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El TJUE declara nula la obligación de vuelta de los camiones cada 8 semanas a su centro de trabajo

El pasado viernes, 4 de octubre, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea dictaminó una importante sentencia sobre el transporte internacional por carretera que se refiere a los recursos presentados por algunos países contra el Primer Paquete de Movilidad, adoptado en 2020 por la Unión Europea. Los jueces confirmaron la validez de la mayor parte de las disposiciones del Paquete, pero anularon la obligación de que los vehículos regresen al centro de operaciones de la empresa de transporte cada ocho semanas, al considerar que el legislador comunitario no disponía de información suficiente para valorar su idoneidad.

Los recursos interpuestos  por Lituania, Bulgaria, Rumanía, Chipre, Hungría, Malta y Polonia (y en algunos casos apoyados por Bélgica, Estonia y Letonia) se referían a las disposiciones más importantes del Paquete: la prohibición de que los conductores tomen un descanso semanal regular o compensatorio en el vehículo; la obligación de las empresas de transporte de organizar el trabajo de los conductores de manera que puedan regresar al centro operativo de la empresa o a su lugar de residencia cada tres o cuatro semanas para tomar un descanso semanal regular o compensatorio; adelantar la fecha de entrada en vigor de la obligación de instalar tacógrafos inteligentes de segunda generación; la obligación de que los vehículos utilizados en el transporte internacional regresen cada ocho semanas al centro de operaciones en el país de establecimiento; el período de espera de cuatro días, durante el cual los transportistas no residentes no pueden realizar operaciones de cabotaje en el mismo Estado miembro después de completar un ciclo de cabotaje; la clasificación de los conductores como «trabajadores desplazados» durante las operaciones de cabotaje, el transporte entre diferentes Estados miembros (operaciones «cross trade») o determinadas operaciones de transporte combinado, con la consiguiente aplicación de las condiciones de trabajo vigentes en el Estado miembro de acogida.

El Tribunal ha rechazado la mayoría de los recursos, afirmando que el Paquete de Movilidad tiene como objetivo equilibrar mejor los intereses de los conductores, mejorando sus condiciones sociales de trabajo, y los de los empleadores, garantizando condiciones comerciales justas. El Tribunal concluyó que el legislador de la UE había actuado dentro de su margen de discreción y que las nuevas normas eran proporcionadas a los objetivos perseguidos.