La Ley del Estatuto del Trabajo autónomo, publicada en el BOE de 12 de julio, entra en vigor el próximo viernes 12 de octubre. A partir de esta fecha, la relación laboral con la empresa cliente deberá figurar en un contrato escrito. Por primera vez se regula la figura del trabajador autónomo económicamente dependiente, conocido en este colectivo laboral como Trade, es decir, de quienes dependen del trabajo con una misma empresa en más de un 75% de sus ingresos. En el sector del transporte se establece un período de moratoria de 18 meses a partir de la entrada en vigor del desarrollo reglamentario, para los contratos de autónomos económicamente dependientes suscritos con anterioridad a la entrada en vigor de esta Ley, salvo que en dicho periodo alguna de las partes opte por rescindir el contrato. Puede acceder a un resumen de la Ley pulsando aquí.