas y medianas empresas.
Centro de Datos Aduaneros de la UE
Plataforma informática centralizada, segura y ciberresiliente para el intercambio y tratamiento de información aduanera. El sistema permitirá gestionar las formalidades aduaneras, los controles, el cálculo y notificación de la deuda aduanera, las garantías, los impuestos especiales y el IVA, así como la vigilancia de las mercancías. Su finalidad es sustituir progresivamente los sistemas electrónicos nacionales existentes y proporcionar una infraestructura común para toda la Unión Aduanera.
Protección y tratamiento de los datos aduaneros
Con carácter general, los datos personales podrán conservarse durante un período máximo de diez años, aunque este plazo podrá suspenderse cuando sean necesarios para procedimientos judiciales o administrativos, investigaciones o controles posteriores al levante. El tratamiento de datos personales deberá ajustarse, según corresponda, al RGPD y al resto de la normativa europea aplicable en materia de protección de datos.
Nuevas reglas sobre entrada, salida y regímenes aduaneros
El Reglamento reorganiza asimismo las normas relativas a la entrada y salida de mercancías del territorio aduanero de la Unión. Para la entrada, adquiere especial importancia la información anticipada sobre la carga, que deberá ser facilitada por los transportistas a la aduana de primera entrada dentro de los plazos establecidos. Las mercancías permanecen sometidas a vigilancia aduanera desde su entrada hasta que cambie su estatuto aduanero o abandonen el territorio de la Unión.
En materia de exportación, las mercancías de la Unión que vayan a salir del territorio aduanero deberán incluirse en el régimen de exportación, quedando condicionada su salida al cumplimiento de los requisitos establecidos, entre ellos la presentación de los datos exigidos, el pago o garantía de los derechos correspondientes y el cumplimiento de las demás disposiciones aplicadas por las autoridades aduaneras. El Reglamento mantiene, por otra parte, las principales categorías de regímenes especiales: tránsito, depósito, destinos especiales y perfeccionamiento.
Autoridad Aduanera de la Unión Europea
La reforma crea formalmente la Autoridad Aduanera de la Unión Europea, organismo de la Unión dotado de personalidad jurídica. Entre sus funciones se encuentran la coordinación de determinadas actividades aduaneras, la gestión y análisis de información, la cooperación con las autoridades nacionales y la participación en los mecanismos europeos de gestión de riesgos y control.
La nueva estructura institucional pretende reducir las divergencias nacionales que se han producido bajo el sistema anterior y reforzar la capacidad de la Unión para actuar de forma coordinada ante riesgos comunes.
En términos generales, el Reglamento (UE) 2026/2108 supone una reconfiguración profunda del sistema aduanero de la Unión Europea:
- sustituye el Código Aduanero de 2013 por un marco más centralizado, digitalizado y basado en datos,
- crea la Autoridad Aduanera de la UE y el Centro de Datos Aduaneros de la UE,
- amplía las responsabilidades de importadores y exportadores,
- refuerza el control de las operaciones de comercio electrónico,
- incorpora una gestión común de riesgos financieros y no financieros y
- potencia la cooperación entre las aduanas y otras autoridades europeas.