Este nuevo plan VEA (Vehículos de Energías Alternativas), que contará con
una partida de 66 millones de euros, tendrá dos líneas o ramas, una para
compra de vehículos (VEA-Vehículos) y otras destinadas a las
infraestructuras de recarga (VEA-Infraestructura). ANFAC y AEDIVE tildan
de insuficiente esta partida presupuestaria.
Adecuación de la normativa interna a la comunitaria en materia de protección de datos
Aspectos más importantes
Identifica el personal competente en materia de investigación y cuál será el alcance de su investigación: funcionarios de la Agencia de Protección de Datos o funcionarios ajenos a ella habilitados expresamente por su director.
¿Quién está Sujeto al régimen sancionador?:
Los responsables de los tratamientos
Los encargados de los tratamientos
Los representantes de los responsables o encargados de los tratamientos no establecidos en la UE
Las entidades de certificación
Las entidades acreditadas de supervisión de los códigos de conducta
No será aplicable al delegado de protección de datos el régimen sancionador en esta materia.
Establece el plazo de prescripción de las infracciones previstas en el Reglamento UE 2016/679 (3 años como máximo en función de la infracción) y sanciones (3 años como máximo en las sanciones más elevadas de 300.000 euros).
Asimismo, el Reglamento establece el procedimiento a seguir en caso de una posible vulneración de la normativa de protección de datos.
Se nombra a la Agencia Española de Protección de Datos representante en el Comité Europeo de Protección de Datos.
Establece qué resoluciones publicará la Agencia de Protección de Datos.
Los contratos de encargado de mantenimiento suscritos con anterioridad al 25/05/208 seguirán siendo válidos hasta su vencimiento y si fueran indefinidos, hasta el 25/05/2022.
Nuevo etiquetado de los combustibles
La UE ha aprobado una nueva normativa que establece un etiquetado distintivo para identificar los distintos combustibles de cara a los consumidores. Este nuevo estándar europeo será obligatorio en gasolineras y vehículos nuevos a partir del próximo 12 de octubre.
Todos los vehículos nuevos deberán incluir nuevo este etiquetado de combustible, así como las estaciones de respostaje, en cada uno de los 28 estados miembros de la Unión Europea, así como los países del EEE (Islandia, Liechtenstein y Noruega), incluyendo también a los estados de Macedonia, Serbia, Suiza y Turquía. En el caso de España, se sumará al etiquetado medioambiental de la DGT.
El nuevo etiquetado de combustible se divide en tres tipos generales, gasolina (circular) , gasóleo (cuadrado), y combustibles gaseosos (rombo).
A su vez, cada grupo se subdividirá en diferentes nomenclaturas según la clase específica, contando con hasta diez tipologías distintas:
Gasolina: E5, E10, E85
Diesel: B7, B10, XTL
Gaseosos: H2 (hidrógeno), LPG (Gas Licuado de Petróleo o Autogas), CNG (Gas Natural Comprido), LNG (Gas Natural Licuado).
Los parados podrán reactivar la ayuda de 430 euros
En todo caso no se trata de una nueva convocatoria del Plan de Activación para el Empleo, que finalizó el 30 de abril y que, por tanto, no admite nuevas solicitudes. Este Real Decreto-Ley beneficia solo a aquellos parados que habiendo tenido aprobada ya la ayuda de la PAE, la perdieron y no pudieron completar los seis meses de duración prevista por haber dejado de cumplir alguno de los requisitos que daban acceso a la ayuda.
Nuevas reglas de inscripción en la Seguridad Social para evitar los falsos autónomos
La medida aprobada trata de evitar las incidencias que se han venido produciendo en los procedimientos iniciados por la Inspección de Trabajo cuando, tras practicar la Tesorería General de la Seguridad Social las altas de oficio de los trabajadores en el Fichero General de Afiliación, las empresas o los propios trabajadores tramitaban la baja de esos mismos trabajadores y por esos mismos periodos a través del Sistema de remisión electrónica de datos (RED).
