El «Marco Temporal», aprobado el 23 de marzo de 2022, fue modificado mediante comunicación de la Comisión, de 28 de octubre de 2022, y comunicación, de 21 de noviembre de 2023, aumentando a 2,25 millones de euros por empresa la ayuda global que puede concederse en forma de subvenciones directas, ventajas fiscales y de pago u otras formas, como anticipos reembolsables, garantías, préstamos y capital. Todas las cifras utilizadas deberán constituir importes brutos, es decir, antes de impuestos y otras retenciones. El Marco preveía que el 31 de diciembre de 2023 expirasen las disposiciones que permiten a los Estados miembros conceder importes limitados de ayuda para compensar a las empresas por los elevados precios de la energía. Con la última modificación, publicada en el DOUE de 21/11/2023, se permite que puedan seguir otorgándose ayudas para paliar esa situación hasta el 30 de junio de 2024.