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ALEMANIA: los vehículos de más de 3,5 Tn también pagarán peaje por el uso de las autopistas


El próximo 1 de julio se introducirá la obligación de pago del peaje para los vehículos con una masa máxima técnicamente admisible (MMTA) superior a 3,5 toneladas. La obligación de pago del peaje solo se aplica para vehículos que estén destinados al transporte de mercancías profesionales o que se utilizan para esta finalidad. Los vehículos combinados solo estarán sujetos al pago de peaje si la MMTA del vehículo remolcador es superior a 3,5 toneladas.

Estructura de tarifas de peajes para camiones en Alemania (Del 1 de julio de 2024 al 31 de diciembre de 2025) en céntimos/km *


Según el artículo 2 de la “Tercera Ley que Modifica el Reglamento de Peajes” (Boletín Oficial de la Federación Parte I nº 315 de 24 de noviembre de 2023).
**Por razones de claridad, la tabla no cubre todas las combinaciones imaginables de parámetros del vehículo, pero cubre la mayoría de los vehículos que ocurren en la práctica.
*** Los vehículos de la clase de emisiones de CO2 EK 5 (vehículos de cero emisiones) están exentos del peaje para camiones hasta el 31 de diciembre de 2025.

Preguntas frecuentes sobre la obligación de pago de peaje para vehículos con más de 3,5 toneladas.

Kit Digital: ayuda de 1.000 euros para microempresas y autónomos para la compra de ordenadores de sobremesa o portátiles nuevos

En el BOE del 11 de mayo se publicó la Orden TDF/435/2024, de 9 de mayo, por la que se modifica la Orden ETD/1498/2021 reguladora del Programa Kit Digital . Esta modificación amplía la cuantía del bono para las empresas del segmento III (empresas entre 0 y menos de 3 empleados) e incluye la categoría de Puesto de Trabajo Seguro que incorpora hardware. A continuación se resumen las modificaciones:

1.000 euros más de ayuda para el segmento de microempresas y autónomos/as
Hasta ahora, la cuantía de la ayuda era de 2.000 euros y pasa a ser de 3.000 euros. Este aumento de la ayuda tendrá carácter retroactivo, es decir, podrán solicitarla aquellas empresas beneficiarias del segmento III que ya la hubieran pedido con anterioridad e incluso si ya han consumido su bono digital.

Nueva solución: Puesto de  Trabajo Seguro
Con esta modificación de la Orden de Bases, se actualiza también el Catálogo de Soluciones de Digitalización para este segmento III y se crea la solución «Puesto de trabajo seguro» que incluye un dispositivo hardware que debe tener integrado en el producto y en el precio, una licencia que cumpla con los requisitos establecidos para la categoría X, de Ciberseguridad, además de un encriptado/cifrado en reposo, que asegure la privacidad de los datos y documentos almacenados en el dispositivo.
La cuantía máxima subvencionable para esta solución es de 1.000 euros, siendo subvencionables ordenadores portátiles u ordenadores de sobremesa nuevos, que deberán cumplir unos requisitos mínimos en cuanto a almacenamiento, procesador, memoria RAM, sistema operativo, entre otros requisitos que recoge al completo la Orden de Bases y que además se pueden consultar en la web www.acelerapyme.es.
Con el objetivo de seguir contribuyendo a que las microempresas y autónomos/as continúen su proceso de transformación digital, las que resulten beneficiarias de la ayuda de este segmento por primera vez, ya disponiendo de los 3.000 euros, y que quieran implantar la solución de Puesto de Trabajo Seguro, deberán combinarla con otra solución adicional de las que incluye el Catálogo.

Las medianas empresas, nuevas beneficiarias del programa
En esta modificación se incluyen además las medianas empresas como nuevas beneficiarias de la ayuda de Kit Digital y se establecen dos nuevos segmentos en función del número de empleados. Por una parte, el segmento IV, que estará formado por empresas de entre 50 y menos de 100 empleados cuya cuantía de la ayuda será de 25.000 euros y, por otra parte, el segmento V compuesto por empresas de entre 100 y menos de 250 empleados para los que el bono digital será de 29.000 euros.
La solicitud para medianas empresas se podrá realizar una vez se publique la convocatoria correspondiente y posteriormente, se abra el formulario de solicitud. Está previsto que sea en el último trimestre del año 2024.

