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Calendario Oficial de Fiestas Laborales de la CAV para 2027

En el BOPV de 16 de julio se publicó el DECRETO 90/2026, de 9 de junio, por el que se aprueba el Calendario Oficial de Fiestas Laborales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el año 2027.

Tendrán la consideración de días inhábiles en el País Vasco a efectos laborales, retribuidos y no recuperables, durante el año dos mil veintisiete, todos los domingos del año y las festividades siguientes:

  • 1 de enero, Año Nuevo.
  • 6 de enero, Epifanía del Señor.
  • 25 de marzo, Jueves Santo.
  • 26 de marzo, Viernes Santo.
  • 29 de marzo, Lunes de Pascua de Resurrección.
  • 1 de mayo, Fiesta del Trabajo.
  • 7 de octubre, Aniversario primer Gobierno de Euskadi.
  • 12 de octubre, Fiesta Nacional de España.
  • 1 de noviembre, Todos los Santos.
  • 6 de diciembre, Día de la Constitución Española.
  • 8 de diciembre, Inmaculada Concepción.
  • 25 de diciembre, Natividad del Señor.

1.– Serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, en el año dos mil veintisiete, hasta dos días con carácter de fiestas locales, que se establecerán por las/os delegadas/os territoriales de Trabajo y Seguridad Social, a propuesta del Pleno de los Ayuntamientos respectivos, pudiendo ser comunes o no en los diversos términos municipales de cada Territorio Histórico.

2.– Los Ayuntamientos deberán formular sus propuestas y remitirlas a la respectiva Delegación Territorial que por ubicación les corresponda en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación del presente Decreto.