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Justicia modula las controvertidas tasas judiciales aunque su impacto en nuestro sector se prevé menor, dada la tipología y cuantía de las demandas que se presentan

Además, solo podrán beneficiarse de las rebajas publicadas las personas físicas, no así las personas jurídicasEn el BOE del 23 de febrero se publicó el Real Decreto-ley 3/2013, de 22 de febrero, por el que se modifica el régimen de las tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y el sistema de asistencia jurídica gratuita, en vigor desde el día siguiente. La cuantía fija de la tasa permanece inalterada en prácticamente todos
los casos, pero se rebaja de un 0,50% a un 0,10% la cuota
variable que debían abonar las personas físicas en función de la cuantía
de la pretensión de su demanda. Hasta ahora, ese variable era de 0,50% hasta 1.000.000 de euros y de 0,25% a partir de esa cifra.

Los autónomos también deberán cumplir con la Directiva de Tiempos de Trabajo

En el BOE de este sábado 24 de febrero se ha publicado el Real Decreto 128/2013, de 22 de febrero, sobre ordenación del tiempo de
trabajo para los trabajadores autónomos que realizan actividades móviles
de transporte por carretera, que transpone 8 artículos de una Directiva comunitaria de 2002 y que regulan aspectos relativos al tiempo de trabajo, de descanso y de trabajo nocturno.  El objetivo de la nueva norma es reforzar aquellos aspectos con
incidencia sobre la seguridad y la salud de los trabajadores del
transporte por carretera que realizan su actividad por cuenta propia. Su ámbito de aplicación se refiere expresamente al transporte por carretera de mercancías cuando la MMA de los vehículos es superior a 3,5 toneladas. En relación con el tiempo de trabajo, se establece que la duración media semanal no debe sobrepasar las 48 horas, aunque podrá prolongarse hasta las 60 horas, siempre que el promedio semanal no exceda de las 48 horas, en una referencia de cuatro meses naturales.

La Seguridad Social elimina el límite a embargar por medios telemáticos

En el BOE de ayer se publicó ublicado una Resolución de la Tesorería General
de la Seguridad Social  por la que se elimina el límite a embargar por
medios telemáticos en las cuentas abiertas en entidades de depósito. Hasta ahora, y en virtud de la Resolución de la Dirección General de la
Tesorería General de la Seguridad Social de 17 de julio de 2001,
modificada por las de 10 de julio de 2007, de 28 de mayo de 2008 y de 21
de julio 2009, se establecían una serie de pautas en el procedimiento
de embargo que se modifican a partir del próximo 1 de marzo de 2013. Se elimina el límite a embargar, que estaba en 4.000 euros, por lo que a
partir del 1 de marzo se llevará a cabo el embargo de dinero en cuentas
a la vista abiertas en entidades de depósito, cualquiera que sea el
importe de la deuda a embargar.

Publicada la Orden que aprueba los nuevos modelos en formato electrónico relativos al Impuesto de Hidrocarburos

En el boletín de noticias Nº 936, de 9 de enero de 2013, se informaba de la supresión del céntimo sanitario a partir del 1 de enero de este año y de que el IVMDH quedaría integrado en el Impuesto
sobre Hidrocarburos. Ayer 31 de enero se publicó en el BOE la Orden HAP/71/2013, de 30 de enero, por la que se modifica la Orden EHA/3482/2007, de 20 de noviembre, por la que se aprueban determinados modelos, se refunden y actualizan diversas normas de gestión en relación con los Impuestos Especiales de Fabricación y con el Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos y se modifica la Orden EHA/1308/2005, de 11 de mayo, por la que se aprueba el modelo 380 de declaración-liquidación del Impuesto sobre el Valor Añadido en operaciones asimiladas a las importaciones, se determinan el lugar, forma y plazo de presentación, así como las condiciones generales y el procedimiento para su presentación por medios telemáticos, y otra normativa tributaria.