En el siguiente enlace puede acceder a los importes máximos de ayuda por categoría de soluciones de digitalización y segmento.

Fundación GUITRANS Fundazioa tiene suscrito un convenio de colaboración con la empresa ProfiECO, perteneciente al grupo IFT (Instituto de Formación Logística y Transporte), para la digitalización de las empresas asociadas en GUITRANS, con unas condiciones especiales. Los asociados que han tramitado a través de ProfiECO la ayuda del KIT DIGITAL para la implantación del documento de control y/o CMR electrónico podrán asimismo acogerse a esta ayuda, siendo el agente digital ProfiECO quien gestione la solicitud como en las anteriores.

¿Cuándo será obligatorio el documento de control o CMR electrónico? La respuesta, el 8 de junio próximo en la Asamblea General Ordinaria de GUITRANS

Este año, al igual que en 2023, celebraremos la Asamblea ordinaria de socios en la Escuela de Ingeniería de la UPV/EHU. El día escogido, el sábado 8 de junio. El acto dará comienzo a las 10:30 horas y la entrada al mismo estará limitada a las empresas asociadas.

La digitalización es, hoy por hoy, un tema estratégico, íntimamente ligado a la descarbonización, y va a ser clave para el sector en el futuro inmediato, ya que va  a revolucionar toda la logística del transporte. Consciente de ello GUITRANS está desarrollando diversas iniciativas para impulsar esta digitalización. En la Asamblea General de Socios va a ser un tema central y para ello, contaremos en la parte pública, a partir de las 11:30 horas, con dos ponentes cualificados en la materia. Por un lado, José Antonio Santano, Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible expondrá el estado en que se encuentra la tramitación de la Ley de Movilidad Sostenible que incorporará como obligación la digitalización de los documentos de transporte. El plazo de enmiendas al Proyecto de Ley, actualmente en tramitación en el Congreso, se ha ampliado hasta las 18:00 del 5 de junio, y las últimas noticias apuntan a que la obligatoriedad se retrasará a enero de 2026.

Y, posteriormente, Marcos Suárez, de la empresa ProfiEco Sistemas SL – IFT, tratará sobre el potencial de la implantación de sistemas de digitalización integrados en toda la actividad de la empresa.

Durante la misma se procederá al sorteo de varios regalos entre los socios asistentes (tarjetas de combustible, comida/cena para 2 personas, lavados de camiones…). Una vez finalizado el acto, los asistentes podrán degustar una serie de pintxos en el Restaurante Aratz de Donostia (cerca de las oficinas de GUITRANS).

¡ACUDE, TU PARTICIPACIÓN ES FUNDAMENTAL!

GUITRANS: «El transporte de mercancías, una vez más el más perjudicado»


Las empresas de transporte guipuzcoanas que realizan transporte internacional, y las que hacen nacional pero dependen de la mercancía procedente de Francia, han sufrido una vez más las consecuencias del paro del sector agrícola y ganadero llevado a cabo durante 24 horas, entre el 3 y 4 de junio. GUITRANS es consciente de que los agricultores tienen motivos para llevar a cabo sus reivindicaciones, pero tienen que tener en cuenta que nuestro sector no es parte del problema, y a pesar de ello se ve afectado de una manera brutal. «No todo vale».

Nota de prensa íntegra emitida por GUITRANS.

Transportes ampliará las cuatro áreas de servicio para camiones de Castellón en la AP-7

 El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible tiene en proyecto la ampliación de las zonas de aparcamiento destinadas a tráfico pesado de tres áreas de servicio de la AP-7 en la provincia de Castellón, así como la de Sagunto. En concreto, se están redactando en la actualidad dos proyectos para la ampliación de las áreas de servicio de La Ribera (Cabanes), La Plana (Burriana) y Benicarló. Tal y como han explicado desde el Ministerio, la ampliación será en ambos sentidos de la vía.  También se ampliará el área de servicio de Sagunto, en este caso, únicamente en dirección Valencia. Así consta en una respuesta parlamentaria  del pasado mes de abril. Por el momento, desde el Ejecutivo no han concretado el número nuevo de plazas de aparcamiento para tráfico pesado.

