Los titulares de vehículos de menos de 7,5 Tn de MMA que no pueden estar censados en el GASÓLEO PROFESIONAL porque no lo permite la norma que regula la devolución parcial del Impuesto sobre Hidrocarburos, así como los vehículos que utilizan gas para su propulsión, son los potenciales beneficiarios de estas ayudas reguladas por el Real Decreto-Ley 25/2026, norma que, recordamos, prorrogaba las medidas extraordinarias aprobadas en los dos reales decretos leyes anteriores dentro del Plan Integral de Repuesta a la Crisis en Oriente Próximo.
Al igual que en los dos paquetes de ayudas anteriores, el ingreso de la ayuda no se realizará de oficio y también habrá que solicitarla, cumplimentando para ello el formulario habilitado en la sede electrónica de la Diputación Foral de Gipuzkoa, dirigiendo dicha solicitud al Departamento de Movilidad, Turismo y Ordenación del Territorio, en el caso de transportistas censados en Gipuzkoa.
La ayuda es de:
- Mercancías pesado, con autorización MDPE y MMA > 7,5 Tn y carburante GLP, GNC o GNL: 1.800 euros
- Mercancías pesado, con autorización MDPE y MMA < 7,5 Tn: 399 euros (*)
- Mercancías ligero, con autorización MDLE: 180 euros (*)
(*) en el caso de los MDPE y MDL, estos importes podrán sufrir variación si aumenta la deducción prevista en el IEH.
Los vehículos susceptibles de recibir subvención, deberán estar de alta el día de la entrada en vigor del RDL 26/2026, es decir, el 1 de octubre de 2026.
Hay que tramitarla entre el 01/11/2026 y el 31/12/2026. El pago se realizará a partir del 1 de diciembre de 2026.
Solicitar la ayuda en Gipuzkoa.
Solicitar la ayuda en Bizkaia.
Solicitar la ayuda en Navarra. (pendiente de habilitar la opción en página web).