Dentro del acuerdo que GUITRANS mantiene con DENBOGESTIÃ?N para laSeguir leyendo…
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Aviso usuarios Sistema RED Seguridad Social: modalidades de pago

Según se informa en la web de la Seguridad Social, en su apartado dedicado al sistema RED, como consecuencia de un retraso en el proceso de ficheros de cotización, las respuestas a los ficheros enviados están sufriendo demoras.
Regulada la caución a favor de los infractores no residentes en España
El fiador deberá tener asegurada su solvencia por importe, de al menos, 300.000 euros y contratar un seguro de caución.
El pasado martes 17 de febrero se publicó en el BOE la Orden FOM/287/2009, de 9 de febrero, por el que se desarrolla el ROTT en materia de prestación de caución a favor de personas no residentes en territorio español que cometan infracciones en España en materia de transporte. La posibilidad de prestar caución que señala el Reglamento es un mecanismo alternativo al pago en el momento de la denuncia, a través del cual el transportista puede evitar la inmovilización de su vehículo. Para ello la persona física o jurídica que preste la caución y que pretenda actuarn como fiador deberá inscribirse en el Registro General de Transportistas y de Empresas de Actividades Auxiliares y Complementarias del Transporte, definiendo los requisitos exigidos y la documentación que se debe aportar, y se regula el denominado Documentación de Aceptación de Caución.
El próximo día 26 vence el plazo para que las entidadades aseguradoras abonen el 75% del impuesto de las primas de seguro
El próximo día 26 concluye el plazo legal para queSeguir leyendo…
2009 Gipuzkoako Garraiogintzaren Txostena- Manual del Transporte de Gipuzkoa 2009
2009ko Gipuzkoako Garraiogintzaren Txostenaren hamabigarren edizioa argitaratu dugu aurten. ZuekSeguir leyendo…
El sector requiere de un plan de rescate URGENTE

La grave situación que atraviesa el sector del transporte estáSeguir leyendo…
Actualizadas las cuantías indemnizatorias para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación
El pasado día 2 se publicó en el BOE la Resolución de 20 de enero de 2009, de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, por la que se da publicidad a las cuantías de las indemnizaciones por muerte, lesiones permanentes e incapacidad temporal que resultarán de aplicar durante 2009 el sistema para valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación.
La OPEP recortará la oferta si el precio del petróleo no sube
El Secretario General de la OPEP, Abdalla Salem El Badri,Seguir leyendo…
Los autónomos que también coticen por cuenta ajena podrán pedir la devolución del 50% del exceso de sus cotizaciones en 2008
Los trabajadores autónomos que en 2008 hayan desarrollado simultáneamente un trabajo por cuenta ajena y por tanto hayan cotizado por contigencias comunes tanto en el Régimen General (teniendo en cuenta la suma de aportaciones empresariales y del trabajador) como en el Especial de Trabajadores Autónomos (Reta), por una cantidad igual o superior a 10.440 euros, podrán solicitar una devolución del 50% del exceso en que sus cotizaciones ingresadas superen los 10.440 euros, con el tope del 50% de las cuotas ingresadas en el Reta por el concepto de cotización por contingencias comunes de cobertura obligatoria, según la Orden de Cotización a la Seguridad Social para 2009 publicada en el BOE el pasado sábado 24 de enero y de la que ya informamos en la noticia anterior.
Nueva tarifa de primas de cotización por accidentes de trabajo y contingencias profesionales en 2009
La disposición final decimotercera de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, publicada en el BOE de 24 del pasado mes de diciembre modifica la tarifa de cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Dicha modificación, afecta no sólo a los tipos contemplados en el Cuadro I (Actividad económica) y Cuadro II (Ocupaciones), sino al contenido del Cuadro I, ya que se aplica el nuevo CNAE-2009, que entró en vigor a partir del 1 de enero de 2009. La nueva tarifa afecta al Régimen General, Agrario, del Mar, de la Minería y del Carbón, y Autónomos.
Cuadro I (Actividad económica).
Cuadro II (Ocupaciones).