La DGT recomienda a los ayuntamientos permitir el acceso de todos los vehículos a las estaciones de ITV ubicadas en ZBE

En la actualidad hay ayuntamientos que no permiten que los vehículos sin distintivo ambiental accedan a una estación de ITV, si esta se encuentra dentro del perímetro de una Zona de Bajas Emisiones. Si lo hacen, pueden verse afectados por una sanción económica.

Para solventar esta situación, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha aprobado el Escrito Directriz MOV 2024-03 que actualiza el Anexo II de la Instrucción MOV 2023/20 sobre las Recomendaciones para el establecimiento de moratorias, exenciones y autorizaciones en el acceso de vehículos a las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) y otras UVAR (Urban Vehicle Access Regulations) publicado en septiembre de 2023.

Así la DGT ha modificado la instrucción con la finalidad de incluir específicamente la recomendación de exención de restricción en el acceso y la circulación a Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) cuando sea para realizar la Inspección Técnica de Vehículos (ITV) o para legalizar reformas, de forma que todos los vehículos, con independencia de su distintivo ambiental, puedan acudir a una estación de ITV que esté en una ZBE sin ser multados.

Una recomendación de la DGT para los ayuntamientos que tienen o tendrán ZBE

La instrucción constituye una recomendación que realiza la DGT a todos los ayuntamientos que tengan o tendrán Zonas de Bajas Emisiones para que, en el momento de regular las ordenanzas municipales de estas áreas, establezcan una exención para acceder sin restricciones cuando es para pasar la inspección técnica de vehículos o legalizar reformas en una estación de ITV.

IVA – Criterios interpretativos para la aplicación de la normativa tributaria


Con el objetivo de facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes, Hacienda Foral de Gipuzkoa acaba de publicar en su web algunos criterios interpretativos de la normativa del IVA.

Estos criterios se podrán consultar en:

Más información:

El nuevo Reglamento de Extranjería, en vigor desde el 21 de mayo

En el BOE de 20 de noviembre de 2024 se publicó el Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, que entrará en vigor el 20 de mayo de 2025. Con el mismo se pretende simplificar y agilizar los procedimientos, evitando la presentación excesiva de documentos o por vías inadecuadas y la doble comprobación de los mismos requisitos; reducir los tiempos, excesivos, empleados para algunas vías de migración regular; mejorar la concreción jurídica respecto a las figuras y situaciones cubiertas por determinados permisos; contemplar, de manera expresa, los derechos de las personas trabajadoras migrantes; conseguir una mayor claridad, también, en lo relativo a aquellas disposiciones comunes a todas las autorizaciones, como es el caso de la presentación de las solicitudes o las extinciones de las autorizaciones; la regulación de en qué supuestos, y bajo qué condiciones, se puede modificar el estatus migratorio de una persona, y de sus familiares, algo que resultaba necesario dada la confluencia de varias figuras jurídicas y la dificultad, tanto para el operador jurídico como para el propio titular de la autorización, de efectuar esa transición con seguridad jurídica.

Principales novedades: visados

El nuevo texto crea un título específico para los visados, que clarifica el esquema de autorizaciones, los requisitos y los trámites en general. Todas las autorizaciones iniciales van a ser de un año y las renovaciones, de cuatro.

De esta forma, se evitan situaciones de irregular sobrevenida, algo que también se ha querido evitar en la nueva norma al aclarar y simplificar los trámites para el cambio de una situación de residencia a otra. Por ejemplo, no será necesario abandonar nuestro país para obtener la residencia de larga duración después de haber tenido una temporal.

También se ha extendido a un año el visado para la búsqueda de empleo, que antes era una autorización de 3 meses. Este visado permite la búsqueda de empleo en determinadas ocupaciones y ámbitos territoriales, de forma que los 12 meses “van a facilitar que las personas consigan un trabajo adecuado a su perfil profesional y, al mismo tiempo, que las empresas encuentren los profesionales que necesitan”.

Principales novedades: cinco figuras de arraigo

Mención específica merecen en esta reforma las figuras de arraigo. España es el único país de la Unión Europea que dispone de una figura específica para regularizar a las personas día a día a través del arraigo, con cinco modalidades: el social, sociolaboral, familiar, socioformativo y de segunda oportunidad, que es una de las novedades más importantes de este nuevo Reglamento. Esta nueva modalidad va dirigida a las personas que han tenido una autorización de residencia en los últimos dos años y no se hubiera renovado por diversas razones.