Mediante el Real Decreto aprobado se reforman los artículos 31 y 35 del Reglamento General sobre inscripción de empresas, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social.
Lo más importante es que partir de ahora, serán preceptivos los Informes de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para resolver las solicitudes de baja que se formulen tras haberse practicado altas de oficio, respecto a los mismos trabajadores a instancia de la propia Inspección. Hasta ahora, estos informes eran potestativos.
Asimismo las bajas y variaciones de datos formuladas por las empresas o trabajadores no producirán efectos ni extinguirán la obligación de cotizar aquellas bajas y variaciones de datos cuando afecten a los periodos de tiempo comprendidos en las actas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, que motivaron la tramitación del alta y variación de datos de oficio, por parte de la Tesorería General de la Seguridad Social, respecto a los mismos trabajadores.
Orden que regula la gestión de los vehículos al final de su vida útil
En la misma se establecen exenciones a la prohibición de utilizar plomo, mercurio, cadmio y cromo haxavalentes en los materiales y componentes de los vehículos.
Plan Director por un trabajo digno 2018-2019-2020
Por un lado, se refuerza la sostenibilidad presente y futura de la Seguridad Social y de las prestaciones sociales.
Por otro lado, se fortalece la competencia leal entre empresas en el mercado de trabajo, dirigiéndose el Plan contra aquellas que incumplen la normativa laboral y de Seguridad Social vigente. Ha de tenerse en cuenta, en este sentido, que el fraude es económicamente insostenible y socialmente injusto y provoca una merma en la competitividad y productividad de la economía española, atacando igualmente a los derechos fundamentales o básicos de los trabajadores.
Es un plan que combinará actuaciones inmediatas y a medio plazo. De ahí que incluya dos planes de choque que se pondrán en marcha: un plan de lucha contra el fraude en la contratación temporal y otro contra los abusos en la contratación a tiempo parcial.
Creada la Comisión Interministerial para el Cambio Climático y la Transición Energética
Entre los objetivos de esta comisión está las coordinar las actuaciones de los órganos concernidos
de la Administración General del Estado, para la elaboración del Anteproyecto de Ley de
cambio climático y transición energética, del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima
o de la estrategia para la descarbonización de la economía a 2050.
Modificado el Reglamento General de Vehículos
Principales modificaciones
Se modifica el anexo II introduciendo la categoría «E. Clasificación de vehículos por su potencial contaminante y se incluyen nuevas definiciones de vehículos por tipo de combustible empleado: 0, ECO, C, B y A.
Se modifica el anexo XI «Señales en los vehículos», para añadir una nueva señal relativa a los diferentes distintivos ambientales que se asignan a cada categoría de vehículo según su potencial contaminante, con la denominación de «V-25 Distintivo ambiental»
Se incorpora la definición de vehículo compartido y se incluye el distintivo V-26 “Distintivo de uso compartido”.
Se incluye la definición de vehículo pick-up a los que se adjudica el códico numérico 17: son vehículos de MMA inferior a 3.500 kg en los que las plazas de asiento y la zona de carga no están situadas en un compartimento único y cuya altura no exceda de 2 m.
Se modifica la señal V-1 de vehículo prioritario (policía, bomberos, ambulancias) que pasará a ser en todos los casos de color azul.
En caso de parada por avería, se permite, de manera opcional, la colocación en el exterior del vehículo de un dispositivo luminoso de color amarillo, de alimentación autónoma, este dispositivo se incluye dentro de la señal V-16 de preseñalización de peligro.
Cómputo para el cálculo de prestación por desempleo en los contratos a tiempo parcial.
Cuando las cotizaciones acreditadas correspondan a trabajos a tiempo parcial, se computará el periodo durante el que el trabajador haya permanecido de alta con independencia de que se hayan trabajado todos los días laborables o solo parte de los mismos, con independencia de cuál haya sido la duración de la jornada.
Se excluyen de dicho cómputo los periodos de inactividad productiva.