Estas figuras se homogeneizan y se reduce el tiempo de permanencia en España de 3 a 2 años. Asimismo, se flexibilizan los requisitos a cumplir y se habilita a trabajar tanto por cuenta ajena como propia desde el primer momento.

Todas estas autorizaciones serán de un año salvo la familiar, que será de 5.

Tres palancas de inclusión: trabajo, formación y familia

Trabajo

En este sentido, la mayor parte de las autorizaciones reguladas en este reglamento habilitan para trabajar desde el primer momento, sin tener que solicitar de forma expresa una autorización inicial de trabajo por cuenta ajena. Esto incluye a las personas que vienen a realizar estudios, que podrán trabajar hasta 30 horas a la semana. De esta forma, se fomenta la inclusión del migrante y su integración en la sociedad.

En cuanto a las actividades de temporada, se ha creado una autorización específica de residencia y trabajo que facilita la contratación tanto a nivel individual como colectivo. Además, se mejora la protección de los derechos de los trabajadores, ya que deberán tener información concreta y escrita (en un idioma que comprendan) de sus condiciones laborales, de estancia y demás gastos. También se mejoran sus condiciones de habitabilidad y la seguridad del trabajador desde que sale de su país hasta que se da de alta en la Seguridad Social aquí. A esto se suma una mejora en la posibilidad de cambio de empleador en caso de abuso o por otras causas que hayan impedido el desarrollo de la relación laboral (fallecimiento del empleador, plaga en la cosecha etc.).

Por otra parte, el texto promueve que los empresarios dispongan de más información en todo el proceso, que es más sencillo y flexible para que puedan adaptarse a las necesidades concretas como la duración determinada o la gestión colectiva de contrataciones. Ampliar los permisos de residencia (con la fórmula 1+4) da mayor estabilidad y más garantías a las empresas.

Formación

Otra de las novedades para los estudiantes es que van a poder contar con una autorización de estancia por estudios que dure el mismo tiempo que su formación, y se les va a facilitar una vía rápida para poder enlazar con una autorización de trabajo una vez acabada su formación.

Durante sus estudios estarán autorizados a trabajar un máximo de 30 horas semanales, e independientemente de la formación que estén cursando.

Familia

Con el objetivo común de la inclusión, se ha mejorado la reagrupación familiar. Se ha creado una autorización de residencia para familiares de ciudadanos españoles, en cuyo caso se amplía la edad de los hijos hasta los 26 años (antes 21), y se contemplan realidades que hasta ahora se mantenían fuera, como la posibilidad de incluir a las parejas no registradas formalmente que pueda acreditar una relación afectiva análoga.

La mayoría de las personas que se van a beneficiar de esta medida son personas que han obtenido la nacionalidad española en los últimos años y pueden traerse a su familia.

También se amplía el concepto de familiar reagrupado a los hijos y progenitores de víctimas de trata, violencia sexual o de género.

Resumen.

DONOSTIA: definida la ZBE (zona de bajas emisiones) que entrará en vigor a finales de 2024


Se espera que la ordenanza que regulará la ZBE entre en vigor a finales del 2024. Es decir, las restricciones no serán de obligado cumplimiento hasta entonces. Una vez esté aprobada la ordenanza, la implementación de la ZBE seguirá un proceso gradual y progresivo, para permitir a la población adaptarse paulatinamente a la nueva realidad.

Este proceso gradual tendrán lugar en dos fases de tres años cada una y con restricciones diferentes:

  • una primera fase del 2024 al 2027
  • y otra segunda fase del 2028 al 2030.

En la siguiente página web puede ampliar información sobre sobre la ZBE y podrá encontrar respuesta a las siguientes preguntas:

  • ¿Qué vehículos estarán afectados?
  • ¿A quién va a afectar?
  • ¿Quién tendrá acceso a la ZBE?
  • ¿Existen excepciones?
  • ¿Existen otras excepciones que sí tendrán que solicitar autorizaciones especiales?
  • ¿Qué ocurre con los vehículos extranjeros?
  • ¿Cómo se gestionarán las tramitaciones?
  • ¿Qué ocurre si no cumplo con esta normativa?